Adjudicación directa
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a contratistas o proveedores postularse para la ejecución de una obra, asegurando las mejores condiciones de contratación.
¿Quién puede solicitarlo?
Contratistas y proveedores de la región, o su representante legal.
Requisitos principales
- Ser contratista o proveedor de la región.
- Ser Representante Legal
Plazos
El sujeto obligado tiene 1 mes para resolver. El sujeto obligado tiene 1 mes para prevenir al solicitante. El interesado tiene 1 mes para cumplir con la prevención.
Duración del trámite
1 mes
Información adicional
La adjudicación directa se formaliza a través de un contrato.
Resumen
Este trámite permite a contratistas y proveedores postularse para la ejecución de obras, asegurando las mejores condiciones de contratación para el gobierno municipal.
Quién puede usar este servicio:
- Contratistas y proveedores de la región.
- Representantes legales de los mismos.
Lo que necesitas
- No se especifican documentos requeridos.
- Ser contratista o proveedor registrado en la región.
Cómo hacerlo
- El contratista debe acudir al departamento de desarrollo económico para que el director le presente el proyecto.
- El contratista realiza el levantamiento y la presupuestación del proyecto.
Después de hacerlo
- Se genera un contrato si se cumplen los requisitos.
- El plazo para resolver es de 1 mes.
Ayuda
- Contacto:
- Desarrollo Económico y Social: Arturo Chairez Méndez, Director, chame_arturo@hotmail.com, 4589318503
- Quejas: Órgano Interno de Control, Leonel Sánchez Silva, Encargado de la Unidad Administrativa, contraloriamunicipal2124@hotmail.com, +52 (458) 931-6041
Información Adicional
- Este trámite es gratuito.
- La adjudicación directa no debe superar el monto de $1,800,000.00.
- Se prioriza el presupuesto más bajo y con mejores condiciones para la factibilidad del proyecto.
Fundamentos Legales
- Reglamento Interior del Municipio de General Panfilo Natera
- Capítulo XXVI, Artículo 112, Fracción I
- Publicado el 28-04-2022, vigente desde el 29-04-2022
- Presupuesto de Egresos del Estado y Municipios
- Artículo 68
- Publicado el 31-12-2022, vigente desde el 01-01-2023