Dependencia: Secretaría de la Hacienda del Estado de Jalisco
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-SHP-29
Personas que han visitado este trámite: 82380
Pago de compra venta y registro de propietario de vehículo particular
Te permite realizar el pago de impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados, conocido como compra venta y realizar el cambio de propietario.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando el interesado adquiera un vehículo nuevo o usado.
¿Quién puede realizarlo?
- Representante legal
- Interesado
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: Porcentaje en razón del valor factura y antigüedad del vehículo más el pago de derechos varios.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- En la dependencia
¿Cuánto me tardo?
-
1 Día hábil
Observaciones
El trámite de pago de cambio de propietario de vehículo se atiende el mismo día, de forma inmediata, en ventanilla, en días y horario hábiles.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 11
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Hacienda del Estado de Jalisco
Artículo: 26
Fracción: I y II
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 11
Criterios de resolución
- Actualización de la titularidad del registro de vehículos inscritos en el padrón vehicular.
- Recepción del pago correspondiente al cambio de propietario.
Documentos o requisitos
-
Factura vehícular
Tipo de documento: Anexo
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Factura vehicular. Tratándose de documentos que acrediten la propiedad o posesión de automotores podrán ser aceptados los siguientes: 1. Factura (CFDI) En la realización de trámites vehiculares no serán admitidos los comprobantes fiscales de pagos parciales o complementos de pago ni notas de venta. 2. Copia certificada por la autoridad emisora de la resolución recaída a las diligencias de información testimonial, promovida ante el Juez de primera instancia competente. 3. Factura judicial o en rebeldía. 4. Tratándose de vehículos enajenados por la Federación, Entidades Federativas, Municipios o sus Organismos Públicos Descentralizados que no hayan expedido comprobante fiscal podrá recibirse acta de entrega-recepción; constancia de asignación o venta, o endoso en la factura original; siempre que hayan sido realizados o expedidos por funcionarios públicos que ostenten esa facultad. 5. Copia certificada de factura por notario público, siempre que se desprenda que ha sido cotejada con su original o con la copia que obra en los archivos contables del emisor, acompañando copia de la denuncia donde se manifieste que se extravió la factura original. 6. En enajenaciones a crédito o arrendamiento: a. Carta factura que señale que, el comprobante fiscal se encuentra en poder del enajenante, emitida dentro de los 60 días anteriores a la presentación ante la oficina, acompañada de copia simple o sin valor de la factura. b. Copia certificada de la factura expedida por la empresa enajenante. 7. Constancia o contrato de comodato o donación, tratándose de vehículos que se pretendan registrar a favor de la Federación, Entidades Federativas o Municipios, o propiedad de estos, que sean otorgados en comodato o donación a favor de instituciones de asistencia social o asociaciones civiles. 8. Título o certificado de Propiedad en vehículos usados procedentes de los Estados Unidos de Norteamérica; excepto, certificados de destrucción, vehículo no reparable, para demolición, sólo partes, certificados de autoridad u origen, o de solicitud para la obtención del título y en general los vehículos cuya circulación se encuentre restringida en el país de origen 9. Tratándose de vehículos nuevos o los no aptos para circular en vía pública en el país de procedencia, como cuatrimotos o remolques, susceptibles de registrarse en esta Entidad, o vehículos usados provenientes de Asia o Europa, podrá recibirse la factura comercial o Invoice, y en vehículos nuevos se deberá acompañar del certificado de origen. 10. Registro o certificado (Registration o Certificat) en vehículos provenientes de Canadá. -
Comprobante de domicilio
Tipo de documento: Comprobante