SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Datos Generales

UNIVERSIDAD TÉCNOLOGICA DE LA RIVIERA MAYA
Clasificación: Trámite
Homoclave:

"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"

Nombre del Trámite: Modalidad:

SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL

VENTANILLA
Objetivo del Trámite:

CONTRATAR PERSONAL ACADÉMICO Y/O ADMINISTRATIVO PARA EL OPTIMO DESEMPEÑO DE LA INSTITUCIÓN.

Unidad Administrativa responsable del Trámite: Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
03 - 17
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA

Requisitos y referencia de consulta

Persona Física:
REGLAMENTO DE INGRESO, PROMOCIÓN Y PERMANENCIA DEL PERSONAL ACADÉMICO
CAPÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS DEL PERSONAL ACADÉMICO
DE LOS TÉCNICOS DOCENTES
ARTÍCULO 12. PARA SER TÉCNICO DOCENTE “A” SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS SER PASANTE DE UNA CARRERA PROFESIONAL A NIVEL LICENCIATURA; O TENER TÍTULO COMO TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO; O TENER CINCO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TITULO EN UNA CARRERA TÉCNICA DE NIVEL MEDIO SUPERIOR. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL. TENER DOS AÑOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREAS RELACIONADAS CON LOS TALLERES O LABORATORIOS.
ARTÍCULO 13. PARA SER TÉCNICO DOCENTE “B” SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER TITULO PROFESIONAL EN UNA CARRERA NIVEL LICENCIATURA; O TENER TRES AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TITULO COMO TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO; O TENER 8 AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TITULO EN UNA CARRERA TÉCNICA DE NIVEL MEDIO SUPERIOR; O TENER EL 100% DE CRÉDITOS DE UNA ESPECIALIDAD, CUYA DURACIÓN MÍNIMA SEA DE DIEZ MESES EFECTIVOS EN UN ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO TÉCNICO DOCENTE “A” TENER DOS AÑOS COMO JEFE DE TALLER O LABORATORIO; HABER PARTICIPADO EN EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE MATERIAL Y EQUIPO DIDÁCTICO; HABER PRESTADO SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, AJUSTE Y CALIBRACIÓN DE INSTRUMENTAL Y EQUIPO DIDÁCTICO Y OTROS QUE CONSIDERE CONVENIENTES DE ACUERDO A LAS ESPECIALIDADES DONDE PARTICIPA. TENER SEIS AÑOS DE EXPERIENCIA EN INSTITUCIONES O EMPRESAS PRODUCTORAS DE EQUIPO Y MATERIAL DIDÁCTICO U OTRAS EXPERIENCIAS ACORDES CON LAS ACTIVIDADES QUE SE DESEA QUE CUMPLA.
ARTÍCULO 14. PARA SER TÉCNICO DOCENTE “C” SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS SER CANDIDATO AL GRADO DE MAESTRO, EN UNA DISCIPLINA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; O TENER CUATRO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL EN LA CARRERA A NIVEL LICENCIATURA Y HABER REALIZADO ALGUNA ESPECIALIDAD CUYA DURACIÓN MÍNIMA SEA DE DIEZ MESES EFECTIVOS; EN UN ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO TÉCNICO DOCENTE “B” TENER CINCO AÑOS DE EXPERIENCIA TÉCNICA; HABER SIDO RESPONSABLE DE GRUPOS DE TRABAJO PARA EL DESEMPEÑO DE ESTAS ACTIVIDADES; HABER DADO ASESORÍAS IMPORTANTES DE SERVICIO EXTERNO. TENER OCHO AÑOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LA QUE SE INCLUYA HABER SIDO JEFE DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN DE EQUIPO O DE GRUPOS DE ASESORÍA PARA EL DESARROLLO DE TECNOLOGÍA. DE LOS PROFESORES DE ASIGNATURA
ARTÍCULO 15. PARA SER PROFESOR DE ASIGNATURA “B” SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER TÍTULO PROFESIONAL EN UNA CARRERA A NIVEL LICENCIATURA, CORRESPONDIENTE A LA DISCIPLINA DEL CONOCIMIENTO RELACIONADA CON LA ASIGNATURA QUE VAYA A IMPARTIR. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS DE EXPERIENCIA DOCENTE A NIVEL SUPERIOR; CONTAR CON ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER SEIS AÑOS DE EXPERIENCIA PROFESIONAL RELACIONADA CON SU EJERCICIO PROFESIONAL Y CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÉ ADSCRITO; TENER DOS AÑOS DE HABER PARTICIPADO EN LA ACTUALIZACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO; HABER APROBADO CURSOS DE FORMACIÓN DE PROFESORES DE PROGRAMAS RECONOCIDOS. DE LOS PROFESORES ASOCIADOS
ARTÍCULO 16. PARA SER PROFESORES ASOCIADO “A” SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER DOS AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL EN UNA CARRERA A NIVEL LICENCIATURA Y HABER REALIZADO ALGUNA ESPECIALIDAD CUYA DURACIÓN MÍNIMA SEA DE DIEZ MESES EFECTIVOS EN UN ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS DE SER TÉCNICO DOCENTE “C” CONTAR CON ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER DOS AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL RELACIONADA CON SU EJERCICIO PROFESIONAL Y CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÉ ADSCRITO; TENER DOS AÑOS DE HABER PARTICIPADO EN LA ACTUALIZACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO.
ARTÍCULO 17. PARA SER PROFESOR ASOCIADO "B" SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS SER CANDIDATO AL GRADO DE MAESTRO EN EL ÁREA DEL CONOCIMIENTO A ATENDER; O TENER CINCO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL EN UNA CARRERA NIVEL LICENCIATURA Y HABER REALIZADO ALGUNA ESPECIALIDAD CUYA DURACIÓN MÍNIMA SEA DE DIEZ MESES EFECTIVOS; EN UN ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO PROFESOR ASOCIADO "A"; CONTAR CON ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER CUATRO AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL, RELACIONADA CON SU EJERCICIO PROFESIONAL Y CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; TENER DOS AÑOS DE TUTORÍA AL ESTUDIANTE EN LA APLICACIÓN PERTINENTE DEL CONOCIMIENTO; TENER DOS AÑOS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ESTUDIOS TECNOLÓGICOS; TENER DOS AÑOS DE HABER PARTICIPADO EN LA ACTUALIZACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO.
ARTÍCULO 18. PARA SER PROFESOR ASOCIADO "C" SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER EL GRADO DE MAESTRO EN UNA DISCIPLINA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; O TENER SEIS AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL EN UNA CARRERA NIVEL LICENCIATURA Y DOS AÑOS DE HABER OBTENIDO ALGUNA ESPECIALIDAD CUYA DURACIÓN MÍNIMA SEA DE DIEZ MESES EFECTIVOS, RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO PROFESOR ASOCIADO "B"; CONTAR CON ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER SEIS AÑOS DE EXPERIENCIA LABORAL, RELACIONADA CON SU EJERCICIO PROFESIONAL Y CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; TENER CUATRO AÑOS DE TUTORÍA AL ESTUDIANTE EN LA APLICACIÓN PERTINENTE DEL CONOCIMIENTO; TENER CUATRO AÑOS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ESTUDIOS TECNOLÓGICOS; DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES EN ESTADÍAS; HABER PRODUCIDO MATERIAL DIDÁCTICO; TENER DOS AÑOS DE HABER PARTICIPADO EN LA ACTUALIZACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO. DE LOS PROFESORES TITULARES
ARTÍCULO 19. PARA SER PROFESOR TITULAR "A" SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER EL GRADO DE DOCTOR, EN ALGUNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN ALGUNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER CUATRO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL GRADO DE MAESTRO EN UNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN UNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER OCHO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIATURA RELACIONADO CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO PROFESOR ASOCIADO "C"; CONTAR CON APROBACIÓN DE CURSOS DE FORMACIÓN DE PROFESORES, ASÍ COMO ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER DOS AÑOS EN LA ELABORACIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO DE CALIDAD; TENER DOS AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ESTUDIOS TECNOLÓGICOS; TENER DOS AÑOS EN DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES EN ESTADÍAS; TENER DOS AÑOS DE TUTORÍA A ESTUDIANTES, RELACIONADA CON LA APLICACIÓN PERTINENTE DEL CONOCIMIENTO; TENER DOS AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LABORES QUE ACREDITEN LA TRASCENDENCIA Y ALTA CALIDAD DE SUS CONTRIBUCIONES A LA DOCENCIA Y AL TRABAJO PROFESIONAL; TENER DOS AÑOS DE HABER SIDO RESPONSABLE DEL DESARROLLO DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO; TENER DOS AÑOS DE PARTICIPAR EN LA FORMACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD; TENER DOS AÑOS DE HABER DESEMPEÑADO CARGOS O ACTIVIDADES RELEVANTES EN EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN; HABER IMPARTIDO CÁTEDRA A GRADUADOS DE NIVEL LICENCIATURA; HABER PRESENTADO PONENCIAS DE TEMAS RELEVANTES PARA EL PROGRAMA EDUCATIVO EN EL QUE COLABORA.
ARTÍCULO 20. PARA SER PROFESOR TITULAR "B" SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER EL GRADO DE DOCTOR, EN ALGUNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN ALGUNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER CINCO AÑOS DE HABER OBTENIDO EL GRADO DE MAESTRO EN ALGUNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN UNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER ONCE AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIATURA RELACIONADO CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO PROFESOR TITULAR "A"; CONTAR CON APROBACIÓN DE CURSOS DE FORMACIÓN DE PROFESORES, ASÍ COMO ACREDITACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA, EN INSTITUCIONES DE RECONOCIDO PRESTIGIO; TENER CUATRO AÑOS EN LA ELABORACIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO DE CALIDAD; TENER CUATRO AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ESTUDIOS TECNOLÓGICOS; TENER CUATRO AÑOS DE TUTORÍA ESTUDIANTES, RELACIONADA CON LA APLICACIÓN PERTINENTE DEL CONOCIMIENTO; TENER CUATRO AÑOS EN DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES EN ESTADÍAS; TENER CUATRO AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LABORES QUE ACREDITEN LA TRASCENDENCIA Y ALTA CALIDAD DE SUS CONTRIBUCIONES A LA DOCENCIA Y AL TRABAJO PROFESIONAL; TENER CUATRO AÑOS DE HABER SIDO RESPONSABLE DEL DESARROLLO DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO; TENER CUATRO AÑOS DE PARTICIPAR EN LA FORMACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD; TENER CUATRO AÑOS DE DESEMPEÑO DE CARGOS O ACTIVIDADES RELEVANTES EN EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN; HABER IMPARTIDO CÁTEDRA A GRADUADOS DE NIVEL LICENCIATURA O POSTGRADO; HABER PUBLICADO PONENCIAS DE TEMAS RELEVANTES EN REVISTAS ESPECIALIZADAS; HABER PRESENTADO PONENCIAS DE TEMAS RELEVANTES PARA EL PROGRAMA EDUCATIVO EN EL QUE COLABORA;
ARTÍCULO 21. PARA SER PROFESOR TITULAR "C" SE REQUIERE: REQUISITOS ACADÉMICOS TENER DOS AÑOS DE HABER OBTENIDO EL GRADO DE DOCTOR, EN ALGUNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN ALGUNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER SEIS AÑOS DE HABER OBTENIDO EL GRADO DE MAESTRO EN ALGUNA ÁREA RELACIONADA DIRECTAMENTE CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO, OBTENIDO EN UNA INSTITUCIÓN DE RECONOCIDO PRESTIGIO; O TENER CATORCE AÑOS DE HABER OBTENIDO EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIATURA, RELACIONADO CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO. EXPERIENCIA DOCENTE Y PROFESIONAL TENER DOS AÑOS COMO PROFESOR TITULAR "B"; TENER SEIS AÑOS EN LA ELABORACIÓN DE MATERIAL DIDÁCTICO DE CALIDAD; TENER SEIS AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ESTUDIOS TECNOLÓGICOS, TENER SEIS AÑOS DE TUTORÍA A ESTUDIANTES, RELACIONADA CON LA APLICACIÓN PERTINENTE DEL CONOCIMIENTO; TENER SEIS AÑOS DE PARTICIPACIÓN EN LABORES QUE ACREDITEN LA TRASCENDENCIA Y ALTA CALIDAD DE SUS CONTRIBUCIONES A LA DOCENCIA Y AL TRABAJO PROFESIONAL; CONTAR CON ACREDITACIÓN DE CURSOS DE ACTUALIZACIÓN EN ÁREAS RELACIONADAS CON EL PROGRAMA EDUCATIVO AL QUE ESTÁ ADSCRITO; TENER SEIS AÑOS DE HABER SIDO RESPONSABLE DEL DESARROLLO DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO; TENER SEIS AÑOS EN DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES EN ESTADÍAS; TENER SEIS AÑOS DE PARTICIPAR EN LA FORMACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD; TENER SEIS AÑOS DE DESEMPEÑO DE CARGOS O ACTIVIDADES RELEVANTES EN EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN; HABER PUBLICADO TRABAJOS QUE ACREDITEN LA TRASCENDENCIA Y ALTA CALIDAD DE SUS CONTRIBUCIONES A LA DOCENCIA, A LA INVESTIGACIÓN O AL TRABAJO PROFESIONAL; TENER PRESTIGIO PROFESIONAL; HABER REALIZADO TRABAJOS PARA IMPULSAR EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD; HABER PRESENTADO PONENCIAS DE TEMAS RELEVANTES PARA EL PROGRAMA EDUCATIVO EN EL QUE COLABORA;

REGLAMENTO DE CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
ARTÍCULO 5.- PARA PODER INGRESAR COMO TRABAJADOR A LA UNIVERSIDAD, SE REQUIERE: I. SER DE NACIONALIDAD MEXICANA, SALVO EN LOS CASOS PREVISTOS POR LA LEY; II. TENER COMO MÍNIMO 18 AÑOS DE EDAD; III. PRESENTAR SOLICITUD, LA CUAL CONTENDRÁ LOS DATOS NECESARIOS PARA CONOCER LOS ANTECEDENTES DEL SOLICITANTE. IV. GOZAR DE BUENA SALUD FÍSICA, Y COMPROBAR QUE POSEE CAPACIDAD PARA EL DESEMPEÑO DEL TRABAJO MEDIANTE CONSTANCIAS; V. SOMETERSE A LOS EXÁMENES PSICOMÉTRICOS, DE CONOCIMIENTOS Y APTITUD, CON RELACIÓN AL PUESTO A OCUPAR; VI. PRESENTAR DOS CARTAS DE RECOMENDACIÓN DE SUS TRABAJOS ANTERIORES; VII. PRESENTAR CARTA EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA EN EL QUE SE INDIQUE QUE NO SE ENCUENTRA INHABILITADO PARA DESEMPEÑAR ALGÚN CARGO O COMISIÓN DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. VIII. ACREDITAR POR LOS MEDIOS LEGALES CONDUCENTES SER MAYOR DE 18 AÑOS; IX. LOS EXTRANJEROS SOLO PODRÁN INGRESAR COMO TRABAJADORES EN LOS CASOS Y CON LAS CONDICIONES QUE ESTABLECE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL, DE LOS AYUNTAMIENTOS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, ACREDITARÁN LA CALIDAD MIGRATORIA QUE LES PERMITA DESEMPEÑAR LA ACTIVIDAD DE QUE SE TRATE, Y ESTARÁN AUTORIZADOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA EL DESEMPEÑO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS; X. HABER CUMPLIDO SERVICIO MILITAR NACIONAL EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE; XI. PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE TENER LA ESCOLARIDAD, LOS CONOCIMIENTOS Y LAS APTITUDES REQUERIDAS; XII. LAS DEMÁS QUE RESULTEN NECESARIAS SEGÚN LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR.
ARTÍCULO 6.- PARA PODER INGRESAR COMO PERSONAL DIRECTIVO, ADEMÁS DE LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO QUE ANTECEDE SE REQUIERE: I. ESTAR EN PLENO GOCE DE SUS DERECHOS POLÍTICOS; II. SER NATIVO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO O TENER RESIDENCIA EFECTIVA NO MENOS DE CINCO AÑOS EN EL ESTADO. III. SER MAYOR DE 25 AÑOS Y MENOR DE 60 AÑOS; Y IV. TENER UN MODO HONESTO DE VIVIR.
ARTÍCULO 7.- PARA PODER INGRESAR COMO PERSONAL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO, ADEMÁS DE CUMPLIR CON LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 5 DEBERÁ CUBRIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS: I. ACREDITAR HABER OBTENIDO COMO MÍNIMO TÍTULO PROFESIONAL O EQUIVALENTE; Y II. CONTAR CON EXPERIENCIA DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE NIVEL SUPERIOR Y HABER LABORADO POR LO MENOS CINCO AÑOS EN EL SECTOR PRODUCTIVO; Y III. CUMPLIR CON EL PROCEDIMIENTO DE INGRESO, PROMOCIÓN Y PERMANENCIA EN TÉRMINOS DEL REGLAMENTO RESPECTIVO. EN EL CASO DE LOS PROFESORES DE ASIGNATURA ADEMÁS DE LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 5 SE REQUERIRÁ LO SEÑALADO EN LAS FRACCIONES I Y III.
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.