Dependencia: Registro Público de la Propiedad y Comercio
Entidad federativa: Jalisco
Homoclave: JAL-RPPYC-08
Personas que han visitado este trámite: 6298
Constitución de sociedad.
Te sirve para comprobar la existencia legal de la sociedad, para cuando los socios quieran solicitar algún crédito ante el banco.
- ¿Qué necesito saber acerca del trámite?
- ¿Qué necesito para realizar este trámite?
- ¿Cómo y dónde puedo realizar este trámite?
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando los socios quieran realizar el registro de su sociedad, ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio.
¿Quién puede realizarlo?
- Interesado
¿Qué obtengo?
-
Registro
¿Cuánto cuesta?
2,821.00 pesos
¿Dónde puedo realizar el pago?
- En línea
- Tesorería
¿Cuánto me tardo?
-
10 Días hábiles
Observaciones
Se entrega al usuario el trámite de constitución de sociedad rechazado o registrado.
Fundamentos jurídicos
- Ámbito de ordenamiento: Federal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley General de Sociedades Mercantiles
Artículo: 6
Fracción: I-XIII
- Ámbito de ordenamiento: Estatal
Tipo de ordenamiento: Ley
Nombre del ordenamiento: Ley de Ingresos del Estado de Jalisco, para el ejercicio fiscal del año 2019
Artículo: 17
Criterios de resolución
- Entregar la escritura pública en original y copia certificada o póliza notariada.
- Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que pretende realizar.
Documentos o requisitos
-
Escritura
Tipo de documento: Escritura pública o póliza notariada.
Presentación: Original y copia
Descripción del documento: Presentar la escritura pública o póliza notariada para verificar antecedentes del registro de la sociedad. -
Recibo de pago
Tipo de documento: Comprobante
Presentación: Original
Descripción del documento: Presentar recibo de pago de derechos correspondiente al monto del acto que pretende registrar.
Formas de presentación
-
Presencial
Pasos a realizar:
- Realizar el pago correspondiente.
- Presentar en la ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio, el trámite junto con su recibo de pago correspondiente.
- Recibir la ficha de prelación de parte del personal de ventanilla del Registro Público de la Propiedad y Comercio.
- Regresar por su trámite en el plazo establecido en la legislación que regula ésta dependencia, mismo que el personal de ventanilla le informará.
-
En línea
Pasos a realizar:
- Asistir con el fedatario.
- Solo el fedatario puede accesar a fedanet, por lo que únicamente él puede informar los pasos a seguir.