Ciudad de México

  • Reposición de calcomanía (engomado) permanente de vehículos automotores

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE MOVILIDAD

    Trámite que deben realizar los propietarios de vehículos para la reposición del engomado o calcomanía por causas de robo, extravío o deterioro.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietario del vehículo o su representante legal.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Estado de cuenta bancario - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

    04

    Comprobante de pago de derechos de reposición de engomado. Original y Copia.

    05

    Comprobante de propiedad en original y copia, como pueden ser: Factura o si está a crédito Carta Factura vigente no mayor a 30 días acompañada de la Copia sin valor de factura de origen. -En caso de no ser el único dueño deberá presentar endosos y/o refacturas. - En caso de extravío o robo de la factura deberá presentar el primer acuerdo admisorio del juicio de Jurisdicción Voluntaria para acreditar la propiedad de los Vehículos a partir de modelos 2000 en adelante ó Fe testimonial ante notario público preferentemente de la Ciudad de México para modelos hasta 1999. -Factura digital. En facturas digitales y fe testimonial no aplica el endoso, presentar responsiva de compra-venta, acompañada de la copia de identificación del vendedor. El comprobante de propiedad no debe tener alteraciones, tachaduras y enmendaduras, y no ser de arrendamiento.

    -

    06

    En caso de extravío del engomado presentar el Acta Circunstanciada ante Juez Cívico en original y copia y en caso de robo presentar acta de denuncia ante el Ministerio Público en original y copia, ambas no mayor a una vigencia de un mes de expedición por la autoridad competente.

    07

    Comprobante de pago de tenencia o refrendos del ejercicio actual y los 5 anteriores, en original y copia.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    a) Lea cuidadosamente los documentos emitidos por el operador para su revisión ya que al firmar de conformidad acepta en ese momento que sus datos sean correctos.
    b) El trámite para la reposición del engomado o calcomanía de vehículo con placas de Discapacidad y/o Auto Antiguo "sólo" se podrá realizar en el Módulo Insurgentes (Oficina Central) y para vehículos de procedencia extranjera se deberá acudir al módulo de Venustiano Carranza.
    c) Se acepta como identificación oficial para este trámite la Licencia para Conducir siempre y cuando sea expedida en la Ciudad de México.
    d) El comprobante de domicilio deberá ser presentado con una vigencia no mayor de 90 días y con domicilios dentro del territorio de la Ciudad de México, y en caso de presentar el comprobante de domicilio de la boleta de impuesto predial o boleta del servicio del agua deberán ser del último bimestre.
    En caso de ser persona moral el comprobante deberá estar a nombre de la razón social.
    e) La Secretaría de Movilidad cuenta con Módulos Móviles para realizar trámites de vehículos automotores particulares y se encuentran distribuidos de acuerdo con las necesidades del servicio y atención en las diferentes demarcaciones.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $225.60

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Pago en Línea: www.finanzas.cdmx.gob.mx

    Fundamento jurídico del costo

    Código Fiscal de la Ciudad de México, Artículo 219 fracción IX

    01

    Actor: Ciudadano

    Genera su línea de captura ingresando a la página de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México y realiza el pago correspondiente.

    02

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en las Áreas de Atención Ciudadana (Módulos de Control Vehicular autorizados) con el pago de derechos y los documentos solicitados.

    03

    Actor: Servidor público

    Recibe, revisa, coteja y elabora Formato Único de Movimiento para circular.

    04

    Actor: Ciudadano

    Recibe Formato Único de Movimiento para circular en tanto se elabore la reposición del engomado.

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Generación de línea de captura

      realizar en línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Constancia


    Cuya vigencia es:

    Permanente.

  • Reposición de la Constancia de Verificación Vehicular (Holograma y/o Certificado)

    Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

    Trámite que se brinda a los propietarios u operadores de vehículos que hayan sufrido el robo, pérdida o destrucción de la constancia de Verificación Vehicular (Holograma y/o Certificado).

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietarios de vehículos automotores matriculados y/o que circulen en en la Ciudad de México.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)

    o Pasaporte - 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - 1 copia(s)

    o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)

    02

    Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.

    03

    Tarjeta de circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia.

    04

    Factura o Carta Factura (para el caso del "doble cero y/o exento"). Copia.

    05

    Pago de Derechos: El pago de Derechos deberá presentarse en original y 2 copias. (No pagar hasta que el trámite resulte favorable)

    06

    No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.

    07

    Denuncia de hechos presentada ante el Fiscalía correspondiente o Juzgado Cívico, que respalde lo ocurrido con el holograma (citar la placa del vehículo y folio del holograma). Copia.

    08

    Constancia de Verificación (certificado), impresa o con Registro en el Sistema de Verificación Vehícular. Copia.

    09

    Presentar vehículo para el pegado de holograma.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    *En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Monto a pagar

    $207.80

    Puedes pagar en:

    • Bancos

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 180 del Código Fiscal del Distrito Federal

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el Acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Llama por teléfono para preguntar el estado de su solicitud.

    04

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular, exhibe el Acuse.

    05

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.

    06

    Actor: Ciudadano

    Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido y pago solo en el caso de resultar favorable.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Oficio
    Cuya vigencia es:

    Por el período de verificación vigente.

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Holograma
    Cuya vigencia es:

    Por el período de verificación vigente.

    Oficio
    Cuya vigencia es:

    Por el período de verificación vigente.

    Plazo máximo de respuesta:

    10 días hábiles

    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción VI

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículo 39 y 44.

    Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 9 fracción XXXIX, 130, 131 y 133 fracciones XI y XIV, 140,196 y 197.

    Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183, fracciones l y Xl.

    Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal Artículo 87.

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 180.

    Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza

  • Reposición de saldos a usuarios por falla en tarjetas recargables del Sistema de Transporte Colectivo

    Unidad normativa: SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

    Llevar a cabo la reposición de saldos en Tarjetas que soliciten los usuarios, mediante la revisión y detección de fallas.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Usuario del Sistema de Transporte Colectivo.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Presentar la tarjeta que se adquirió en el Sistema de Transporte Colectivo, bloqueada o rota en algún módulo de atención ciudadana, la cual debe haber sido utilizada en un periodo no mayor a 6 meses.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Para hacer efectivo el desbloqueo o reembolso de saldo la tarjeta debió adquirirse en las taquillas del Sistema de Transporte Colectivo, de lo contrario se canalizará al usuario a METROBUS o Tren Ligero, según su compra.
    Cuando la recarga se haya realizado el mismo día de la incidencia en las taquillas del Sistema de Transporte Colectivo la respuesta sera al día siguiente y para el caso de METROBÚS o Tren Ligero la respuesta será en una semana en promedio.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Asiste al Módulo de Atención al Usuario, solicita aclaración de su tarjeta que presenta falla o no permite acceso o recarga y entrega tarjeta

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe tarjeta e identifica la falla, se determina el saldo y recargan en la misma tarjeta cuando es bloqueo y en caso de ser tarjeta rota se solicita al usuario la entrega de una tarjeta nueva o usada para el reembolso del saldo y se entrega al usuario

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe tarjeta.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Recuperación del saldo y/o tarjeta.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo Artículo 41 fracciones II

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Presentar la tarjeta que se adquirió en el Sistema de Transporte Colectivo, bloqueada o rota en algún módulo de atención ciudadana, la cual debe haber sido utilizada en un periodo no mayor a 6 meses.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Para hacer efectivo el desbloqueo o reembolso de saldo la tarjeta debió adquirirse en las taquillas del Sistema de Transporte Colectivo, de lo contrario se canalizará al usuario a METROBUS o Tren Ligero, según su compra.
    Cuando la recarga se haya realizado el mismo día de la incidencia en las taquillas del Sistema de Transporte Colectivo la respuesta sera al día siguiente y para el caso de METROBÚS o Tren Ligero la respuesta será en una semana en promedio.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Asiste al Módulo de Atención al Usuario, solicita aclaración de su tarjeta que presenta falla o no permite acceso o recarga y entrega tarjeta

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe tarjeta e identifica la falla, se determina el saldo y recargan en la misma tarjeta cuando es bloqueo y en caso de ser tarjeta rota se solicita al usuario la entrega de una tarjeta nueva o usada para el reembolso del saldo y se entrega al usuario

    03

    Actor: Ciudadano

    Recibe tarjeta.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Recuperación del saldo y/o tarjeta.


    Plazo máximo de respuesta:

    Inmediato

    Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo Artículo 41 fracciones II

  • Reposición o Renovación de Tarjeta de Circulación para Vehículos, Motocicletas y Remolques.

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE MOVILIDAD

    Trámite que deben realizar los propietarios de vehículos, motocicletas o remolques para la renovación de la tarjeta de circulación por término de la vigencia o su reposición por causas de robo, extravío o deterioro.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Propietario de vehículo o su representante legal.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    03 Comprobantes de domicilio

    Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Estado de cuenta bancario - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

    04

    Comprobante de pago de derechos de reposición o renovación de tarjeta de circulación. Original y Copia.

    05

    Comprobante de propiedad en Original y Copia, como pueden ser: -Factura o si está a crédito Carta Factura vigente no mayor a 30 días acompañada de la Copia sin valor de factura de origen. -En caso de no ser el único dueño deberá presentar endosos y/o refacturas. - En caso de extravío o robo de la factura deberá presentar el primer acuerdo admisorio del juicio de Jurisdicción Voluntaria para acreditar la propiedad de los vehículos a partir de modelos 2000 en adelante ó Fe testimonial ante notario público preferentemente de la Ciudad de México para modelos hasta 1999. -Factura digital. En facturas digitales y fe testimonial no aplica el endoso, por lo tanto deberá presentar responsiva de compra-venta, acompañada de la copia de identificación del vendedor. El comprobante de propiedad no debe tener alteraciones, tachaduras y enmendaduras, y no ser de arrendamiento.

    06

    Tarjeta de Circulación original y copia. En caso de extravío Acta Circunstanciada ante Juez Cívico y en caso de Robo Acta de denuncia ante el Ministerio Público. Original y Copia, ambas no mayor a una vigencia de un mes de expedición por la autoridad competente.

    07

    Comprobante de pago de tenencia o refrendos del ejercicio actual y los 4 anteriores, en original y copia.

    08

    Documento expedido por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF), en el cual se determine la subsistencia de la discapacidad.



    Este requisito únicamente aplicará en los casos en que dicha constancia no pueda ser validada en los registros electrónicos del DIF-CDMX

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    a) Lea cuidadosamente los documentos emitidos por el operador para su revisión, ya que al firmar de conformidad acepta en ese momento que sus datos son correctos, después de haber concluido el trámite en caso de requerir corrección de datos, deberá notificarlo el mismo día del trámite con el fin de que se realiza la corrección sin ningún costo, si se solicita corrección de datos posterior al día en que se realice el trámite se deberá realizar un pago por corrección de datos, así como presentar nuevamente la documentación solicitada para el trámite.
    b) El trámite para la reposición o renovación de la tarjeta de circulación de vehículo con placas de Discapacidad y/o Auto Antiguo "sólo" se podrá realizar en el Módulo Insurgentes (Oficina Central) y para vehículos, motocicletas o remolques de procedencia extranjera se deberá acudir al módulo de Venustiano Carranza.
    c) Se acepta como identificación oficial para este trámite la Licencia para Conducir siempre y cuando sea expedida en la Ciudad de México.
    d) El comprobante de domicilio deberá ser presentado con una vigencia no mayor de 90 días y con domicilios dentro del territorio de la Ciudad de México, y en caso de presentar el comprobante de domicilio de la boleta de impuesto predial o boleta del servicio del agua deberán ser del último bimestre. En caso de ser persona moral el comprobante deberá estar a nombre de la razón social.
    e) La Secretaría de Movilidad cuenta con Módulos Móviles para realizar trámites de vehículos automotores particulares y se encuentran distribuidos de acuerdo con las necesidades del servicio y atención en las diferentes demarcaciones.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Automóvil

    $329.50

    Genera tu línea de captura

    Motocicleta

    $216.00

    Genera tu línea de captura

    Remolque

    $216.00

    Genera tu línea de captura

    Vehículos eléctricos

    $164.75

    Genera tu línea de captura

    Discapcidad

    $164.75

    Genera tu línea de captura

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • http://www.finanzas.cdmx.gob.mx

    Fundamento jurídico del costo

    Código Fiscal de la Ciudad de México, Artículos 219 fracción IV, último párrafo, 223 fracción V, 224 fracción IV.

    Artículos 219 fracción IV, último párrafo

    01

    Actor: Ciudadano

    Genera su línea de captura ingresando a la página de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México y realiza el pago correspondiente.

    02

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en las Áreas de Atención Ciudadana (Módulos de Control Vehicular autorizados) con el pago de derechos y los documentos solicitados.

    03

    Actor: Servidor público

    Revisa, coteja e imprime hoja de datos para la revisión del ciudadano.

    04

    Actor: Ciudadano

    Recibe hoja de datos, revisa que los datos estén correctos y firma de conformidad.

    05

    Actor: Servidor público

    Recibe hoja de datos, aplica movimiento en sistema y entrega tarjeta de circulación.

    En línea

    • Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:

      • Solicitud en línea

      realizar en línea

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

  • Resolución de Afirmativa Ficta

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL

    Trámite mediante el cual, en los casos en que los ordenamientos jurídicos o el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal establezcan la procedencia de la afirmativa ficta, las personas físicas o morales que no han recibido respuesta a un trámite de autorización, licencia, permiso o cualquier otro, en los plazos fijados en las disposiciones jurídicas aplicables o el citado Manual, presuman que ha operado en su favor la afirmativa ficta.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. Personas físicas o morales que no hayan obtenido respuesta alguna a una solicitud de autorización, licencia o permiso, tramitado ante la Administración Pública del Distrito Federal

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    03

    Suscribirá el formato correspondiente, al que deberá anexar el original del acuse de recibo de la solicitud no resuelta, manifestando bajo protesta de decir verdad que a la solicitud acompañó los datos y documentos previstos por la normas aplicables al trámite o procedimiento de que se trate y el manual

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude ante las Contralorías Internas de la autoridad (ubicables en: http://www.contraloria.cdmx.gob.mx/index.php/fiscalizacion-y-control-interno#dircint ) en que se haya ingresado el trámite o se inició el procedimiento no resuelto, o bien, ante la Contraloría General del Distrito Federal cuando no se cuente con órgano de control interno y presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria en el Área de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de Solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el área de atención ciudadana, exhibe el acuse y su identificación oficial.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Oficio


    Plazo máximo de respuesta:

    2 días hábiles

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículo 90

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    03

    Suscribirá el formato correspondiente, al que deberá anexar el original del acuse de recibo de la solicitud no resuelta, manifestando bajo protesta de decir verdad que a la solicitud acompañó los datos y documentos previstos por la normas aplicables al trámite o procedimiento de que se trate y el manual

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude ante las Contralorías Internas de la autoridad (ubicables en: http://www.contraloria.cdmx.gob.mx/index.php/fiscalizacion-y-control-interno#dircint ) en que se haya ingresado el trámite o se inició el procedimiento no resuelto, o bien, ante la Contraloría General del Distrito Federal cuando no se cuente con órgano de control interno y presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria en el Área de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de Solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega el acuse, informando el plazo de respuesta correspondiente.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el área de atención ciudadana, exhibe el acuse y su identificación oficial.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Oficio


    Plazo máximo de respuesta:

    2 días hábiles

    Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículo 90

  • Retiro de testamento ológrafo depositado en el Archivo General de Notarías

    Unidad normativa: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

    El testador tiene el derecho de concurrir al Archivo General de Notarías a solicitar el retiro del sobre que dice contener el original de su testamento ológrafo, por sí o a través de su mandatario con poder especial otorgado en escritura pública. Una vez cumplidos los requisitos, el Archivo General de Notarías entregará el sobre que dice contener el original del testamento al solicitante.

    Este trámite lo realiza:

    Persona física. El testador o mandatario con poder especial otorgado en escritura pública.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato de solicitud debidamente llenado en original y dos copias simples.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    * No se aceptan cotejos notariales en términos de la Ley del Notariado para la Ciudad de México.
    * En caso de ser representante o apoderado legal, deberá exhibir original o copia certificada y copia simple del poder notarial con facultades especiales para el trámite de Retiro de Testamento Ológrafo.
    *En el caso de presentar el poder notarial deberá contar con facultades de administración de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la Ley de Notariado para la Ciudad de México.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente llenado y documentación con los que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega acuse de recibo, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe acuse y solicita la respuesta a la solicitud.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Ejemplar del testamento ológrafo en deposito


    Plazo máximo de respuesta:

    13 días hábiles

    Ley del Notariado para la Ciudad de México Artículo 249, fracción XIV.

    Código Civil para el Distrito Federal Artículo primero transitorio

    Reglamento de la Ley del Notariado para la Ciudad de México Artículo 56

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Formato de solicitud debidamente llenado en original y dos copias simples.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    * No se aceptan cotejos notariales en términos de la Ley del Notariado para la Ciudad de México.
    * En caso de ser representante o apoderado legal, deberá exhibir original o copia certificada y copia simple del poder notarial con facultades especiales para el trámite de Retiro de Testamento Ológrafo.
    *En el caso de presentar el poder notarial deberá contar con facultades de administración de acuerdo al artículo 50 del Reglamento de la Ley de Notariado para la Ciudad de México.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presenta el formato de solicitud debidamente llenado y documentación con los que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, asigna folio, sella y entrega acuse de recibo, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

    03

    Actor: Ciudadano

    Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe acuse y solicita la respuesta a la solicitud.

    De manera presencial

    Da clic sobre el marcador para ver información

  • Revisión de Datos Catastrales de Gabinete

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

    Trámite para determinar, actualizar o corregir los datos catastrales: uso, tipo, clase, año de construcción o última remodelación, superficies de suelo y construcción, instalaciones especiales, obras complementarias y/o elementos accesorios en el número de cuenta predial identificado para un inmueble en el territorio de la Ciudad de México.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física o moral. Contribuyentes que deseen actualizar los datos catastrales y fiscales asociados a su inmueble.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Escrito libre o modelo OTCDMX_RDC_FORMATO_SDP_SIIP_E17 dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias

    04

    Acreditar la propiedad del inmueble de alguna de las siguientes formas:



    - Original y copia simple de la Escritura de Propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción; o



    - Original y copia simple de la Sentencia Judicial Ejecutoriada, o



    - Original y copia simple del Contrato privado de compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

    05

    Original y copia del soporte documental en el que se basa la inconsistencia.

    06

    Original y copia simple de la Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.

    07

    Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes

    08

    Original y copia simple del Croquis de Localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima, o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial en el Área de Atención Ciudadana.

    09

    En caso de Sucesiones:

    Original y copia simple del nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de albacea, vía judicial o extrajudicial.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    En caso de acreditar la personalidad jurídica con Carta Poder, es necesario agregar copia simple de cada una de las identificaciones oficiales de los 2 testigos.

    Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común, y en su defecto con el que figure en primer término.

    Las instancias o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en un plazo de hasta cuatro meses, de acuerdo con el artículo 54 del Código Fiscal de la Ciudad de México. Sin embargo, el plazo puede variar de acuerdo a la complejidad de cada caso.

    En los plazos fijados en días, sólo se computarán los hábiles. En los no fijados por días sino por periodos, o bien, en aquellos en que señalen una fecha determinada para la extinción del término, se computarán también los inhábiles, pero si el último día no están abiertas al público en general las oficinas receptoras, concluirá al día siguiente hábil, de acuerdo con el artículo 433 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    I. Por revisión de datos catastrales de gabinete, cuando el inmueble no rebase los 1000 m2 de terreno y/o de construcción, por cada número de cuenta predial

    $653.00

    II. Por revisión de datos catastrales de gabinete cuando el inmueble rebase 1000 m2 de terreno más construcción, por cada número de cuenta predial

    $1304.00

    Puedes pagar en:

    • Bancos y tiendas de autoservicio
    • Kioskos de la Tesorería
    • Oficinas Tributarias

    Fundamento jurídico del costo

    Artículo 250 fracciones I y II del Código Fiscal de la Ciudad de México.

    01

    Actor: Ciudadano

    Se presenta con sus documentos al Área de Atención Ciudadana y los entrega al servidor público para que los revise.

    02

    Actor: Servidor público

    Revisa la documentación y en caso de estar completa los pasa a Oficialía de Partes.

    03

    Actor: Ciudadano

    Espera turno para pasar a la oficialía de partes para entregar la documentación y en conjunto con el servidor público ingresan los datos en el sistema informático.

    04

    Actor: Servidor público

    Ingresa la información en el sistema electrónico, imprime acuse, lo entrega al ciudadano y le informa de la fecha aproximada en la que será resuelto su trámite.

    05

    Actor: Ciudadano

    Recibe acuse y se retira en espera de la notificación de su respuesta

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Oficio


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Código Fiscal del Distrito Federal 14,15, 18, 26, 27, 28, 29, 48, 56, incisos a), b), d) e i), 71, 72, 79, 80, 100, 101, 102, 103, 107, 126, 127, 128, 129, 430, 431 y 432 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Escrito libre o modelo OTCDMX_RDC_FORMATO_SDP_SIIP_E17 dirigido al Subtesorero de Catastro y Padrón Territorial indicando: nombre completo del interesado, señalando domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias

    04

    Acreditar la propiedad del inmueble de alguna de las siguientes formas:



    - Original y copia simple de la Escritura de Propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción; o



    - Original y copia simple de la Sentencia Judicial Ejecutoriada, o



    - Original y copia simple del Contrato privado de compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

    05

    Original y copia del soporte documental en el que se basa la inconsistencia.

    06

    Original y copia simple de la Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.

    07

    Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes

    08

    Original y copia simple del Croquis de Localización con orientación al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima, o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial en el Área de Atención Ciudadana.

    09

    En caso de Sucesiones:

    Original y copia simple del nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de albacea, vía judicial o extrajudicial.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    En caso de acreditar la personalidad jurídica con Carta Poder, es necesario agregar copia simple de cada una de las identificacion

  • Revisión del funcionamiento del medidor

    Unidad normativa: SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    Se efectúa una revisión ocular y una prueba volumétrica al medidor, en la que se utiliza equipo especial. En caso necesario se le da mantenimiento

    Este trámite lo realiza:

    Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).

    04

    Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.

    05

    Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.

    Antes de realizar el trámite debes considerar

    En el caso de Revisión del funcionamiento del medidor, una vez recibida la documentación el Sistema de Aguas de la Ciudad de México realizará una visita de inspección con el fin de verificar el funcionamiento del aparato medidor.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.

    02

    Actor: Servidor público

    O Personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el sistema el trámite a realizar.

    03

    Actor: Servidor público

    O Personal de Atención al Público, imprime y entrega el comprobante al ciudadano.

    De manera presencial

    Por favor selecciona una alcaldía

    Da clic sobre el marcador para ver información

    Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

    Comprobante


    Plazo máximo de respuesta:

    30 días hábiles

    Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1, 7 fracción VII, 13, 15, 72, 73 fracciones II y V, 172, 174 fracción IV, 175, 176 fracciones III, IV y IX, 432 y 480 fracción VI

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

    Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

    o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

    03

    Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).

    04

    Presentar preferentemente número telefónico

  • Seguro de Desempleo

    Unidad normativa: SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

    Servicio mediante el cual se ofrece un incentivo económico de 30 veces de Unidad de Cuenta hasta por seis meses, a personas mayores de 18 años que se encuentren desempleadas, que viven en la CDMX, y que hayan laborado al menos seis meses para una empresa con domicilio fiscal en la CDMX, mientras se reincorporan al mercado laboral, además de capacitación y bolsa de trabajo.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física. Mayores de 18 años, que viven en la CDMX, y que hayan laborado al menos seis meses para una empresa con domicilio fiscal en la CDMX.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01 Documentos de identificación oficial

    Acta de nacimiento - original y 1 copia(s)

    y Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

    o Pasaporte - original y 1 copia(s)

    o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

    o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

    o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

    y Clave Única de Registro de Población (CURP) - original

    02 Comprobantes de domicilio

    Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

    o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

    o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

    o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

    03

    Para el caso del IMSS, documentos en original:

    a) Constancia de baja (se obtiene en la subdelegación administrativa del IMSS que le corresponda).

    b) Reporte Informativo de Semanas Cotizadas (Se obtiene en la página www.imss.gob.mx) o recibos de pago.

    04

    Para el caso del ISSSTE, documentos en original:

    a) Constancia de no vigencia (se obtiene en la subdelegación administrativa del ISSSTE que le corresponde).

    b) Expediente electrónico único (se obtiene en la página: www.issste.df.gob.mx) o recibos de pago.

    03

    Presentar uno de los siguientes documentos en original:

    a) Constancia laboral expedida por la empresa en hoja membretada con logotipo, nombre completo, firma y cargo de quien emite la constancia, domicilio fiscal, periodo laborado y números telefónicos (original y copia). Acompañada de: Copia de la Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes de la empresa y/o expatrón donde laboró y Copia de identificación de quien firma la Constancia Laboral

    b) Citatorio y Cédula de Seguimiento expedido por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (original y copia).

    c) Escrito Inicial de Demanda presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, Auto de Radicación y última actuación (original y copia)

    d) Convenio celebrado ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o Junta de Conciliación y Arbitraje competente (original y copia)

    03

    Presentar uno de los siguientes documentos para comprobar la pérdida de empleo:

    a) Citatorio y Cedula de Seguimiento, expedidos por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (original y copia).

    b) Canalización emitida por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (original y copia).

    c) Documento emitido por el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito Federal (original y copia).

    d) Opinión Jurídica emitida por el COPRED (original y copia).

    e) Escrito Inicial de Demanda presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, Auto de Radicación y Última Actuación (original y copia)

    03

    Haber obtenido su libertad en algún Centro de Reclusión en la CDMX a partir del 1º de enero de 2012 (criterio de acceso)

    04

    Presentar uno de los siguientes documentos que acrediten la salida de algún Centro Penitenciario de la CDMX (original y copia):

    a) Sentencia emitida por la autoridad competente, la cual dicte la libertad del procesado.

    b) Partida Jurídica expedida por la Subsecretaría del Sistema Penitenciario del GDF.

    c) Boleta de Libertad otorgada por la autoridad competente.

    d) Oficio emitido por el Centro Penitenciario que conste la fecha de ingreso y egreso del Centro Penitenciario.

    e) Notificación del Juzgado que dicte la libertada del procesado.

    05

    Documentación personal (original y copia):

    Como identificación oficial vigente también puede presentar la papeleta expedida por la Dirección Ejecutiva de Control y Seguimiento de Sentenciados en Libertad del GDF

    03

    Haber retornado y vivir en la CDMX a partir del 1º de enero de 2012 (criterio de acceso)

    04

    Presentar uno de los siguientes documentos que acrediten su retorno a la CDMX:

    a) Orden de deportación (original y copia).

    b) Matrícula Consular (original y copia).

    c) Cualquier otro documento validado por la SEDEREC que acredite la calidad que invoca (original)

    03

    Uno de los siguientes documentos para comprobar la pérdida de empleo (original):

    a) Constancia de baja expedida por instituciones de Seguridad Social (se obtiene en la subdelegación administrativa del IMSS o ISSSTE que le corresponde) y

    b) Reporte Informativo de Semanas Cotizadas (www.imss.gob) o Expediente electrónico único (www.issste.gob.mx) o recibos de pago

    c) Constancia de la última actividad laboral realizada o Constancia que justifique la situación de desempleo debidamente validada por la SEDEREC

    04

    Documentación personal (original y copia):

    a) Como acta de nacimiento legible también puede presentar: partida de nacimiento, certificación de nacimiento, registro civil de nacimiento, constancia de origen, nacionalidad o identidad, según sea el caso y dependiendo de la denominación que se otorgue a dicho documento en cada país

    b) Como identificación oficial vigente también puede presentar: Pasaporte, documento de identidad o viaje, documento Migratorio FM2, tarjeta de residencia temporal o permanente, constancia de inscripción al padrón de huéspedes de la CDMX.

    c) Clave de 18 dígitos emitida por la SEDEREC

    03

    Estar registrado en el Padrón de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), (criterio de acceso)

    04

    Documento que acredite la pérdida de empleo (original):

    Constancia que justifique la situación de desempleo, debidamente validada por la SEDEREC

    03

    Que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Titular de la Administración Pública del Distrito Federal, emita Acuerdo, Declaratoria o Decreto, donde se instruya a la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo la intervención para emitir el apoyo del Seguro de Desempleo

    04

    Cumplir con los Lineamientos que establezca la Secretaría a través de la Dirección de Seguro de Desempleo, en el marco del Acuerdo, Declaratoria o Decreto

    05

    Demás requisitos que para tales efectos el Acuerdo, Declaratoria o Decreto establezca

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Toda persona solicitante al Seguro de Desempleo deberá cumplir los siguientes criterios de acceso general:

    • Ser mayor de 18 años
    • Haber laborado seis meses continuos para una empresa con domicilio fiscal en la CDMX
    • Vivir en la CDMX
    • Haber perdido el empleo a partir del 1º de enero de 2012

    Para el caso del comprobante de domicilio:

    • Recibo de impuesto predial deberá ser bimestral en original y copia o
    • Recibo de suministro de agua bimestral en original y copia

    También podrá presentar en original y copia de:
    • Recibo de gas natural

    Respecto al plazo de respuesta:

    • La respuesta a la solicitud, para conocer si fue aprobada o no, puede ser variable, derivado de los procesos de aclaración por imprecisiones en el trámite que presente el ciudadano, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación vigentes.

    • El tiempo para la emisión y entrega de la tarjeta bancaria es variable; sin embargo, la persona beneficiaria cuenta con tres meses para recogerla, una vez publicada su emisión; en caso de incumplimiento al término establecido, será cancelado el trámite. (Reglas de Operación 2015, Numeral 6. Procedimientos de Instrumentación, Inciso K)

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Presentarse con los documentos y cumplir los criterios de acceso en cualquiera de los módulos de atención del Seguro de Desempleo.

    02

    Actor: Servidor público

    Recibe y coteja la documentación y entrega el formato de solicitud de ingreso al programa.

    03

    Actor: Ciudadano

    Llena los formatos de ingreso al programa.

    04

    Actor: Servidor público

    Revisa el correcto llenado de los formatos, adjunta la documentación recibida y asigna número de folio e indica el tiempo en que se notificará si el trámite fue aprobado o no.

    05

    Actor: Ciudadano

    Revisa en la página www.styfe.cdmx.gob.mx o vía telefónica el estatus del trámite realizado.

  • Servicio de Denuncia Anónima 089

    Unidad normativa: CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

    El Servicio de Denuncia Anónima 089 es mecanismo de comunicación entre la ciudadanía y las autoridades competentes en materia de seguridad, para la denuncia anónima de posibles actos ilícitos, hechos de corrupción, etcétera, ocurridos en el Distrito Federal.

    Este servicio lo realiza:

    Persona física o moral. Público en general.

    Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

    01

    Tener acceso a una línea telefónica para hacer contacto con la autoridad.

    02

    Proporcionar los datos del posible hecho ilícito y la ubicación de dónde pasó, dónde está pasando y/o dónde pasará.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Tipo de hechos que se pueden denunciar:

    Tráfico de drogas, Armas, Explosivos, Actos de corrupción, Secuestros, Comercio ilegal de autos, Falsificación de documentos, Violencia intrafamiliar, Personas involucradas en actividades ilegales o sospechosas.

    El Servicio de Denuncia Anónima 089 no tiene la posibilidad de identificar el número telefónico desde donde se está realizando la llamada, respetando la confidencialidad y anonimato del denunciante.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Llama al número telefónico 089 para proporcionar información de posibles actos ilícitos.

    02

    Actor: Call Center

    Toma la información del posible acto ilícito y canaliza el incidente a las autoridades competentes.

    03

    Actor: Servidor público

    Las autoridades competentes actúan en caso de ser necesario, inician labores de investigación y persecución del delito.

    Por teléfono

    089

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Folio para seguimiento de denuncia.


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Decreto que modifica el diverso por el que se crea el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de abril de 2011. Artículo Primero, Segundo, fracciones X y XI y Cuarto, fracciones XV y XVI

    • Requisitos
    • Costo
    • Procedimiento
    • Dónde se realiza
    • Respuesta
    • Fundamento jurídico

    01

    Tener acceso a una línea telefónica para hacer contacto con la autoridad.

    02

    Proporcionar los datos del posible hecho ilícito y la ubicación de dónde pasó, dónde está pasando y/o dónde pasará.

    Antes de realizar el servicio debes considerar

    Tipo de hechos que se pueden denunciar:

    Tráfico de drogas, Armas, Explosivos, Actos de corrupción, Secuestros, Comercio ilegal de autos, Falsificación de documentos, Violencia intrafamiliar, Personas involucradas en actividades ilegales o sospechosas.

    El Servicio de Denuncia Anónima 089 no tiene la posibilidad de identificar el número telefónico desde donde se está realizando la llamada, respetando la confidencialidad y anonimato del denunciante.

    Formatos

    En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

    Sin costo.

    01

    Actor: Ciudadano

    Llama al número telefónico 089 para proporcionar información de posibles actos ilícitos.

    02

    Actor: Call Center

    Toma la información del posible acto ilícito y canaliza el incidente a las autoridades competentes.

    03

    Actor: Servidor público

    Las autoridades competentes actúan en caso de ser necesario, inician labores de investigación y persecución del delito.

    Por teléfono

    089

    Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

    Folio para seguimiento de denuncia.


    Plazo máximo de respuesta:

    Variable

    Decreto que modifica el diverso por el que se crea el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de abril de 2011. Artículo Primero, Segundo, fracciones X y XI y Cuarto, fracciones XV y XVI

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