Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-95
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Convenio modificatorio de fideicomiso.
Te permite obtener un documento oficial llamado "boleta registral" que en conjunto con tu escritura pública acreditan que el inmueble reporta una modificación al fideicomiso.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando las partes de común acuerdo modifican las condiciones del fideicomiso que afecta un inmueble (casa, lote, local comercial, bodega, etc.) y después de acudir ante el notario público de su elección para que realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, a fin de hacer público que el inmueble sujeto a fideicomiso reporta una modificación.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
- Gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: 209.00 + 418.00 correspondiente a la anotación.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar el trámite en la ventanilla, se te entregará una ficha que contiene un dato denominado "prelación", con esa ficha deberás acudir a la misma ventanilla para recoger el trámite. Cabe destacar que existe una página en internet (http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805) en la cual puedes revisar el estatus de tu trámite; para consultar deberás tener la "prelación" y podrás verificar si ya está disponible en ventanilla y así evitar traslados innecesarios.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Federal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Artículo: 381 al 407
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.
Documentos o requisitos
-
Escritura
Tipo de documento: Testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público.
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público. -
Recibo de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Recibo que ampara el pago de los derechos de registro, expedido por la Sub-Secretaría de Finanzas, acorde al ejercicio fiscal vigente.
Formas de presentación
-
Presencial
Pasos a realizar:
- Presentar la documentación requerida en la ventanilla de recepción de documentos.