Solicitud de convivencia o reintegración de una niña, niño o adolescente (NNA) a un ambiente familiar libre de violencia

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Solicitud de convivencia o reintegración de una niña, niño o adolescente (NNA) a un ambiente familiar libre de violencia

Unidad normativa: SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Trámite por medio del cual una persona solicita se le permita tener convivencias con una niña, niño o adolescente en riesgo o desamparo, que haya sido referido al DIF-CDMX, a fin de mantener el vínculo afectivo con su familia de origen, extensa o bien una familia ajena; o para restituir su derecho a vivir en un entorno familiar libre de violencia de manera indefinida.

Este trámite lo realiza:

Persona física. Persona física. Familiar que solicita convivencias con niña, niño o adolescente que haya sido referido al DIF-CDMX, a fin de mantener el vínculo afectivo con su familia de origen, extensa o ajena; o que se integre a uno de esos entornos familiares.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Comprobantes de domicilio

Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

03

Escrito libre con nombre, firma y domicilio completo del solicitante, que deberá ser dirigido a la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En él se expresarán los motivos por los cuales se solicita la convivencia con la niña, niño o adolescente o su reintegración a la familia de origen, extensa o ajena y, en su caso, el parentesco con la niña, niño o adolescente.

04

Acta de nacimiento de la niña, niño o adolescente y de la persona solicitante en original y copia.

Antes de realizar el trámite debes considerar

La persona interesada deberá ser mayor de 18 años de edad.
Los comprobantes de domicilio no deben de tener una vigencia mayor a tres meses.
Si la persona interesada no le es posible asistir por una causa justificable a sus citas, debe dirigirse al área de atención ciudadana para volver agendar la cita.
Cualquier familiar puede pedir los cuidados y atenciones siempre y cuando no sea el probable responsable de poner en riesgo el derecho de la Niña, Niño o Adolescente (NNA) de vivir en un ambiente libre de violencia y un sano ambiente familiar.
Si el resultado de los estudios son de no viabilidad, se atenderán, en su caso, las recomendaciones de trabajo social y psicología.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana y entrega documentación completa.

02

Actor: Servidor público

Entrega al ciudadano el acuse de recepción y le señala día, hora y lugar para la valoración psicológica.

03

Actor: Ciudadano

Acude en fecha y hora señaladas a las instalaciones de la Jefatura de Seguimiento Social y Centros de Asistencia acompañado de la familia que vive en el mismo domicilio que el solicitante, para que se le realicen los estudios psicológicos.

04

Actor: Servidor público

Informa al solicitante que se le hará una visita domiciliaria de trabajo social para concluir con sus estudios socioeconómicos.

05

Actor: Ciudadano

Recibe en su domicilio la visita del personal de trabajo social para realizar los estudios socioeconómicos respectivos.

06

Actor: Servidor público

Recibe las valoraciones del área de trabajo social y psicología. Si el resultado de los estudios son de viabilidad se realizan las acciones necesarias para la emisión de la determinación respecto de la autorización de convivencia con la niña, niño o adolescente o de su reintegración a un entorno familiar, e informa al ciudadano.

07

Actor: Ciudadano

Se presenta en la Jefatura de Seguimiento Social y Centros de Asistencia para recibir a la niña, niño o adolescente, respecto de quien se autorizó la convivencia o la reintegración a su entorno familiar. Firma la constancia legal de la recepción de la niña, niño o adolescente y de los compromisos a asumir para su cuidado y atención.

De manera presencial

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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Dictamen


Plazo máximo de respuesta:

Variable

Ley de Cuidados Alternativos para niñas, niños y adolescentes en el Distrito Federal. Artículos 21 fracción I, 25, 34, 35, 36, 37, 38 y 39.

Acuerdo por el que se crea el Comité Técnico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal. Aplica todo el acuerdo.

Lineamientos del modelo de atención integral a niñas, niños y adolescentes en situación de desamparo y de su seguimiento social. Aplican todos los lineamientos.

Ley de los Derechos de las Niñas y Niños y Adolescentes de la Ciudad de México. Artículo 24.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Comprobantes de domicilio

Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

03

Escrito libre con nombre, firma y domicilio completo del solicitante, que deberá ser dirigido a la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. En él se expresarán los motivos por los cuales se solicita la convivencia con la niña, niño o adolescente o su reintegración a la familia de origen, extensa o ajena y, en su caso, el parentesco con la niña, niño o adolescente.

04

Acta de nacimiento de la niña, niño o adolescente y de la persona solicitante en original y copia.

Antes de realizar el trámite debes considerar

La persona interesada deberá ser mayor de 18 años de edad.
Los comprobantes de domicilio no deben de tener una vigencia mayor a tres meses.
Si la persona interesada no le es posible asistir por una causa justificable a sus citas, debe dirigirse al área de atención ciudadana para volver agendar la cita.
Cualquier familiar puede pedir los cuidados y atenciones siempre y cuando no sea el probable responsable de poner en riesgo el derecho de la Niña, Niño o Adolescente (NNA) de vivir en un ambiente libre de violencia y un sano ambiente familiar.
Si el resultado de los estudios son de no viabilidad, se atenderán, en su caso, las recomendaciones de trabajo social y psicología.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana y entrega documentación completa.

02

Actor: Servidor público

Entrega al ciudadano el acuse de recepción y le señala día, hora y lugar para la valoración psicológica.

03

Actor: Ciudadano

Acude en fecha y hora señaladas a las instalaciones de la Jefatura de Seguimiento Social y Centros

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