COFEPRIS-03-007 AVISO DE PÉRDIDA O ROBO DE RECETARIOS ESPECIALES CON CÓDIGO DE BARRAS PARA PRESCRIBIR ESTUPEFACIENTES
Información Rápida
Objetivo
Notificar la pérdida o robo de recetarios especiales con código de barras para prescribir estupefacientes.
¿Quién puede solicitarlo?
Establecimientos dedicados al almacenamiento, expendio o suministro al público de medicamentos, dispositivos médicos y remedios herbolarios.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Salud, el Reglamento de Insumos para la Salud, Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones legales vigentes.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
El plazo para resolver es de 1 año.
Información adicional
Este trámite es completamente gratuito.
Resumen
Este trámite permite notificar a las autoridades la pérdida o el robo de recetarios especiales utilizados para la prescripción de estupefacientes.
Quién puede usar este servicio:
Establecimientos dedicados al almacenamiento, expendio o suministro de medicamentos, dispositivos médicos y remedios herbolarios.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formato COFEPRIS-03-007 debidamente llenado (original y copia).
Costes:
- Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Llenar el formato COFEPRIS-03-007, disponible para su descarga en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/651663/COFEPRIS-03-007.pdf
- Presentar el formato en la ventanilla de los Servicios de Salud de Zacatecas, ubicados en Circuito Cerro del Gato Col. Ciudad Gobierno, Edificio G, Zacatecas, Zacatecas.
Tiempos de espera:
- El plazo para que la autoridad resuelva es de 1 año.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez notificada la pérdida o robo, se espera que la autoridad tome las medidas correspondientes para evitar el uso indebido de los recetarios.
Ayuda
Contacto:
- Servicios de Salud de Zacatecas
- Teléfono: 492 923 9494 EXT. 52221
- Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 2:30 PM
Fundamentos Legales:
- Reglamento de Insumos para la Salud, Artículo 53. Publicado en el DOF el 04-02-1998 y en vigor desde el 19-02-1998.
Criterios de Resolución:
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Salud, el Reglamento de Insumos para la Salud, Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones legales vigentes.