Asentamiento o Registro de Reconocimiento
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
El acta de reconocimiento es un documento que formaliza la aceptación voluntaria de un padre de reconocer a un menor como su hijo, otorgándole sus apellidos y derechos legales.
¿Quién puede solicitarlo?
Padres, tutor o representante legal
Requisitos principales
- Presentar actas de nacimiento e identificaciones originales.
- Contar con dos testigos que no sean los abuelos.
- Realizar el pago correspondiente.
Plazos
No aplica
Duración del trámite
1 día hábil
Resumen
El trámite de Asentamiento o Registro de Reconocimiento permite a un padre reconocer legalmente a un hijo previamente registrado por la madre. Al hacerlo, el menor adquiere el apellido del padre y es legalmente identificado como su hijo.
Quién puede usar este servicio:
- Padres
- Tutor
- Representante Legal
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Acta de Nacimiento de los Padres
- Acta de Nacimiento de la persona que se va a reconocer.
- Identificación de los Padres (INE, Pasaporte, Licencia de Conducir).
- Dos testigos con Identificación vigente (no pueden ser los abuelos).
- Recibo de Pago.
Costes:
- Formas para Registro de Reconocimiento: $204.00
- Anotación marginal: $136.00
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Presentarse en el Registro Civil con todos los requisitos.
- Realizar el pago del trámite en la Tesorería Municipal.
- Regresar a la oficina del Registro Civil.
- Mostrar su recibo de pago para obtener el Acta de Reconocimiento.
Después de hacerlo
El plazo para que el Registro Civil resuelva el trámite es de 1 día hábil.
Ayuda
Contacto:
- Registro Civil: Lic. Oscar Iván Esquivel Acosta, Oficial de Registro Civil, registrocivil@gmail.com, (494) 9459920
- Quejas: Contraloría Municipal, Ing. Octavio de la Torre Jimenez, Contralor Municipal, organointernodecontroljerez@gmail.com, 4949459900 Ext. 106
Lugar y Horario:
- Presidencia Municipal de Jerez, Plaza Principal 11, Colonia Jerez Centro, Jerez, Zacatecas. Tel. 01 494 94 52253, 01 494 94 52254 y 01 494 94 53095. Abierto de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 3:30 PM.
Fundamentos Legales:
- Código Familiar del Estado de Zacatecas, Artículos 50 - 55. Fecha de última actualización: 10-05-1986, Fecha de entrada en vigor: 10-07-1986.
- Código Familiar del Estado de Zacatecas, Artículo 9 (Canales de Atención). Fecha de última actualización: 10-05-1986, Fecha de entrada en vigor: 10-07-1986.