Reducción de derechos por suministro de agua a Asociaciones Civiles

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Reducción de derechos por suministro de agua a Asociaciones Civiles

Unidad normativa: SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Se otorga la reducción por concepto de los derechos por suministro de agua con cargo al presupuesto de egresos de la Ciudad de México, para el ejercicio fiscal vigente, a favor de Asociaciones Civiles legalmente constituidas.

Este trámite lo realiza:

Persona moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).

04

Presentar preferentemente número telefónico y correo electrónico.

05

Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.

06

Identificación oficial del promovente.

07

Un escrito Bajo protesta de decir verdad, donde el usuario señala que no se otorga el uso de goce temporal del inmueble, incluso para la reinstalación o fijación de anuncios o cualquier otro tipo de publicidad.

08

Constancia de SEDESOL del año en curso. (original y 1 copia)

Antes de realizar el trámite debes considerar

No haber interpuesto ningún medio de defensa en contra del Gobierno de la Ciudad de México o, en su caso, anexar copia certificada del acuerdo recaído al escrito de desistimiento presentado ante la autoridad que conozca de la controversia.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Acude al Área de Atención Ciudadana a solicitar el trámite.

02

Actor: Servidor público

O Personal de Atención al Público, recibe y revisa la documentación y captura en el sistema el trámite a realizar.

03

Actor: Servidor público

O Personal de Atención al Público, imprime y entrega el comprobante al ciudadano.

04

Actor: Ciudadano

Escribe su nombre y plasma su firma o huella digital, según sea el caso.

05

Actor: Servidor público

Ó Personal de Atención al Público, entrega el comprobante de trámite al Ciudadano.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Comprobante


Plazo máximo de respuesta:

15 días hábiles

Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 1,7 fracción VII, 13, 15, 55, 56 incisos b), c), d), e), i), 103 fracción II, 172 fracción I, 297, 430 y 432

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

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