Solicitud de Traspaso de establecimiento mercantil que opera con Permiso; o Aviso de Traspaso de establecimiento mercantil de Bajo Impacto
Solicitud de Traspaso de establecimiento mercantil que opera con Permiso; o Aviso de Traspaso de establecimiento mercantil de Bajo Impacto
Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Trámite que se presenta a través del Sistema a efecto de dar aviso u obtener el permiso de la Delegación con motivo de la transmisión de los derechos de la titularidad del establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal, zonal o de bajo impacto, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha en que realizó la transmisión.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Titulares de establecimientos mercantiles de bajo impacto, vecinal y zonal a la que se le transmitieron los derechos
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - original
02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
03
Permiso para la operación de establecimientos (tratándose de giro de impacto vecinal o impacto zonal)
04
Aviso para el funcionamiento de establecimientos (tratándose de giro de bajo impacto)
05
Documento migratorio expedido por la Secretaría de Gobernación de la persona que traslada y de la persona que recibe la transmisión de derechos, (tratándose de personas extranjeras)
06
Identificación oficial de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas físicas)
07
Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado de la persona que trasladó los derechos (tratándose de personas morales)
08
Documento que acredite la transmisión de los derechos
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
30% del monto del pago de derechos por la expedición del permiso (sólo en caso de permiso de impacto vecinal o zonal)
. Variable
Puedes pagar en:
- Oficinas Tributarias
- Bancos y tiendas de autoservicio
- Kioskos de la Tesorería
Fundamento jurídico del costo
Artículo 191, fracción V del Código Fiscal de la Ciudad de México
01
Actor: Ciudadano
Ingresar a http://siapem.sedecodf.gob.mx/siapem/
02
Actor: Ciudadano
Leer el aviso de privacidad y en su caso, aceptar las condiciones
03
Actor: Ciudadano
Realizar el trámite EM-07. En el traspaso del establecimiento mercantil sólo se podrá realizar el cambio del titular del establecimiento.
04
Actor: Ciudadano
Una vez realizado el trámite vía electrónica, recibe e imprime acuse. En caso de establecimientos de bajo impacto, el aviso será suficiente para concluir su trámite.
05
Actor: Ciudadano
En caso de las solicitudes de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, espera respuesta vía electrónica de la Delegación y en caso de ser favorable, recibe notificación sobre monto de pago de derechos
06
Actor: Ciudadano
En el caso de los establecimientos de impacto vecinal y zonal, realiza el pago, entrega comprobante a la Delegación y recibe Permiso de traspaso
En línea
Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:
- Solicitud en línea
realizar en línea
Si tu trámite procede, entonces obtendrás:
Aviso
Permiso
Cuya vigencia es:
La establecida en el Permiso original
Plazo máximo de respuesta:
5 días hábiles
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal artículos 2 fracciones XXVI y XXVII, 6 fracción I inciso a), 33 y 40 fracción I
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México artículos 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Código Fiscal del Distrito Federal artículo 191, fracción V
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta
- Fundamento jurídico