Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-69
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Convenio modificatorio de hipoteca.
Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral, que en conjunto con tu escritura pública acreditan la modificación al clausulado de la hipoteca constituida sobre el inmueble.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando el acreedor y deudor modifican de mutuo acuerdo el clausulado de la hipoteca constituida sobre el inmueble (casa, lote, local comercial, bodega, etc.) y después de haber acudido ante el notario público de tu elección para que este realice la escritura pública correspondiente, es necesario que esa escritura sea registrada en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público la modificación realizada.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
- Gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: 209.00 + 418.00 correspondiente a la anotación.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregara una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominado "prelación"; esta misma ficha deberás presentarla en la misma ventanilla para recoger tu trámite. Cabe destacar que en nuestra página de internet (http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805) puedes revisar el estatus de tu trámite (tener a la mano el dato de la "prelación") y así saber si ya está disponible en ventanilla, para evitar traslados innecesarios.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Código
Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
Artículo: 2517 al 2591
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.
Documentos o requisitos
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Escritura
Tipo de documento: Documento que contiene las condiciones del acto a modificar y las nuevas condiciones.
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Testimonio cotejado, sellado y firmado ante un notario público. -
Comprobante de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Recibo que acredite el pago de derechos.
Formas de presentación
-
Presencial
Pasos a realizar:
- Presentar la documentación completa en la ventanilla correspondiente.