Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-17
Personas que han visitado este trámite: 1619
Cancelación/nombramiento de interventor.
Se cancela y/o nombra interventor al momento en que la empresa se declara en quiebra y /o concurso mercantil que será admitida por el juez correspondiente.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando el juez correspondiente lo solicite.
¿Quién puede realizarlo?
- Representante legal
- Interesado
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
580.00 pesos
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Se entrega al usuario el trámite de cancelación/nombramiento de interventor registrado o rechazado.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Federal
Tipo de ordenamiento: Código
Nombre del ordenamiento: Código de comercio
Artículo: 18
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Entregar la resolución en original y copia certificada.
- Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que pretende realizar.
Documentos o requisitos
-
Oficio de la autoridad competente.
Tipo de documento: Escrito libre
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Presentar el oficio y las constancias de juzgado donde acrediten el nombramiento. -
Recibo de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que pretende registrar. -
Constancias del juzgado.
Tipo de documento: Anexo
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: El documento debe contener el nombre del Juez y el número de juzgado, antecedes del juicio en que en su momento se lleve a cabo junto con el nombramiento de interventor.
Formas de presentación
-
Presencial
Pasos a realizar:
- Realizar el pago correspondiente.
- Presentar en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio, la escritura pública o póliza junto con su recibo de pago correspondiente.
- Recibir la ficha de prelación de parte del personal de ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio.
- Regresar por su trámite en el plazo establecido en la legislación que regula ésta dependencia, mismo que el personal de ventanilla le informará.