"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Servicio:
Modalidad:
SUMINISTRO DE AGUA EN BLOQUE
PRESENCIAL
Objetivo del Servicio:
ESTE SERVICIO PERMITE AL USUARIO QUE SE ENCUENTRA UBICADO EN ÁREAS DONDE NO EXISTEN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PRIMARIA PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, SOLICITAR UN PUNTO DE CONEXIÓN DE AGUA, SIN INCLUIR EL SERVICIO DE DRENAJE.
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
SUBGERENCIA COMERCIAL
01 - 20
Resolución de respuesta:
AFIRMATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
ENTRE LOS REQUISITOS PARA EL SUMINISTRO DE AGUA EN BLOQUE: I- QUE PRESENTEN UN CONSUMO MÍNIMO MENSUAL DE 120,000 M3; II.- ESTÉN UBICADOS EN ÁREAS DE NUEVOS DESARROLLOS DONDE REQUIERAN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PRIMARIA PARA SU ABASTECIMIENTO; III. QUE EL SUMINISTRO SE REALICE ÚNICAMENTE A UN PUNTO DE CONEXIÓN; Y IV. QUE NO REQUIERA DRENAJE Y/O SANEAMIENTO.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
I- QUE PRESENTEN UN CONSUMO MÍNIMO MENSUAL DE 120,000 M3; II.- ESTÉN UBICADOS EN ÁREAS DE NUEVOS DESARROLLOS DONDE REQUIERAN OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PRIMARIA PARA SU ABASTECIMIENTO; III. QUE EL SUMINISTRO SE REALICE ÚNICAMENTE A UN PUNTO DE CONEXIÓN; Y IV. QUE NO REQUIERA DRENAJE Y/O SANEAMIENTO.