Concubinato

Actualizado el 9 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Acreditar la unión de hecho entre dos personas que han convivido por al menos dos años, tienen un domicilio en común y/o han procreado hijos.

¿Quién puede solicitarlo?

Parejas que cumplan con los requisitos de convivencia, domicilio e hijos en común.

Requisitos principales

  • Haber vivido en concubinato por al menos dos años.
  • Tener un domicilio conyugal establecido.
  • Haber procreado hijos o estar en estado de gestación (24 semanas de embarazo).

Plazos

El pago se realiza posterior al inicio y previo a la resolución. La línea de captura tiene una vigencia de 30 días hábiles.

Duración del trámite

1 día hábil.

Información adicional

La constancia tiene una vigencia de 30 días hábiles.

Resumen

Este trámite permite obtener una constancia de concubinato, la cual certifica la unión de hecho entre dos personas. Para solicitarla, es necesario cumplir con ciertos requisitos de convivencia y presentar la documentación requerida.

Quién puede usar este servicio

  • Parejas que han vivido en concubinato por al menos dos años, tienen un domicilio en común y/o han procreado hijos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Identificación oficial de ambos interesados (credencial de elector, pasaporte o licencia de conducir).
  • Constancia del presidente de participación social de la colonia o comunidad.
  • Acta de nacimiento de los hijos en común (si los hay).
  • Certificado médico o ecografía en caso de embarazo (con especificación de las semanas de gestación).
  • Comprobante de pago de la tarifa correspondiente.

Costes y plazos

  • Costo del trámite: $90.00.
  • Plazo de resolución: 1 día hábil.
  • Vigencia de la constancia: 30 días hábiles.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acudir al H Juzgado Comunitario.
  2. Registrarse en la bitácora.
  3. Ser canalizado con un secretario auxiliar.
  4. Presentar los documentos requeridos (copias).
  5. Proporcionar los datos generales.
  6. Obtener la orden de pago.
  7. Acudir a la Dirección de Finanzas.
  8. Realizar el pago y obtener el recibo foliado.
  9. Regresar al H Juzgado Comunitario.
  10. Entregar el recibo de pago.
  11. Recibir la constancia, firmarla y recibir el recibo del contribuyente.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez obtenida la constancia, esta tiene una vigencia de 30 días hábiles.

Ayuda

Contacto

Quejas


Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.