Estado de Jalisco

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-83

    Modalidad: Rectificación, (calle o número oficial).

    Personas que han visitado este trámite: 12304


    Rectificación.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan el número oficial o calle de ubicación correctos del inmueble.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Se presentará en caso de existir incompatibilidad respecto del número oficial o calle de ubicación de un inmueble descrito en los asientos registrales de la presente oficina registral, ya sea por error al momento de la constitución de la escritura, o por modificación por parte de la oficina catastral.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Boleta Registral.

    ¿Cuánto cuesta?

    627.00 pesos

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu tramite en la ventanilla se te entregara una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
      Artículo: 121
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu trámite.
    • Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.
    • De acuerdo al municipio en el cual se encuentre tu inmueble será la oficina registral que te corresponda, puede verificar esta información en el artículo 3 del reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad del estado de Jalisco.

    Documentos o requisitos

    • Testimonios cotejados ante notario.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; o en su caso dos tantos del escrito ratificado ante un notario público dirigido al registro.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Comprobante de pago.

    • Certificado catastral.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con certificado catastral que conste el número oficial o calle que corresponde al inmueble.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; contar con el documento correspondiente a la rectificación el cual ampara la rectificación solicitada.
      2. Contar con Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.
      3. Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-84

    Personas que han visitado este trámite: 751


    Cancelación del contrato de arrendamiento.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu Contrato de cancelación de arrendamiento acreditan que el arrendamiento ya no se encuentra vigente ya que el mismo se encuentra cancelado.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando ya no se encuentra vigente el contrato de arrendamiento, se realiza la cancelación del mismo, para con ello el inmueble ya no reporte la limitación que se encuentra dado en arrendamiento.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado
    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Inscripción

    ¿Cuánto cuesta?

    69.00 pesos

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominado prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla con la finalidad de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 2140 AL 2146
      Fracción: NA
      Inciso: NA
      Párrafo: NA
      Número: NA
      Letra: NA
      Otro: NA
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2018
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Escritura

      Tipo de documento: Escritura pública o contrato ratificado.
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; o en su caso dos tantos del contrato de cancelación ratificado ante un notario público dirigido al registro, cualquiera de los dos deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
      2. Recibir la ficha o prelación única.
      3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-85

    Modalidad: Cancelación de limitaciones de propiedad tipo: transmisión por cláusula de beneficiario.

    Personas que han visitado este trámite: 3194


    Transmisión por cláusula de Beneficiario.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral con la cual acreditas que ya se realizó la transmisión de propiedad y por ende eres el titular del inmueble.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    En el caso de que se haya constituido la cláusula de beneficiario y el titular del inmueble haya fallecido se deberá solicitar su transmisión a favor del beneficiario.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Boleta Registral.

    ¿Cuánto cuesta?

    627.00 pesos

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu trámite.

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 2665-Bis
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17
      Fracción: I y II
      Inciso: g y IV

    Criterios de resolución

    • Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu trámite.
    • Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.
    • De acuerdo al municipio en el cual se encuentre tu inmueble será la oficina registral que te corresponda, puede verificar esta información en el artículo 3 del reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad del estado de Jalisco.

    Documentos o requisitos

    • Testimonios cotejados ante notario.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; o en su caso dos tantos del contrato ratificado ante un notario público dirigido al registro.

    • Aviso de transmisión patrimonial.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con aviso de transmisión patrimonial debidamente recibido.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; contar con el documento correspondiente a la rectificación el cual ampara la rectificación solicitada.
      2. Contar con Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.
      3. Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-86

    Personas que han visitado este trámite: 1291


    Aportación de inmueble a una sociedad.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que la Sociedad es la dueña de tu inmueble.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando los miembros integrantes de una sociedad, convienen en transmitir o aportar un inmueble (casa, lote, local comercial o bodega) y una vez que hayan acudido ante el notario público de su elección para que este realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que la sociedad ya es el dueño del inmueble.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado
    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Inscripción

      Periodo de presentación:
      • Enero
      • Febrero
      • Marzo
      • Abril
      • Mayo
      • Junio
      • Julio
      • Agosto
      • Septiembre
      • Octubre
      • Noviembre
      • Diciembre

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor catastral del inmueble, se cobrará el 0.50% + 418.00 correspondiente a la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu tramite en la ventanilla se te entregara una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla a fin de recoger tu tramite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 209
      Fracción: NA
      Inciso: NA
      Párrafo: NA
      Número: NA
      Letra: NA
      Otro: NA
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Pago de impuesto

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Aviso de transmisión patrimonial debidamente recibido y cubierto el impuesto correspondiente; Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).
      2. Recibir la ficha o prelación única.
      3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-87

    Modalidad: Permuta.

    Personas que han visitado este trámite: 1666


    Permuta.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que eres en dueño de tu inmueble.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    En el caso que la permuta verse sobre bienes inmuebles, es cuando se trasmite un inmueble por otro (casa, lote, local comercial o bodega) y una vez que hayas acudido ante el notario público de tu elección para que este realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que tu eres el dueño del inmueble.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Boleta Registral.

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor catastral del inmueble, se cobrará el si es lote de terreno o local comercial 0.50% + 418.00 correspondiente a la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu tramite en la ventanilla se te entregara una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite; Cabe destacar que contamos con una página de internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 1909 al 1913
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu trámite.
    • Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.
    • De acuerdo al municipio en el cual se encuentre tu inmueble será la oficina registral que te corresponda, puede verificar esta información en el artículo 3 del reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad del estado de Jalisco.

    Documentos o requisitos

    • Testimonio cotejado ante notario.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público.

    • Aviso de transmisión patrimonial.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Aviso de transmisión patrimonial debidamente recibida.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Recibo que ampare el pago de los derechos de Secretaría de Finanzas; Ingresar la documentación en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público; contar con el documento correspondiente a la rectificación el cual ampara la rectificación solicitada.
      2. Contar con Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.
      3. Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-88

    Personas que han visitado este trámite: 925


    Cesión de derechos hipotecarios.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que eres el titular de los derechos hipotecarios.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando adquieres en forma gratuita u onerosa la titularidad o derechos de una hipoteca constituida sobre un inmueble (casa, lote, local comercial, bodega, etc) y una vez que hayas acudido ante el notario público de tu elección para que éste realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que tu eres el titular de los derechos hipotecarios.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado

    ¿Qué obtengo?

    • Registro

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor del monto, se cobrara el 0.50%. Mas la notación registral 418.00.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite. Cabe destacar que contamos con una página de internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 1537 al 1563
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Escritura

      Tipo de documento: Anexo
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Documento mediante el cual se trasmiten los derechos de una hipoteca protocolizado ante la fe de un fedatario público y cuyo documento contiene sellos y firmas.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Boleta de pago de los derechos de registro.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Presentar los documentos en la ventanilla de recepción de documentos.

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-89

    Personas que han visitado este trámite: 937


    Liquidación del régimen económico matrimonial.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que eres el dueño de tu inmueble.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando adquieres un inmueble en virtud de la liquidación del régimen económico matrimonial (casa, lote, local comercial o bodega) y una vez que hayas acudido ante el notario público de tu elección para que este realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y el comercio a fin de hacer público que tu eres el dueño del inmueble.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Registro

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: 209.00 + 418.00 correspondiente a la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominado prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla con la finalidad de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 997 al 1000
      Fracción: NA
      Inciso: NA
      Párrafo: NA
      Número: NA
      Letra: NA
      Otro: NA
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Escritura

      Tipo de documento: Escritura pública.
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con dos tantos del testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público, mismo que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco. Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

    • Comprobante de pago impuestos.

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Copia
      Descripción del documento: Contar con aviso de transmisión patrimonial y su recibo de pago debidamente recibido y cubierto el impuesto correspondiente.

    • Pago de derechos

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
      2. Recibir la ficha o prelación única.
      3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-90

    Personas que han visitado este trámite: 1654


    Cesión de derechos litigiosos.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu documento acreditan que eres el tenedor de los derechos litigiosos.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando adquieres en forma gratuita u onerosa la titularidad o derechos de un litigio que versa sobre un inmueble (casa, lote, local comercial, bodega, etc) y una vez que hayas acudido ante el Juzgado o notario público mediante escritura publica, es necesario que ese documento sea registrado en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que tu eres el titular de los derechos litigiosos.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado

    ¿Qué obtengo?

    • Registro

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: Si no tiene contraprestación $627.00 y si tiene el .5% de la misma más $418.00 de la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregara una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite. Cabe destacar que contamos con una página de internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 1537 al 1563
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Escritura

      Tipo de documento: Documento el cuál contiene la voluntad de las partes la cuál genera derechos y obligaciones.
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Documento mediante el cual se trasmiten los derechos contenidos en un litigio protocolizado ante fedatario público y cuyo documento contiene sellos y firmas.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Boleta de pago de los derechos de registro.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Presentar los documentos en la ventanilla de recepción de documentos.

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-91

    Modalidad: Fideicomiso: a) Garantía; b) Administración.

    Personas que han visitado este trámite: 1249


    Fideicomiso.

    Te permite obtener el contrato en virtud del cual una o más personas (fideicomitente/s o fiduciante/s) transmite bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (una persona física o persona jurídica, llamada fiduciaria) para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado beneficiario, y se transmita, al cumplimiento de un plazo o condición, al fiduciante, al beneficiario o a otra persona, llamado fideicomisario.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Depende del tipo de fideicomiso que se pretenda realizar, por ejemplo de los más comunes serian los de administración, o planeación patrimonial o testamentarias, de los cuales en el primer de los casos seria para que el fiduciario sea quien controle y disponga de determinados bienes y reparta los beneficios en forma y términos estipulados; y en el segundo de los casos para proteger el patrimonio en vida con disponibilidad de bienes libremente, y ante el fallecimiento, el fiduciario administra y entrega el patrimonio en los términos expresados en el contrato.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado

    ¿Qué obtengo?

    • Registro

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor catastral del inmueble, se cobrará el si es lote de terreno o local comercial 0.50% + 418.00 correspondiente a la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite.

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Federal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan; Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Escritura

      Tipo de documento: Escrito libre
      Presentación: Original y copia
      Descripción del documento: Documento por el cual las partes se obligan a someter un bien inmueble a fideicomiso protocolizado ante notario público.

    • Comprobante de pago

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Comprobante de pago de los derechos de registro.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Ingresar la documentación en la ventanilla de recepción, donde se entregara el número de prelación (ficha única).

    ¿Dónde puedes realizarlo?

  • Descargar ficha en PDF

    Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

    Entidad federativa: Jalisco

    Homoclave: JAL-RPPYC-92

    Personas que han visitado este trámite: 1011


    Rescisión.

    Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que un determinado contrato fue rescindido.


    • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
    • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
    • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

    ¿Cuándo debo realizarlo?

    Cuando un contrato es rescindido es necesario se protocolice y registre la enunciada rescisión a fin de dejar sin efectos el manifestado contrato.

    ¿Quién puede realizarlo?

    • Interesado
    • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

    ¿Qué obtengo?

    • Inscripción

    ¿Cuánto cuesta?

    Tiene que ser calculado con el método: 209.00 + 418.00 correspondiente a la anotación.

    ¿Dónde puedo realizar el pago?

    • Tesorería

    ¿Cuánto me tardo?

    • 10 Días hábiles

      Observaciones
      Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominado prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla a fin de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

    Fundamentos jurídicos

    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Código
      Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
      Artículo: 1476, 1484, 1525, 1621 y 1637, 1639, 1641, 1648, 1649, 1650 y del 1783 AL 1792
      Fracción: NA
      Inciso: NA
      Párrafo: NA
      Número: NA
      Letra: NA
      Otro: NA
    • Ámbito de ordenamiento: Estatal
      Tipo de ordenamiento: Ley
      Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
      Artículo: 17

    Criterios de resolución

    • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
    • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

    Documentos o requisitos

    • Pago de impuesto

      Tipo de documento: Comprobante
      Presentación: Original
      Descripción del documento: Contar con recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente; Contar con aviso de transmisión patrimonial debidamente recibido y cubierto el impuesto correspondiente.

    Formas de presentación

    • Presencial

      Pasos a realizar:

      1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
      2. Recibir la ficha o prelación única.
      3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

    ¿Dónde puedes realizarlo?

    [{"id":"estado_sedeco","title":"","Latitud":"20.673493","Longitud":"-103.369734"}]

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.