Registro de procedimiento de autorregulación

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Registro de procedimiento de autorregulación

Unidad normativa: SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

Trámite por el que los productores, empresas, organizaciones empresariales, o responsables de vehículos o flotillas, interesadas en establecer procesos voluntarios de autorregulación con la Secretaría, a través de la realización de un convenio mediante el cual se comprometan a reducir sus emisiones contaminantes por debajo de los límites establecidos por las Normas Oficiales Mexicanas y las Normas Ambientales para la Ciudad de México, o bien cumplir con parámetros extranjeros e internacionales de aspectos que no se encuentren regulados en el país, solicitan se asigne un número de folio a su proceso, para identificar y dar seguimiento a su trámite ante la autoridad.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Los productores, empresas, organizaciones empresariales, o responsables de vehículos o flotillas.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - copia certfificada y 1 copia(s) simple(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato debidamente requisitado y firmado.

04

Solicitud por escrito para establecer en forma voluntaria un proceso de autorregulación con la Secretaría

05

Copia certificada del acta constitutiva.

06

Poder suficiente del representante legal

07

Descripción detallada, objetiva y completa del proyecto para la reducción de emisiones contaminantes

08

Memoria técnica del proyecto, que incluya la evaluación técnica y económica, ahorros, beneficios económicos y energéticos a obtener, y tiempos de recuperación de inversión, así como la obtención de los beneficios ambientales mencionados

09

Programa calendarizado de las actividades a ejecutar

Antes de realizar el trámite debes considerar

Este trámite únicamente otorga oficio con el número de folio a través del cual, la Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA), tiene por ingresado el trámite y mediante el cual el interesado podrá dar seguimiento del estatus que guarda su proceso voluntario de autorregulación.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al área de atención ciudadana, presenta el formato correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados.

02

Actor: Servidor público

Revisa que el formato esté debidamente requisitado, que cumpla con todos los requisitos solicitados, y se le entrega el acuse de recepción.

03

Actor: Ciudadano

Acude al área de atención ciudadana, transcurridos 15 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud del proceso voluntario de autorregulación, presenta identificación y acuse de recepción.

04

Actor: Servidor público

Notifica la respuesta a su solicitud.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Oficio


Plazo máximo de respuesta:

15 días hábiles

Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 9 fracción IX, 62, 64 y 64 BIS.

Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales Artículos 3 fracción VIII, 51, 52, 53 fracción I y 54

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - copia certfificada y 1 copia(s) simple(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato debidamente requisitado y firmado.

04

Solicitud por escrito para establecer en forma voluntaria un proceso de autorregulación con la Secretaría

05

Copia certificada del acta constitutiva.

06

Poder suficiente del representante legal

07

Descripción detallada, objetiva y completa del proyecto para la reducción de emisiones contaminantes

08

Memoria técnica del proyecto, que incluya la evaluación técnica y económica, ahorros, beneficios económicos y energéticos a obtener, y tiempos de recuperación de inversión, así como la obtención de los beneficios ambientales mencionados

09

Programa calendarizado de las actividades a ejecutar

Antes de realizar el trámite debes considerar

Este trámite únicamente otorga oficio con el número de folio a través del cual, la Dirección General de Regulación Ambiental (DGRA), tiene por ingresado el trámite y mediante el cual el interesado podrá dar seguimiento del estatus que guarda su proceso voluntario de autorregulación.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al área de atención ciudadana, presenta el formato correspondiente, acompañado de los requisitos solicitados.

02

Actor: Servidor público

Revisa que el formato esté debidamente requisitado, que cumpla con todos los requisitos solicitados, y se le entrega el acuse de recepción.

03

Actor: Ciudadano

Acude al área de atención ciudadana, transcurridos 15 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud del proceso voluntario de autorregulación, presenta identificación y acuse de recepción.

04

Actor: Servidor público

Notifica la respuesta a su solicitud.

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