Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-13
Personas que han visitado este trámite: 2503
Historial mercantil.
El trámite te sirve para acreditar si está registrada la sociedad, además que el ciudadano se entera de cuantos actos tiene registrada la sociedad.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
En caso de que se requiera acreditar que está registrada la sociedad.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
¿Qué obtengo?
-
Constancia
¿Cuánto cuesta?
618.00 pesos
¿Dónde puedo realizar el pago?
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
5 Días hábiles
Observaciones
Se entregará al usuario su historial mercantil.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Federal
Tipo de ordenamiento: Código
Nombre del ordenamiento: Código de comercio
Artículo: 21
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Presentar el trámite mediante un oficio donde solicita su historial mercantil.
- Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que pretende realizar.
Documentos o requisitos
-
Oficio de solicitud.
Tipo de documento: Escrito libre
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Presentar oficio de solicitud del historial mercantil de sociedades inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio con los datos de registro de la sociedad de la cual se ésta solicitando el trámite. -
Recibo de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que solicita.
Formas de presentación
-
Presencial
Pasos a realizar:
- Realizar el pago correspondiente.
- Presentar en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio con el oficio junto con su recibo de pago correspondiente.
- Recibir la ficha de prelación de parte del personal de ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio.
- Regresar por su trámite en el plazo establecido en la legislación que regula ésta dependencia, mismo que el personal de ventanilla le informará.