JAL-RPPYC-63

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-63

Personas que han visitado este trámite: 959


Expropiación.

Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral, que en conjunto con tu decreto acreditan ante la autoridad correspondiente que es el dueño del inmueble.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando se expropia un inmueble (casa, lote, local comercial o bodega) y se haya llevado a cabo el decreto por la autoridad correspondiente, es necesario que este decreto sea registrado en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público quien es dueño del inmueble.

¿Quién puede realizarlo?

  • Interesado
  • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaría.

¿Qué obtengo?

  • Registro

¿Cuánto cuesta?

Este trámite es gratuito

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominado prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla con la finalidad de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Código
    Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
    Artículo: 902
    Fracción: NA
    Inciso: NA
    Párrafo: NA
    Número: NA
    Letra: NA
    Otro: NA
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 28
    Fracción: iv
    Inciso: a
    Párrafo: NA
    Número: NA
    Letra: NA
    Otro: NA

Criterios de resolución

  • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.

Documentos o requisitos

  • Decreto de expropiación.

    Tipo de documento: Copia certificada del decreto de expropiación; dos tantos de la solicitud dirigida a registro expedida por la autoridad correspondiente (en oficio membretado, firmado y sellado).
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Copia certificada del decreto de expropiación;

  • Escrito de solicitud

    Tipo de documento: Solicitud dirigida a registro expedida por la autoridad correspondiente.
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con dos tantos de la solicitud dirigida a registro expedida por la autoridad correspondiente (en oficio membretado, firmado y sellado).

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
    2. Recibir la ficha o prelación única.
    3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

¿Dónde puedes realizarlo?

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.