Baja Temporal
Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Objetivo
Permitir que un estudiante interrumpa sus estudios de nivel medio superior en el CECyTEZ por un tiempo determinado, previa solicitud escrita del estudiante, padre o tutor.
¿Quién puede solicitarlo?
El estudiante, padre o tutor legal.
Requisitos principales
- Ser alumno regular del CECyTEZ.
- Presentar solicitud escrita de baja temporal.
- Explicar las razones de la baja.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
1 día hábil.
Información adicional
El alumno tiene derecho a una baja temporal máxima de dos años durante su trayectoria escolar. Causará baja definitiva si lo solicita, por medida disciplinaria, por no reinscribirse dos semestres consecutivos sin justificación, o por exceder el número de asignaturas no acreditadas.
Resumen
Este trámite permite a los estudiantes del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Zacatecas (CECyTEZ) solicitar una interrupción temporal de sus estudios.
Quién puede usar este servicio:
- Estudiantes inscritos en algún plantel o centro del CECyTEZ.
- Padres o tutores del estudiante (en caso de ser menor de edad).
Lo que necesitas
- Documentos requeridos: No se especifican documentos requeridos.
- Requisitos previos:
- Ser alumno regular del CECyTEZ.
- Tener motivos personales para solicitar la baja temporal.
- Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El tiempo de resolución es de 1 día hábil.
Cómo hacerlo
- El estudiante, padre o tutor debe presentarse en el área correspondiente del plantel o centro al que pertenece.
- Solicitar verbalmente y por escrito la baja temporal.
- Explicar las razones que motivan la baja.
- El encargado del plantel o centro realizará el trámite correspondiente.
Después de hacerlo
- El estudiante aparecerá en el sistema como baja temporal.
- El alumno(a) tendrá derecho a una baja temporal con una duración máxima de dos años, a lo largo de toda su trayectoria escolar en el Colegio.
- El alumno(a) causará baja definitiva de la institución en los siguientes casos:
- Por solicitud del alumno y padre o tutor legal.
- Como medida preventiva o disciplinaria del plantel.
- Cuando no registre reinscripción por dos semestres consecutivos sin justificación alguna.
- Cuando supere el número establecido de asignaturas y/o módulos no acreditados para la reinscripción en un plantel con el mismo plan de estudios, y además exceda el tiempo máximo de estancia en la educación presencial.
Ayuda
- Contacto:
- Plantel Correspondiente
- Director(a) de Plantel CECyT y/o Responsable de Centro EMSaD
- Dirección Académica
- Lic. Elizabeth Valdez Nungaray
- Jefa de Departamento, Control Escolar
- control_escolar@cecytezac.edu.mx
- 4921580100
- Plantel Correspondiente