TITULACIÓN DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Datos Generales

UNIVERSIDAD TÉCNOLOGICA DE LA RIVIERA MAYA
Clasificación: Servicio
Homoclave:

"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"

Nombre del Servicio: Modalidad:

TITULACIÓN DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO

VENTANILLA
Objetivo del Servicio:

OTORGAR EL TÍTULO Y CÉDULA PROFESIONAL A LOS ALUMNOS QUE HAYAN CONCLUIDO SATISFACTORIAMENTE SU CARRERA PROFESIONAL DE TSU.

Unidad Administrativa responsable del Servicio: Mes y Año (MM y AA):
SERVICIOS ESCOLARES
03 - 17
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA

Requisitos y referencia de consulta

Persona Física:
LA TITULACIÓN
CAPÍTULO I
DE LOS REQUISITOS PARA TITULACIÓN
ARTÍCULO 42.- PARA OBTENER EL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO, INGENIERÍA
TÉCNICA (LICENCIA PROFESIONAL) O LICENCIATURA EL ESTUDIANTE REQUIERE:
I. HABER ENTREGADO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA UNIVERSIDAD, PARA LA DEBIDA
INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO;
II. HABER CURSADO Y APROBADO TODAS LAS ASIGNATURAS QUE CONFORMAN EL PLAN DE
ESTUDIOS DEL PROGRAMA EDUCATIVO CORRESPONDIENTE;
III. HABER CUBIERTO EL NÚMERO DE HORAS, ESTABLECIDO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN
INTEGRAL DE LA UNIVERSIDAD, PARA EL NIVEL DE TSU, INGENIERÍA TÉCNICA (LICENCIA
PROFESIONAL) O LICENCIATURA, ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Y ESTANCIA.
IV. CONCLUIR SATISFACTORIAMENTE SU PERÍODO DE ESTADÍA PROFESIONAL;
V. ENTREGAR LA MEMORIA DE ESTADÍA PROFESIONAL EN ARCHIVO ELECTRÓNICO Y EN ORIGINAL, EN
FORMA IMPRESA Y EMPASTADO, DEBIDAMENTE AVALADO POR LOS ASESORES INDUSTRIALES Y
ACADÉMICO;
VI. CONTAR CON EL ACTA DE EXENCIÓN DE EXAMEN PROFESIONAL;
VII. PRESENTAR SU CARTA DE TERMINACIÓN DE ESTADÍA PROFESIONAL EXPEDIDA POR EL ASESOR
EMPRESARIAL DONDE LA REALIZÓ, EN HOJA MEMBRETADA Y DEBIDAMENTE REQUISITADA;
VIII. HABER CUBIERTO EL COSTO DE LOS DERECHOS QUE SE ORIGINEN, TANTO POR EL REGISTRO DEL
TÍTULO ANTE LAS AUTORIDADES DE EDUCACIÓN, ASÍ COMO DE LA OBTENCIÓN DE LA CÉDULA
PROFESIONAL,
IX. DONAR UN LIBRO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD; Y
X. NO TENER ADEUDOS CON LA UNIVERSIDAD.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
http://www.utrivieramaya.edu.mx/images/utrm/reglamentos/REGLAMENTO_ACADEMICO_vigente.pdf

Costo, frecuencia y horarios

Costo: Área de Pago:
$2500

BANCO

Frecuencia del Servicio: Horario de Atención:
ANUAL
9:00 A 14:00 Y DE 18:00 A 20:00 HORAS.

Lugar de atención y ubicación

Lugar de Atención:

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA RIVIERA MAYA, DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES.

Domicilio:

AV. PASEO DEL MAYAB Nº 4000 REGION 79 C.P . 77710

Teléfono: Fax:

Vigencia, criterios y observaciones

(01)984-877-46-00 EXTENSIÓN 1408
(01)984-877-46-15
Vigencia del trámite o servicio: Plazo de respuesta:
SEIS MESES
SEIS MESES
Criterios de resolución:

HABER CONCLUIDO CON TODOS LOS REQUISITOS QUE SEÑALA EL ARTÍCULO 42 DEL REGLAMENTO ACADÉMICO.

Observaciones:

DE NO CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS EL PROCESO DE TITULACIÓN SE RETRASARÍA.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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