"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Trámite:
Modalidad:
REGISTRO DE PRESTADOR DE SERVICIO TÉCNICO DE PROTECCIÓN CIVIL
VENTANILLA
Objetivo del Trámite:
CONTAR CON UN PADRÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL
Unidad Administrativa responsable del Trámite:
Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN OPERATIVA DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
07 - 13
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
1.- OFICIO DE SOLICITUD DE REGISTRO DIRIGIDO AL DIRECTOR GENERAL DE LA COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 2.- COMPROBANTE DE DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES, CON UNA ANTIGÜEDAD MÁXIMA DE DOS MESES; 3.- DOCUMENTO QUE ACREDITE LA PERSONALIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL; 4.- DIRECTORIO DEL GRUPO VOLUNTARIO QUE INCLUYA: NOMBRE DE CADA INTEGRANTE; NÚMEROS TELEFÓNICOS PARA LOCALIZACIÓN Y CORREOS ELECTRÓNICOS Y, DESTACAR LOS DATOS DE LOCALIZACIÓN DEL PRESIDENTE O DEL REPRESENTANTE LEGAL Y ENLACES OPERATIVOS; 5.- DOCUMENTOS QUE ACREDITEN QUE ESTÁN DEBIDAMENTE CAPACITADOS PARA DESEMPEÑARSE EN LA MATERIA Y QUE CUENTAN CON LA CERTIFICACIÓN EMITIDA POR ALGUNA AUTORIDAD O INSTITUCIÓN PÚBLICA O PRIVADA RELACIONADA CON LA MATERIA.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
NINGUNO
NINGUNO
Frecuencia del Trámite:
Horario de Atención:
ANUAL
08:00 A 16:00 HORAS
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
Domicilio:
AV. INSURGENTES NO. 801 ENTRE CONIL Y DZISAUCHE COL. JARDINES DE PAYO OBISPO C.P. 77082 CHETUMAL, QUINTANA ROO
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
983-8324341
983-8330828
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
ANUAL
10 DIAS
Criterios de resolución:
PARA DAR ANUENCIA DEBERÁ ACREDITAR SU ESPECIALIDAD MEDIANTE DOCUMENTO OFICIAL. NEGACIÓN DEL TRAMITE SI EL INTERESADO NO ACREDITA OFICIALMENTE SU ESPECIALIDAD.