JAL-RPPYC-39

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-39

Personas que han visitado este trámite: 3496


Aviso cautelar.

Te permite obtener el registro de un aviso cautelar e inmovilizar tu inmueble por 45 días hábiles.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Se inscribe el aviso para dar publicidad a un acto jurídico por el cual se declare, reconozca, adquiera, transmite, modifique, limite, grave o extinga la propiedad o posesión de bienes rai­ces o cualquier derecho real sobre los mismos, se inmoviliza el inmueble por 45 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?

  • Puede ser presentado directamente por el interesado o bien por un gestor de la notaria.

¿Qué obtengo?

  • Registro

    ¿Cuál es su vigencia?
    45 Días hábiles

¿Cuánto cuesta?

Este trámite es gratuito

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una pequeña ficha, la cual contiene un dato denominada prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla con la finalidad de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios.

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
    Artículo: 99 al 105
    Fracción: NA
    Inciso: NA
    Párrafo: NA
    Número: NA
    Letra: NA
    Otro: NA

Criterios de resolución

  • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

Documentos o requisitos

  • Pago de impuesto

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Ingresar la documentación correspondiente al trámite en la ventanilla de recepción, donde se entregará el número de prelación (ficha única).
    2. Recibir la ficha o prelación única.
    3. Regresar en el plazo indicado con la ficha o prelación a fin de recoger el trámite.

¿Dónde puedes realizarlo?

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.