JAL-RPPYC-32

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio

Entidad federativa: Jalisco

Homoclave: JAL-RPPYC-32

Personas que han visitado este trámite: 1252


Registro por ordenamiento de autoridad.

El registro de ordenamiento por autoridad, es aquel en el que una autoridad ordena a esta Dependencia que se realice algún registro a favor de la parte interesada quien es el que este llevando a cabo el trámite.


  • ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Qué necesito para realizar este trámite?
  • ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?

¿Cuándo debo realizarlo?

Se deberá de realizar cuando la autoridad ordena que se realice la inscripción o cancelación de algún registro.

¿Quién puede realizarlo?

  • Representante legal
  • Interesado
  • Padres
  • Tutor
  • Cualquier tipo de persona.

¿Qué obtengo?

  • Registro

  • Devolución

¿Cuánto cuesta?

Tiene que ser calculado con el método: Sobre el valor sujeto a embargo, se cobrará el 0.50% + $418.00 de la anotación.

¿Dónde puedo realizar el pago?

  • Tesorería

¿Cuánto me tardo?

  • 10 Días hábiles

    Observaciones
    Si al término de plazo máximo de resolución no se ha resuelto el trámite, la Institución responderá por los daños y perjuicios ocasionados.

Fundamentos jurídicos

  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
    Artículo: 38 al 46 y 61 al 66
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Reglamento
    Nombre del ordenamiento: Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco
    Artículo: 50 al 52
  • Ámbito de ordenamiento: Estatal
    Tipo de ordenamiento: Ley
    Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
    Artículo: 17

Criterios de resolución

  • Presentar en original el oficio que ordena el registro, el cual es expedido por la autoridad.
  • Presentar el pago de derechos en caso de que el registro no esté exento de pago.
  • Presentar las constancias del juicio en caso de que así se requiera.

Documentos o requisitos

  • Recibo de pago de impuesto

    Tipo de documento: Comprobante
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Recibo de pago oficial por el monto de los derechos que se genera por la inscripción o cancelación del registro ordenado por la autoridad.

  • Oficio de la autoridad competente.

    Tipo de documento: Oficio expedido por la autoridad competente en el que ordena la inscripción o cancelación de un registro.
    Presentación: Original
    Descripción del documento: Oficio expedido por la autoridad competente en el que ordena la inscripción o cancelación de un registro.

  • Copia de la demanda.

    Tipo de documento: Anexo
    Presentación: Copia
    Descripción del documento: Copias certificadas de las constancias que se desprende del juicio, en dos tantos.

Formas de presentación

  • Presencial

    Pasos a realizar:

    1. Presentar en original el oficio que ordena el registro, el cual es expedido por la autoridad.
    2. Presentar las constancias del juicio en caso de que así se requiera.
    3. Presentar el pago de derechos en caso de que el registro no esté exento de pago.

¿Dónde puedes realizarlo?

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.