JAL-RPPYC-74

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-74

Personas que han visitado este trámite: 6724


Registro de la rectificación de una escritura.

Registro del contrato por virtud del cual se rectifica el contrato traslativo de dominio mediante el cual se adquirió la propiedad de un inmueble. Una vez que el notario público que realizó el traslativo haya realizado la escritura pública rectificatoria correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer pública la corrección del traslativo del inmueble.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando por algún motivo el contrato traslativo de dominio mediante el cual se adquirió un inmueble se encuentra incorrecto (en alguno de sus apartados).

¿Quién puede realizarlo?

  • Interesado
  • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

¿Qué obtengo?

  • Registro

¿Cuánto cuesta?

Tiene que ser calculado con el método: Si no tiene contraprestación $627.00 y si tiene el .5% de la misma más $418.00 de la anotación.

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • Tesorería

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar el trámite en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad se entregará una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, esa ficha deberá presentarse en el plazo establecido en la misma ventanilla a fin de recoger el trámite. A través de la página de internet se puede revisar la prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
    Artículo: 121
    Fracción: I al IV
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 17

Criterios de resolución

  • Al presentar el trámite en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad se entregará una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, esa ficha deberá presentarse en el plazo establecido en la misma ventanilla a fin de recoger el trámite.
  • A través de la página de internet se puede revisar la prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.

Documentos o requisitos

  • Escritura

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original y copia
    Descripción del documento: Presentar dos tantos de la escritura pública, sellada y firmada ante un notario público.

  • Recibo de pago

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con recibo de pago que ampare el pago de los derechos de registro de Subsecretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Contar con dos tantos de la escritura pública, sellada y firmada ante un notario público; contar con el documento correspondiente a la rectificación el cual ampara la rectificación solicitada.
    2. Contar con recibo que ampare el pago de los derechos de registro.
    3. Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).

¿Dónde puedes realizarlo?

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.