Permiso Administrativo Temporal Revocable de Espacios para Anuncios en Nodos Publicitarios

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Permiso Administrativo Temporal Revocable de Espacios para Anuncios en Nodos Publicitarios

Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

El Permiso Administrativo Temporal Revocable de espacios para anuncios en los nodos publicitarios, confiere a una persona física o moral el uso y aprovechamiento de un bien inmueble del dominio de la Ciudad de México para la comercialización de propaganda comercial, y en su caso, de información cívica y cultural.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Es el interesado en obtener un Permiso Administrativo Temporal Revocable, para la comercialización de propaganda e información en Nodos Publicitarios.

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original

03

Formato de solicitud, debidamente requisitado.

04

Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona solicitante o de su representante legal, si es persona moral.

05

Tratándose de persona moral, copia simple de la escritura pública que acredite su constitución y la designación de su representante, y copia certificada para su cotejo.

06

Contraprestación a pagar determinada por la Secretaría de Administración y Finanzas, en caso de que la solicitud sea aceptada.

07

Planos acotados y a escala:

a) De plantas, alzados y cortes del anuncio;

b) Estructurales;

c) De las mejoras al espacio público circundante y en especial al pavimento, vegetación e iluminación;

d) De iluminación. Indicar la fuente de energía y la instalación eléctrica.

Los planos deberán incluir materiales estructurales, acabados, color y texturas. A su vez, los pies de plano correspondientes contendrán croquis de ubicación del anuncio, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombres y firmas del solicitante, Director Responsable de Obra y, en su caso, de los Corresponsables.

08

Cálculos estructurales y memoria estructural.

09

Perspectiva o render del entorno del nodo en la que se considere también el anuncio o anuncios de que se trate.

10

Copia del carnet del Director o la Directora Responsable de Obra y, en su caso, de cada Corresponsable.

11

Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

12

Fianza que garantice el cumplimiento de las reglas del Permiso.

13

Los documentos previstos para este trámite deberán entregarse tanto en versión digital como impresa, y contener la firma del solicitante.

Antes de realizar el trámite debes considerar

* Para realizar el ingreso de la solicitud del Permiso Administrativo Temporal Revocable de Espacios para Anuncios en Nodos Publicitarios, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado que sea establecido de conformidad al Código Fiscal de la Ciudad de México vigente y artículo 53, párrafo último, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
* El Permiso Administrativo Temporal Revocable permitirá a una persona física o moral, la instalación de anuncios por un plazo de cinco años, prorrogable hasta por dos veces, según el artículo 53 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
* De conformidad con lo establecido en el artículo 70, párrafo último, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, no podrán otorgarse licencias a aquellas personas físicas o morales que hayan sido sancionadas en tres ocasiones por la comisión de una infracción prevista en la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, ni aquellas a las que les haya sido revocada una Licencia o un Permiso Administrativo Temporal Revocable en los nueve meses anteriores a la presentación de la solicitud.
*El horario en el Área de Atención Ciudadana es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Formatos

TSEDUVI-DGAJ_PATR_1

Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y las morales que usen o gocen inmuebles del dominio público de la Ciudad de México, conforme a la tasa del 5% anual del valor del inmueble. No se estará obligado al pago establecido en esta Sección, cuando se usen o gocen inmuebles señalados en otras secciones del mismo Capítulo. Tratándose de bienes de uso común sólo se estará obligado al pago del derecho cuando se tenga concesión para un aprovechamiento

. Variable

Puedes pagar en:

  • Oficinas Tributarias
  • Bancos y tiendas de autoservicio
  • Kioskos de la Tesorería

Fundamento jurídico del costo

Artículo 261 del Código Fiscal de la Ciudad de México

01

Actor: Ciudadano

Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.

02

Actor: Servidor público

Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el Sistema SEDUVI-SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano.

03

Actor: Servidor público

Se comunica con el ciudadano, con el fin de indicarle el día y la hora para que acuda por la respuesta a su solicitud.

04

Actor: Ciudadano

Se presenta en las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, exhibe el Comprobante del Ciudadano.

05

Actor: Servidor público

Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.

06

Actor: Ciudadano

Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Permiso


Cuya vigencia es:

5 año(s).

Plazo máximo de respuesta:

30 días hábiles

Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracción II, XXVI y XXIX,, 6 fracción VI y IX, 12, 46 fracción I, 50, 53, 54,55, 56, 57 , 58, 61, 67 y 68.

Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 9 fracción V; 11 fracciones III y IV, 69 fracción I, 72, 73, 74, 80 y 81.

Código Fiscal del Distrito Federal Artículos 261, 193segundo, tercer y último párrafo.

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 100 fracción XXV.

Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70

Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal 1, 4 fracción III, 7 fracción XXI, 60, 70 y 72.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.