Cableado subterráneo
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los propietarios, poseedores o Directores Responsables de Obra obtener una licencia de construcción del Ayuntamiento para usar la vía pública para instalar infraestructura subterránea para la transmisión de energía eléctrica o telecomunicaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietario, poseedor o Director Responsable de Obra.
Requisitos principales
- Ser propietario, poseedor o Director Responsable de Obra.
- Cumplir con la Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas y demás normativas aplicables.
- Presentar la documentación requerida en tiempo y forma.
Plazos
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días naturales.
Duración del trámite
30 días naturales.
Información adicional
Este trámite requiere conservar la documentación para fines de acreditación, inspección y verificación.
Resumen
Este trámite permite obtener una licencia de construcción para la colocación de cableado subterráneo para la transmisión de energía eléctrica o telecomunicaciones en la vía pública del municipio de Guadalupe, Zacatecas.
Quién puede usar este servicio:
- Propietarios de predios urbanos.
- Poseedores de predios urbanos.
- Directores Responsables de Obra.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud por escrito, debidamente firmada, incluyendo la declaración de protesta de decir verdad de cumplir con la Ley, este Reglamento General y demás disposiciones aplicables.
- Copia del acta constitutiva de la empresa que realizará los trabajos.
- Visto bueno del Departamento de Fraccionamientos.
- Tres copias del proyecto (planos y detalles con especificaciones).
- Cuatro copias de la Ficha técnica de identificación proporcionada y firmada por el Director Responsable de Obra y Corresponsable.
- En casos especiales:
- Certificación de zona federal derecho de vía para cauces de arroyos y cuerpos de agua, líneas de conducción de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado, ductos, fibra óptica y otras que deban delimitar una zona de resguardo evitando su invasión.
- Cuando se trate de obras o instalaciones ubicadas en sitios y monumentos históricos contemplados en la Ley Federal y la Ley de Protección, se requerirá la autorización previa del Inah y la Junta, dentro del ámbito de su respectiva competencia.
Costes:
- $769.76 los primeros 5 metros.
- $153.95 por cada metro adicional.
- $173.19 / mes por el tiempo que duren los trabajos.
El pago se realiza posterior a la resolución.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la solicitud y documentación requerida en la ventanilla de la Presidencia Municipal de Guadalupe.
- En caso de existir alguna observación, se le informa al ciudadano para que subsane lo indicado.
- Realizar el pago correspondiente una vez que se emita la resolución.
Canales de Atención:
- Telefónica: +52 (492) 923-5492 (Solo información)
- Presencial: Presidencia Municipal de Guadalupe
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez aprobada la solicitud y realizado el pago, se emite la licencia de construcción para la colocación de cableado subterráneo.
Plazos de resolución:
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 30 días naturales.
Ayuda
Contacto:
- Presidencia Municipal de Guadalupe
- Av. H. colegio Militar 96 Oriente, Colonia Guadalupe Centro, Guadalupe, Zacatecas
- Tel. 01 492 354 92, 93, 94 EXT 326
- Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 3:30 PM
Información Relevante:
Este trámite requiere conservar la documentación para fines de acreditación, inspección y verificación.
Fundamentos Legales:
- Ley de Construcción para el Estado y Municipios de Zacatecas, Artículo 15 Fracción III.
- Ley de Procedimientos del Estado de Zacatecas, Artículo 34.