JAL-RPPYC-38

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-38

Personas que han visitado este trámite: 9732


Subdivisión de inmueble.

Te permite obtener un documento oficial llamado boleta registral que en conjunto con tu escritura pública acreditan que eres en dueño de los inmuebles resultantes de la subdivisión.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Cuando deseas que un inmueble de tu propiedad sea dividido en un número determinado de fracciones.

¿Quién puede realizarlo?

  • Interesado
  • Puede ser realizado por el interesado o por un gestor de la notaria.

¿Qué obtengo?

  • Inscripción

¿Cuánto cuesta?

Tiene que ser calculado con el método: Por cada lote o fracción a resultante 155.00 + 418.00 por la anotación correspondiente.

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • Tesorería

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Al presentar tu trámite en la ventanilla se te entregará una ficha, la cual contiene un dato denominado prelación, con esa ficha deberás presentarte en la misma ventanilla a fin de recoger tu trámite. Cabe destacar que contamos con una página de Internet en la cual puedes checar tu prelación para saber si ya está disponible en ventanilla y evitar traslados innecesarios. http://tramites.jalisco.gob.mx/tramite/10805

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Reglamento
    Nombre del ordenamiento: Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
    Artículo: 33
    Fracción: NA
    Inciso: NA
    Párrafo: NA
    Número: NA
    Letra: NA
    Otro: NA
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 17

Criterios de resolución

  • Es indispensable que la documentación presentada reúna los requisitos contemplados en el artículo 39 de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos fiscales que al acto correspondan.
  • Es indispensable se hayan cubierto los derechos registrales salvo en los casos de exención.

Documentos o requisitos

  • Escrito de solicitud

    Tipo de documento: Escrito ratificado.
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con dos tantos del escrito de solicitud con la firma del solicitante ratificado ante notario público, en el cual se debe mencionar el antecedente registral inmediato del predio de donde se desprenda la subdivisión o lotificación.

  • Licencia municipal o de la autorización del uso del suelo.

    Tipo de documento: Autorización municipal.
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con Autorización otorgada por la dependencia municipal correspondiente.

  • Croquis

    Tipo de documento: Anexo
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con croquis de los predios autorizados que contengan su localización, superficie, medidas lineales y colindancias autorizado por la dependencia municipal respectiva.

  • Acuerdo del Ayuntamiento.

    Tipo de documento: Anexo
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Tratándose de predios rústicos contar con la publicación del acuerdo del ayuntamiento donde se autoriza la incorporación y en su caso escritura de las áreas de cesión para destino.

  • Comprobante de pago

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Contar con recibo que ampare el pago de los derechos de registro de Sub Secretaría de Finanzas acorde al año fiscal vigente.

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