Bebidas cuya graduación no exceda de 10°G.L.

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permiso para la venta de bebidas refrescantes con una graduación no mayor a 10° G.L. en establecimientos como mini súper, depósitos y tiendas de autoservicio.

¿Quién puede solicitarlo?

Comerciantes que deseen vender bebidas alcohólicas de baja graduación en envase cerrado, quedando estrictamente prohibido el consumo al interior de sus locales.

Requisitos principales

  • Presentar solicitud por escrito dirigida al Ayuntamiento.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Alcoholes para el Estado de Zacatecas.
  • En caso de renovación, solicitarla entre el 15 de noviembre y el 5 de diciembre del mismo año ante la tesorería municipal.

Plazos

Para renovación de licencia, la solicitud debe presentarse entre el 15 de noviembre y el 5 de diciembre del mismo año.

Duración del trámite

El plazo para resolver es de 15 días hábiles. El interesado tiene 15 días hábiles para cumplir con la prevención.

Información adicional

El pago se realiza posterior a la resolución. Para la expedición de licencia, transferencia o cambio de giro, el monto es de $3,294.31. Para la renovación, el monto es de $2,197.33. Para el cambio de domicilio, el monto es de $1,098.10.

Resumen

Este trámite permite a los comerciantes obtener un permiso para la venta de bebidas alcohólicas con graduación no mayor a 10° G.L. en envase cerrado, en establecimientos como mini súper, depósitos y tiendas de autoservicio. El consumo dentro de los locales está estrictamente prohibido.

Quién puede usar este servicio

Comerciantes que deseen vender bebidas alcohólicas de baja graduación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud por escrito dirigida al Ayuntamiento (puede ser en formato oficial o escrito libre) que incluya: Nombre del solicitante, domicilio particular y domicilio para recibir notificaciones.
  • Documento emitido por el Ayuntamiento.

Costes y plazos

  • Expedición de licencia, transferencia, cambio de giro (no mayor a 10° G.L.): $3,294.31.
  • Renovación (no mayor a 10° G.L.): $2,197.33.
  • Cambio de domicilio (no mayor a 10° G.L.): $1,098.10.
  • El plazo para resolver la solicitud es de 15 días hábiles.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentar la solicitud de permiso al menos cinco días hábiles antes de la apertura del establecimiento en la Tesorería Municipal o la oficina designada.
  2. Proporcionar los datos generales del solicitante.
  3. Indicar las bebidas que se pretenden vender o consumir.
  4. Especificar la ubicación del establecimiento.
  5. Presentar un documento que acredite la disposición legal del local para este fin.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud y cumplidos los requisitos, la autoridad municipal revisará la documentación y emitirá una resolución. Si la resolución es favorable, se deberá realizar el pago correspondiente.

Plazos de resolución

El plazo para que la autoridad resuelva es de 15 días hábiles.

Ayuda

Contacto

Presidencia Municipal de Jerez Plaza Principal 11 Colonia Jerez Centro Jerez, Zacatecas Tel. 01 494 94 52253, 01 494 94 52254 y 01 494 94 53095

Recursos adicionales

  • Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas: [Enlace a la ley estatal]
  • Reglamento sobre bebidas Alcohólicas para el Municipio de Jerez, Zacatecas: [Enlace al reglamento municipal]

Información Adicional

Criterios de Resolución

Es necesario cumplir con la entrega de la totalidad de los requisitos, en tiempo y forma, para obtener una resolución favorable de este trámite.

Condiciones o Consideraciones

Dentro de los requisitos se solicita el dictamen favorable de protección civil, que se encargan de verificar que establecimiento se encuentre en buenas condiciones , Revisa las características de la construcción, equipo e instalaciones que garanticen la seguridad física de los asistentes, conforme a las normas correspondientes.

Criterios de Resolución

Si el dictamen administrativo es favorable se procederá al pago de los derechos correspondientes, dentro de los 45 días naturales siguientes a su emisión, se hará la expedición y entrega de renovación de licencia y funcionamiento respectiva. Si el solicitante no obtuviera respuesta de la autoridad municipal trascurrido el termino de 30 días hábiles se entenderá como autorizada la renovación.


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