certificaciones catastrales
Información Rápida
Objetivo
Obtener un documento certificado relacionado con la oficina de catastro municipal.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano que desee obtener un documento de la oficina de catastro municipal.
Requisitos principales
- Ser el interesado en obtener el documento.
- Presentarse en la oficina de catastro municipal para realizar la solicitud.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
El plazo para resolver es de 2 días hábiles.
Información adicional
El trámite sirve para acreditar si un ciudadano cuenta o no con alguna propiedad.
Resumen
Este trámite permite a los ciudadanos obtener certificaciones catastrales de la Presidencia Municipal de Apozol, Zacatecas.
Quién puede usar este servicio
Cualquier persona interesada en obtener un documento certificado relacionado con la oficina de catastro municipal.
Lo que necesitas
Requisitos
- Ser el interesado en obtener el documento.
- Presentarse en la oficina de catastro municipal para realizar la solicitud.
Costes
El costo depende del tipo de certificación solicitada. El pago se realiza después de iniciar el trámite y antes de la resolución.
Plazos
El plazo de resolución es de 2 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Asistir a la oficina para solicitar el trámite.
- Realizar el trámite.
- Recibir el documento solicitado.
Lugar y Horario
-
Presidencia Municipal, Apozol Zacatecas Presidencia Municipal de Apozol, Zac. Constitución 1 Apozol, Zacatecas Tel. 467 95 2 07 96 Abierto al Público:
| ✓ Lunes | ✓ Martes | ✓ Miercoles | ✓ Jueves | ✓ Viernes | ✘ Sabado | ✘ Domingo | | :-------- | :-------- | :---------- | :-------- | :-------- | :------- | :-------- | | Horario: 8:30 AM-3:00 PM |
Ayuda
Contacto
- Catastro L.N.I. Miguel Esparza Chavez Encargado del Area de Catastro catastroapozol2022@gmail.com 4679520796
- Órgano Interno de Control L.N.I. Brizzia Salazar Venegas Titular del Organo Interno de Control contraloriaapozol@gmail.com 4679520796
Fundamento Legal
Ley de ingresos del municipio de Apozol, Zacatecas para el ejercicio fiscal 2023, artículo 55. Publicada el 30-10-2022 y en vigor desde el 01-01-2023.