Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-43
Personas que han visitado este trámite: 5602
Diligencias de apeo y deslinde.
Te sirve para dejar constancia de la rectificación realizada, obteniendo como resultado del trámite la "boleta registral".
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando no se hayan fijado los límites que separan un fundo de otro u otros y cuando hay motivo fundado para creer que no son exactos, ya sea porque naturalmente se hayan confundido; porque se hayan destruido las señales que los marcaban o porque éstas se hayan colocado en lugar distinto del primitivo.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
- Gestor de la notaria.
¿Qué obtengo?
-
Inscripción
¿Cuánto cuesta?
Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor catastral del inmueble, se cobrará el 0.50% + 418.00 correspondiente a la anotación. Sin que exceda de $67,885.00.
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Al presentar el trámite en la ventanilla, se entrega una ficha que contiene un dato denominado "prelación". Esa ficha debe presentarse en la misma ventanilla cuando acuda a recoger el trámite. Cabe destacar que existe una página en Internet en la cual se puede revisar el estatus del trámite; para consultar debe contar con la prelación para verificar si ya está disponible en ventanilla y así evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Código
Nombre del ordenamiento: Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Artículo: 1058 al 1063
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
- Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales, salvo en los casos de exención.
Documentos o requisitos
-
Escrito de solicitud
Tipo de documento: Solicitud ratificada ante notario o en escritura pública.
Presentación: Original
Descripción del documento: La solicitud ratificada ante notario o en escritura pública sellada y cotejada deberá presentarse en dos tantos, mismos que deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Jalisco. -
Copias certificadas del juzgado.
Tipo de documento: Anexo
Presentación: Copia
Descripción del documento: Copias certificadas del juzgado de las diligencias de apeo y deslinde. -
Plano
Tipo de documento: Anexo
Presentación: Original
Descripción del documento: Plano elaborado por un perito. -
Certificado o constancia catastral.
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Certificado o constancia catastral, en donde consten las enunciadas diligencias. -
Comprobante de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Recibo que ampare el pago de los derechos de registro, expedido por la Sub-Secretaría de Finanzas.
Formas de presentación
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Presencial
Pasos a realizar:
- Presentar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción.
- Recibir la ficha única o prelación.