SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y PESCA
Clasificación: Trámite
Homoclave:
"De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado, la legalidad y el contenido de la información que se inscriba en el sistema, es de estricta responsabilidad de las instituciones que proporcionan la información"
Nombre del Trámite:
Modalidad:
APOYO A PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMATOLÓGICAS DESPUES DE UN DESASTRE NATURAL.
VENTANILLA
Objetivo del Trámite:
APOYAR A LOS PRODUCTORES AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS QUE NO CUENTAN CON ALGUN TIPO DE ASEGURAMIENTO PUBLICO O PRIVADO, AFIN DE ATENDER LOS EFECTOS NEGATIVOS CAUSADOS Y REICORPORARLOS A LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA, MEDIANTE LA COMPENSACION PARCIAL DE LA PERDIDA O LA GENERACION DE FUENTES TRANSITORIAS DE INGRESOS.
Unidad Administrativa responsable del Trámite:
Mes y Año (MM y AA):
DIRECCIÓN DE AGRONEGOCIOS
06 - 07
Resolución de respuesta:
NEGATIVA FICTA
Requisitos y referencia de consulta
Persona Física:
1. SOLICITUD POR ESCRITO 2. IDENTIFICACION OFICIAL CON FOTOGRAFIA 3. SER PRODUCTOR DE BAJOS INGRESOS AFECTADOS POR ALGUNA CONTINGENCIA CLIMATOLOGICA, QUE REALICEN PREPONDERANTEMENTE ACTIVIDADES AGRICOLAS DE TEMPORAL, PECUARIAS, ACUICOLA Y PESQUERAS QUE NO CUENTAN CON ALGUN TIPO DE ASEGURAMIENTO PUBLICO O PRIVADO.
Referencia electrónica que complementa los requisitos
Costo, frecuencia y horarios
Costo:
Área de Pago:
NO APLICA
NO APLICA
Frecuencia del Trámite:
Horario de Atención:
PERMANENTE
DE 9:00 A 14:00 HORAS
Lugar de atención y ubicación
Lugar de Atención:
SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RURAL, SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, DIRECCION DE AGRONEGOCIOS.
Domicilio:
CALLE 22 DE ENERO S/N, COLONIA CENTRO, CODIGO POSTAL 77000, CHETUMAL, QUINTANA ROO AVE. BELICE NO. 201, ESQUINA VENUSTIANO CARRANZA, COL. CENTRO, CHETUMAL, QUINTANA ROO, C.P. 77000
Teléfono:
Fax:
Vigencia, criterios y observaciones
9838350500 EXT. 1231
9838322690
Vigencia del trámite o servicio:
Plazo de respuesta:
NO APLICA
30 DIAS
Criterios de resolución:
A TODOS AQUELLOS PRODUCTORES QUE CUMPLAN CON LAS CARACTERISTICAS ESTABLECIDAS EN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DEL FONDO PARA ATENDER A LA POBLACION AFECTADA POR CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS (FAPRACC) PUBLICADAS EL 27 DE MAYO DE 2003 Y SUS MODIFICACIONES Y ADICIONES DEL 23 DE ABRIL DE 2004, DEL 30 DE MARZO DE 2005 Y DEL 22 DE FEBRERO DE 2006, RESPECTIVAMENTE Y QUE ADEMÁS SE UBIQUEN EN LOS MUNICIPIOS INCLUIDOS EN LA DECLARATORIA POR CONTINGENCIA CLIMATOLOGICA EMITIDA POR LA SAGARPA, O BIEN POR LA CORRESPONDIENTE DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL EMITIDA POR LA SECRETARIA DE GOBERNACION, Y SE INCLUYAN EN EL DIAGNOSTICO DE DAÑOS A TRAVES DEL LEVANTAMIENTO DEL PADRON DE BENEFICIARIOS, QUE VALIDA EL COMITE ESTATAL DEL PROGRAMA.