"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Servicio:
Modalidad:
CONSULTA MEDICA PARA VALORACIÓN Y SOLICITUD DE ANÁLISIS CLÍNICO DE LABORATORIO.
VENTANILLA
Objetivo del Servicio:
SE TIENE COMO OBJETIVO LA EXPLORACIÓN COMPLEMENTARIA SOLICITADA AL LABORATORIO CLÍNICO POR UN MÉDICO PARA CONFIRMAR O DESCARTAR UN DIAGNÓSTICO. FORMA PARTE DEL PROCESO DE ATENCIÓN A LA SALUD QUE SE APOYA EN EL ESTUDIO DE DISTINTAS MUESTRAS BIOLÓGICAS MEDIANTE SU ANÁLISIS EN LABORATORIO Y QUE BRINDA UN RESULTADO OBJETIVO QUE PUEDE SER TANTO CUANTITATIVO (UN NÚMERO, COMO EN EL CASO DE LA CIFRA DE GLUCOSA) O CUALITATIVO (POSITIVO O NEGATIVO).
Unidad Administrativa responsable del Servicio:
Mes y Año (MM y AA):
HOSPITALES GENERALES
25 - 16
Resolución de respuesta:
AFIRMATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
RECEPCIÓN DE MUESTRA ADECUADA DE ACUERDO A LAS DEFINICIONES DE CASO OPERACIONAL PARA EL DIAGNOSTICO SOLICITADO.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
SE ANEXA TABLA DE COSTOS
UNIDAD MEDICA DONDE SEA ATENDIDO EL PACIENTE
Frecuencia del Servicio:
Horario de Atención:
DIARIA
HORARIO DE LA UNIDAD MEDICA DONDE SEA ATENDIDO EL PACIENTE
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
UNIDAD MEDICA DONDE SEA ATENDIDO EL PACIENTE
Domicilio:
UNIDAD MEDICA DONDE SEA ATENDIDO EL PACIENTE
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
UNIDAD MEDICA DONDE SEA ATENDIDO EL PACIENTE
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
2 AÑOS
Criterios de resolución:
SEGÚN DIAGNOSTICO Y RESULTADOS DE LABORATORIO.
Observaciones:
EL SEGUIMIENTO DEL DIAGNOSTICO SEGÚN INDICACIÓN MEDICA SE REALIZARA EN LA MISMA UNIDAD, SOLO SI SE CUENTA CON EL PERSONAL Y EQUIPO ESPECIALIZADO. ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE ESTOS SERVICIOS SON APLICADOS A TRAVÉS DE CADA UNIDAD DE ACUERDO A LA ZONA Y/O TIPO DE SERVICIO (ATENCIÓN DE PRIMER NIVEL O SEGUNDO NIVEL) Y ES POR SOLICITUD DEL MÉDICO TRATANTE PREVIA CONSULTA Y/O CAPITALIZACIÓN, POR LO GENERAL FORMAN PARTE DEL EXPEDIENTE CLÍNICO DEL PACIENTE. (*SE LLEVAN A CABO POR SOLICITUD DEL MEDICO)