Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-46
Personas que han visitado este trámite: 1288
Aviso preventivo.
Te permite dar publicidad a un acto jurídico por el cual se declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga la propiedad o posesión de bienes raíces o cualquier derecho real sobre los mismos, su vigencia es por 90 días hábiles.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando celebras un acto respecto de una casa, lote, local comercial o bodega y una vez que hayas acudido ante el notario público de tu elección para que este realice la escritura pública correspondiente.
¿Quién puede realizarlo?
- Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuál es su vigencia?
90 Días hábilesPeriodo de presentación:
- Enero
- Febrero
- Marzo
- Abril
- Mayo
- Junio
- Julio
- Agosto
- Septiembre
- Octubre
- Noviembre
- Diciembre
¿Cuánto cuesta?
Este trámite es gratuito
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla con la finalidad de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
Artículo: 40, 41, 42, 43, 44
Otro: NA
Criterios de resolución
- Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.
Documentos o requisitos
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Aviso preventivo
Tipo de documento: Escrito libre
Presentación: Original
Descripción del documento: Contar con tres tantos del correspondiente aviso preventivo (en el que se solicite la inmovilidad registral, suscrita por notario, autoridad o titular registral). -
Comprobante de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Contar con Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.
Formas de presentación
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Presencial
Pasos a realizar:
- Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
- Recibir la ficha o prelación única.