Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-53
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Cancelación de fianza.
Te permite obtener un documento oficial llamado "boleta registral" que en conjunto con tu contrato acreditan que ya se canceló la fianza constituida en tu inmueble.- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando se tiene registrado en garantía un inmueble (casa, lote, local comercial o bodega) y una vez que se ha pagado el monto acordado en la fianza y se ha acudido ante la Institución que la constituyó para que se realice el contrato de cancelación de fianza correspondiente, es necesario que ese contrato se registre en el Registro Público de la Propiedad y Comercio a fin de hacer público que se canceló dicha fianza.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
- Gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: Por cancelación de inscripción, por cada una $162.00 y por cada anotación, consecuencia del registro de actos, contratos, cancelaciones o resoluciones judiciales $418.00.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entrega una ficha que contiene un dato denominado " prelación", con esa ficha debes acudir a la misma ventanilla para recoger tu trámite. Cabe destacar que existe una página en internet (http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805) en la que se puede revisar el estatus del trámite, para consultarlo se debe tener la "prelación" y verificar si ya está disponible en ventanilla, y así evitar traslados innecesarios.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Código
Nombre del ordenamiento: Código Civil del Estado de Jalisco
Artículo: 2456 al 2472
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales, salvo en los casos de exención.
Documentos o requisitos
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Escrito Libre
Tipo de documento: Escrito libre
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Dos tantos del escrito firmado por la afianzadora y ratificado ante fedatario o ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. -
Comprobante de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Comprobante de pago de los derechos de registro.
Formas de presentación
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Presencial
Pasos a realizar:
- Presentar la documentación completa en la ventanilla de recepción de trámites.