JAL-RPPYC-90

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-90

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Cesión de derechos litigiosos.

Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu documento acreditan que eres el tenedor de los derechos litigiosos.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando adquieres en forma gratuita u onerosa la titularidad o derechos de un litigio que versa sobre un inmueble (casa, lote, local comercial, bodega, etc) y una vez que hayas acudido ante el Juzgado o notario público mediante escritura publica, es necesario que ese documento sea registrado en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que tu eres el titular de los derechos litigiosos.

¿Quién puede realizarlo?

  • Interesado

¿Qué obtengo?

  • Registro

¿Cuánto cuesta?

Tiene que ser calculado con el método: Si no tiene contraprestación $627.00 y si tiene el .5% de la misma más $418.00 de la anotación.

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • Tesorería

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregara una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarse en la misma ventanilla afín de recoger tu tramite. Cabe destacar que contamos con una página de internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Código
    Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
    Artículo: 1537 al 1563
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 17

Criterios de resolución

  • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

Documentos o requisitos

  • Escritura

    Tipo de documento: Documento el cuál contiene la voluntad de las partes la cuál genera derechos y obligaciones.
    Presentación: Original y copia
    Descripción del documento: Documento mediante el cual se trasmiten los derechos contenidos en un litigio protocolizado ante fedatario público y cuyo documento contiene sellos y firmas.

  • Comprobante de pago

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Boleta de pago de los derechos de registro.

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Presentar los documentos en la ventanilla de recepción de documentos.

¿Dónde puedes realizarlo?

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.