JAL-RPPYC-43

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-43

Personas que han visitado este trámite: 5602


Diligencias de apeo y deslinde.

Te sirve para dejar constancia de la rectificación realizada, obteniendo como resultado del trámite la "boleta registral".


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando no se hayan fijado los límites que separan un fundo de otro u otros y cuando hay motivo fundado para creer que no son exactos, ya sea porque naturalmente se hayan confundido; porque se hayan destruido las señales que los marcaban o porque éstas se hayan colocado en lugar distinto del primitivo.

¿Quién puede realizarlo?

  • Interesado
  • Gestor de la notaria.

¿Qué obtengo?

  • Inscripción

¿Cuánto cuesta?

Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor catastral del inmueble, se cobrará el 0.50% + 418.00 correspondiente a la anotación. Sin que exceda de $67,885.00.

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • Tesorería

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar el trámite en la ventanilla, se entrega una ficha que contiene un dato denominado "prelación". Esa ficha debe presentarse en la misma ventanilla cuando acuda a recoger el trámite. Cabe destacar que existe una página en Internet en la cual se puede revisar el estatus del trámite; para consultar debe contar con la prelación para verificar si ya está disponible en ventanilla y así evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Código
    Nombre del ordenamiento: Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
    Artículo: 1058 al 1063
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 17

Criterios de resolución

  • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales, salvo en los casos de exención.

Documentos o requisitos

  • Escrito de solicitud

    Tipo de documento: Solicitud ratificada ante notario o en escritura pública.
    Presentación: Original
    Descripción del documento: La solicitud ratificada ante notario o en escritura pública sellada y cotejada deberá presentarse en dos tantos, mismos que deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco.

  • Copias certificadas del juzgado.

    Tipo de documento: Anexo
    Presentación: Copia
    Descripción del documento: Copias certificadas del juzgado de las diligencias de apeo y deslinde.

  • Plano

    Tipo de documento: Anexo
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Plano elaborado por un perito.

  • Certificado o constancia catastral.

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Certificado o constancia catastral, en donde consten las enunciadas diligencias.

  • Comprobante de pago

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Recibo que ampare el pago de los derechos de registro, expedido por la Sub-Secretaría de Finanzas.

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Presentar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción.
    2. Recibir la ficha única o prelación.
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