Registro de las uniones de trabajadores no asalariados

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Registro de las uniones de trabajadores no asalariados

Unidad normativa: SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

Trámite mediante el cual una Organización de Trabajadores No Asalariados obtiene su reconocimiento formal por la Dirección General de Trabajo y Previsión Social, una vez que acredita cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal, para efecto del ejercicio de la capacidad legal de la Organización.

Este trámite lo realiza:

Persona moral. Asociación de Trabajadores(as)no asalariado/as (Fijos, Semifijos, Ambulantes), todos de un mismo oficio o especialidad.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 3 copia(s)

02

Escrito libre y formal en papelería oficial de la Unión, solicitando la expedición de la toma de Nota. (Original y copia simple).

03

Acta Constitutiva de la Unión. (Original y 3 copias simples).

04

Acta de aprobación de sus Estatutos. (3 copias simples).

05

Acta de Asamblea en que fue elegida la Mesa Directiva. (3 copias simples).

06

Padrón de los miembros que integran la Unión, en el que se exprese el nombre, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio y la especialidad de cada uno de ellos. (Original y 3 copias simples).

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Presenta solicitud debidamente llenado y firmado así como la documentación en el Área de Atención Ciudadana.

02

Actor: Servidor público

Se recibe la solicitud y la documentación anexa, revisa, coteja y registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega comprobante al solicitante.

03

Actor: Ciudadano

Se presenta en el Área de Atención en el plazo previsto atendiendo a la norma, exhibe acuse de recibido y solicita documento a obtener.

04

Actor: Servidor público

Revisa y entrega el documento correspondiente.

05

Actor: Ciudadano

Exhibe identificación, recibe documento a obtener y firma de recibido.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Registro de la Unión en la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo


Cuya vigencia es:

Variable de acuerdo a lo previsto por los Estatutos Sociales que rigen a la figura asociativa de trabajadores no asalariados de un mismo oficio o especialidad.

Plazo máximo de respuesta:

40 días hábiles

Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal. Artículos 1,2,15 a 26.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 18 y 41 fracción VI

Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción XVII inciso A) y 220 fracciones XIX, XX, XXI Y XXV

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 3 copia(s)

02

Escrito libre y formal en papelería oficial de la Unión, solicitando la expedición de la toma de Nota. (Original y copia simple).

03

Acta Constitutiva de la Unión. (Original y 3 copias simples).

04

Acta de aprobación de sus Estatutos. (3 copias simples).

05

Acta de Asamblea en que fue elegida la Mesa Directiva. (3 copias simples).

06

Padrón de los miembros que integran la Unión, en el que se exprese el nombre, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio y la especialidad de cada uno de ellos. (Original y 3 copias simples).

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Presenta solicitud debidamente llenado y firmado así como la documentación en el Área de Atención Ciudadana.

02

Actor: Servidor público

Se recibe la solicitud y la documentación anexa, revisa, coteja y registra en el sistema, asigna folio, sella y entrega comprobante al solicitante.

03

Actor: Ciudadano

Se presenta en el Área de Atención en el plazo previsto atendiendo a la norma, exhibe acuse de recibido y solicita documento a obtener.

04

Actor: Servidor público

Revisa y entrega el documento correspondiente.

05

Actor: Ciudadano

Exhibe identificación, recibe documento a obtener y firma de recibido.

De manera presencial

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Registro de la Unión en la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo


Cuya vigencia es:

Variable de acuerdo a lo previsto por los Estatutos Sociales que rigen a la figura asociativa de trabajadores no asalariados de un mismo oficio o especialidad.

Plazo máximo de respuesta:

40 días hábiles

Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal. Artículos 1,2,15 a 26.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 18 y 41 fracción VI

Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción XVII inciso A) y 220 fracciones XIX, XX, XXI Y XXV

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