Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Si

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Si

Unidad normativa: SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Brindar a través del otorgamiento de estímulos a las y los residentes de la Ciudad de México, la oportunidad de estudiar y concluir satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades y evitar que abandonen sus estudios por motivos económicos.

Este servicio lo realiza:

Persona física. Alumnos de escuelas públicas ubicadas en la Ciudad de México de nivel medio superior y superior que hayan sido beneficiarios(as) del Programa, habitantes de la Ciudad de México

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Permiso para Conducir - original y 1 copia(s)

o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)

02 Comprobantes de domicilio

Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)

o Recibo de Televisón de Paga - copia certfificada y 1 copia(s) simple(s)

o Recibo de Gas Natural - original y 1 copia(s)

03

Estudiar en una institución pública de educación media superior o superior que se encuentre ubicada en la Ciudad de México;

04

Residir permanentemente en la Ciudad de México;

05

No contar con otra beca escolar;

06

Firmar compromiso para realizar actividades en comunidad durante la vigencia del estímulo económico;

07

Formato de entrega-recepción de documentos Prepa Sí vigente;

08

Comprobante de inscripción, constancia de estudios o el documento que acredite su inscripción en la InstituciónEducativa. (los alumnos de la Escuela Nacional Preparatoria, Colegio de Ciencias y Humanidades yde la Universidad Nacional Autónoma de México están exentos de presentar dicho comprobante, en virtud de lo establecidoen los acuerdos de colaboración UNAM-FIDEGAR).

09

Se considerarán como casos de excepción a los integrantes de las corporaciones que se encuentren en el supuesto del “Acuerdo por el que se instruye incluir al Personal Técnico en Seguridad de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, a la Policía de la Secretaría de Seguridad Pública, al personal del C5 y del Heroico Cuerpo de Bomberos, todos de la Ciudad deMéxico, cuyo centro de trabajo esté domiciliado en la Ciudad de México, con independencia del lugar de residencia”, en lapoblación objeto de los programas sociales de la Ciudad de México que se indican que estudien en una escuela pública dela Ciudad de México, los cuales deberán presentar además de la documentación mencionada en los incisos a), b), d), f) y g)los siguientes: 1. comprobante de domicilio, 2. constancia del centro de trabajo que lo acredite como personal técnico de seguridad de alguna de lascorporaciones referidas; 3. no cuenten con otra beca; 4. acta de nacimiento o sentencia judicial que acredite la adopción.

Nota: Se considerarán hijos e hijas del personal técnico en seguridad a aquellos que tengan el grado de consanguinidad deacuerdo al artículo 293 del Código Civil para el Distrito Federal.

10

Comprobante de calificaciones sellado por la Institución Educativa o Dependencia de Gobierno de la Ciudad de México o Demarcación Política en su caso: certificado de secundaria (sólo en el caso de primer ingreso a nivel medio superior) o boletadel último grado cursado, o constancia de estudios con promedio, o historial académico (en el caso de sistema abierto deberán contar con por lo menos cinco materias aprobadas durante el año 2018). (Los alumnos de la Escuela Nacional Preparatoria, Colegio de Ciencias y Humanidades y de la Universidad Nacional Autónoma de México están exentos depresentar dicho comprobante, en virtud de lo establecido en los acuerdos de colaboración UNAM-FIDEGAR).

10

Presentar todos los documentos señalados en el apartado “Para nuevo ingreso al programa” antes mencionados, con excepción del comprobante de calificaciones el cual debe cumplirse de la siguiente forma:

Comprobante de Calificaciones

a) Nivel Medio Superior: Boleta del último grado cursado o constancia de estudios con promedio o historial académico (en el caso de sistema abierto deberán contar con por lo menos cinco materias aprobadas durante un año.

b) Nivel Superior (Primer año): Certificado de bachillerato o boleta del último grado cursado del Nivel Medio Superior.

Antes de realizar el servicio debes considerar

Los formatos referidos se encontrarán en la páginas web del Fideicomiso Educación Garantizada www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx y/o www.prepasi.cdmx.gob.mx, (puedes descargarlas en el apartado de "Otros documentos que debes conocer" con el nombre SCPREBU_PEB_) de acuerdo con la Convocatoria vigente de éste Programa que se publique para el ciclo escolar 2018-2019, y deberán cumplir con todos los requisitos y presentados en los Módulos de Prepa Sí, que serán dados a conocer en las páginas web antes citadas
La convocatoria y las reglas de operación del programa vigentes se publicaron en el mes de agosto en la página www.prepasi.cdmx.gob.mx, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en dos diarios de circulación nacional, en donde se establece el calendario para realizar su incorporación al programa. El Programa incorporará al aspirante de nuevo ingreso y reingreso hasta que se verifique que la información y documentación proporcionada por éste(a) cumple con los requisitos señalados en la convocatoria y las reglas de operación del programa vigentes. En caso de que su expediente no haya sido validado se les enviará un mensaje al correo electrónico señalado en su solicitud de registro, informándole la causa por la cual no fue incorporado al programa. El estímulo económico se otorgará a partir de la fecha en que se concluya el trámite de inscripción de cada aspirante Para facilitar la atención y orientación, visita las páginas www.prepasi.cdmx.gob.mx, redes sociales: Facebook: prepa_sí, Twitter: @FIDEGAR, @p_prepa_si, o comunicarse al teléfono 11021750 o acudir directamente a las Oficinas de la Coordinación Ejecutiva del PREBU. En cuanto al requisito de comprobante de domicilio se aclara que deberán ser recientes, no mayor a 3 meses anteriores al de la fecha de entrega de los documentos. Asimismo se acepta IFE/INE (del padre o la madre o del aspirante en caso de ser mayor de edad)
De conformidad con la Convocatoria los expedientes se entregan en los módulos que se instalan en los planteles escolares que se indican.
En el caso de que se detecte que la o el aspirante a reinscribirse al Programa se encuentre recursando un semestre o ciclo escolar anterior no procederá su trámite, hasta en tanto regularice su situación académica, a menos que se acredite que nunca ha sido beneficiario(a) del Programa.
A excepción de la población estudiantil de sistemas de bachillerato abierto, los aspirantes de reingreso al Programa no podrán ser incorporados si no tienen por lo menos un 50% de materias aprobadas del total de las materias cursadas en el semestre inmediato anterior. Sólo podrán incorporarse en caso de que regularicen su situación académica, esto es aprobar el 50% como mínimo de sus materias.
Nota: Solo se podrá ser beneficiaria(o) en el primer año del nivel superior si en algún periodo fue beneficiaria(o) del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal en nivel medio superior.
Las y los beneficiarios del nivel medio superior podrán permanecer en el Programa por un máximo de tres ciclos escolares, con un máximo de 30 depósitos, de conformidad con su año de inscripción en el mismo y únicamente el primer año del nivel superior (10 depósitos).

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Realizar el registro electrónico en las páginas www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx y/o www.prepasi.cdmx.gob.mx de acuerdo al calendario de la Convocatoria. Llenar e Imprimir los documentos que se generan del registro electrónico, integrar el expediente con los documentos complementarios solicitados y acudir a los módulos Prepa Sí para la entrega del expediente conforme al calendario publicado

02

Actor: Servidor público

Recibe el expediente de acuerdo al calendario publicado y le extiende al aspirante el comprobante correspondiente (F-1819-01).Revisa y captura los expedientes para conformar base de datos a incorporar al sistema informático.

03

Actor: Ciudadano

realizar la confirmación de los datos en las páginas www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx y/o www.prepasi.cdmx.gob.mx dos semanas después de que el aspirante entregó el expediente.En caso de que no puedan realizar la confirmación de datos, deberán llamar al número telefónico 11021750 para conocer su situación y estar en posibilidades de subsanar el expediente ante las Oficinas de la Subdirección de Control de Entrega e Incidencias ubicada en Calle Bucareli N° 134, primer piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06040,en la Ciudad de México de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas y con ello concluir su trámite

04

Actor: Servidor público

Si el expediente no cumple con los requisitos establecidos en las reglas de operación y la convocatoria vigentes, se enviará a los aspirantes un mensaje al correo electrónico señalado en su solicitud de registro, para informarle la causa por la cual no fue incorporado al programa

En línea

  • Sólo una parte del servicio puede realizarse en línea:

    • Solicitud en línea

    realizar en línea

De manera presencial

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Si tu servicio procede, entonces obtendrás:

Estímulo económico


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Plazo máximo de respuesta:

15 días hábiles

Ley de Educación del Distrito Federal 1°, 2°, 5°, 33° y 120 fracción III

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