JAL-SHP-33

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Secretaría de la Hacienda del Estado de Jalisco

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-SHP-33

Modalidad: Validación vehicular

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Validación de los elementos de identidad física vehicular.

El trámite de validación vehicular, te permite una mayor certeza jurídica en la adquisición y registro de vehículos en el Padrón Vehicular del Estado de Jalisco.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Los vehículos que provengan con registro vehicular de otras Entidades Federativas de origen nacional o extranjero. Vehículos usados nacionales o extranjeros, sin ningún antecedente de registro vehicular en el país. Los que no realizaron el canje obligatorio de placas de circulación en el año 2002. Para la recepción de trámites en los que se ampare la propiedad con facturas Judiciales, Actas de venta, facturas expedidas por empresas aseguradoras, copia de facturas certificadas por notario público. Vehículos registrado en el Estado, por el trámite de reposición de placas de circulación cuando se presente reporte por el robo o extravío de una o ambas placas. Vehículos que para el trámite de registro se presente baja vehicular por pérdida total o destrucción. Vehículos ensamblados, modificados, restaurados o hechizos, así como los que presenten cambio de motor, entre otros.

¿Quién puede realizarlo?

  • Representante legal
  • Interesado
  • Padres

¿Qué obtengo?

  • Validación

    ¿Cuál es su vigencia?
    30 Días hábiles

¿Cuánto cuesta?

322.00 pesos

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • En la dependencia

¿Cuánto me tardo?

  • 1 Día hábil

    Observaciones
    Una vez validado el vehículo, 30 minutos en ventanilla.

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 23
    Fracción: xix
    Inciso: b
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 23
    Fracción: xix
    Inciso: b

Criterios de resolución

  • Deberá acudir a la cita en la fecha y hora programada.
  • Presentar los documentos del vehículo (factura y los pagos).
  • Presentar los documentos personales (identificación personal y comprobante de domicilio).
  • Presentar el automotor

Documentos o requisitos

  • Presentar vehículo a validar

    Tipo de documento: Unidad a validar
    Presentación: Original y copia
    Descripción del documento: Deberá presentarse la unidad a validar. El trámite de validación de los elementos de identidad física vehicular se realizará previo a la dotación de placas de circulación, registros de un nuevo propietario o a solicitud del propietario por interés propio.

  • Cita

    Tipo de documento: Guía
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Deberá programarse cita para la presentación de la unidad, en la siguiente liga: http://sefinenlinea.jalisco.gob.mx/citas/

  • Factura

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: 1. Factura (CFDI) En la realización de trámites vehiculares no serán admitidos los comprobantes fiscales de pagos parciales o complementos de pago ni notas de venta. 2. Copia certificada por la autoridad emisora de la resolución recaída a las diligencias de información testimonial, promovida ante el Juez de primera instancia competente. 3. Factura judicial o en rebeldía. 4. Tratándose de vehículos enajenados por la Federación, Entidades Federativas, Municipios o sus Organismos Públicos Descentralizados que no hayan expedido comprobante fiscal podrá recibirse acta de entrega-recepción; constancia de asignación o venta, o endoso en la factura original; siempre que hayan sido realizados o expedidos por funcionarios públicos que ostenten esa facultad. 5. Copia certificada de factura por notario público, siempre que se desprenda que ha sido cotejada con su original o con la copia que obra en los archivos contables del emisor, acompañando copia de la denuncia donde se manifieste que se extravió la factura original. 6. En enajenaciones a crédito o arrendamiento: a. Carta factura que señale que, el comprobante fiscal se encuentra en poder del enaj

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