Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-74
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Registro de la rectificación de una escritura.
Registro del contrato por virtud del cual se rectifica el contrato traslativo de dominio mediante el cual se adquirió la propiedad de un inmueble. Una vez que el notario público que realizó el traslativo haya realizado la escritura pública rectificatoria correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer pública la corrección del traslativo del inmueble.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando por algún motivo el contrato traslativo de dominio mediante el cual se adquirió un inmueble se encuentra incorrecto (en alguno de sus apartados).
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
- Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: Si no tiene contraprestación $627.00 y si tiene el .5% de la misma más $418.00 de la anotación.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar el trámite en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad se entregará una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, esa ficha deberá presentarse en el plazo establecido en la misma ventanilla a fin de recoger el trámite. A través de la página de internet se puede revisar la prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
Artículo: 121
Fracción: I al IV
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Al presentar el trámite en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad se entregará una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, esa ficha deberá presentarse en el plazo establecido en la misma ventanilla a fin de recoger el trámite.
- A través de la página de internet se puede revisar la prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.
Documentos o requisitos
-
Escritura
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Presentar dos tantos de la escritura pública, sellada y firmada ante un notario público. -
Recibo de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Contar con recibo de pago que ampare el pago de los derechos de registro de Subsecretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.
Formas de presentación
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Presencial
Pasos a realizar:
- Contar con dos tantos de la escritura pública, sellada y firmada ante un notario público; contar con el documento correspondiente a la rectificación el cual ampara la rectificación solicitada.
- Contar con recibo que ampare el pago de los derechos de registro.
- Ingresar la documentación antes mencionada en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).