Modificación de Datos del Impuesto Predial
Modificación de Datos del Impuesto Predial
Unidad normativa: SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
El contribuyente podrá realizar la modificación de datos administrativos del Padrón del Impuesto Predial, tales como:
Cambio o Corrección del Nombre de Propietario excluyendo a las copropiedades y alta, baja o modificación del Domicilio de Notificación.
Este servicio lo realiza:
Persona física o moral. Contribuyente
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Tarjeta de residencia - original y 1 copia(s)
02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
03
Original y copia del formato Aviso de Modificación de Datos al Padrón de Contribuyentes del Impuesto Predial (OTCDMX_MDD_1), debidamente llenado.
04
Escritura Pública pasada ante la fe de Notario Público, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio; o
Sentencia Judicial debidamente ejecutoriada e inscrita ó no en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio; o
Contrato Privado de Compra Venta cuyas firmas estén ratificadas ante Notario Público o Juez Competente, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o,
Escritura Pública pasada ante la fe de Notario Público, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, que contenga Contrato de Compraventa y Constitución de Garantía Hipotecaria ó Contrato de Mutuo con Interés y Garantía Hipotecaria.
05
En el caso de personas morales que se hayan transformado en Instituciones de Asistencia Privada, acreditarán la propiedad de un bien inmueble, cuando en los estatutos autorizados por la Junta de Asistencia Privada, conste que dicho inmueble forma parte del patrimonio de la Institución; tratándose de Fundaciones, se deberá presentar también la resolución de autorización emitida por la Junta, debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
04
Acta de Nacimiento.
04
Comprobante de domicilio a nombre del contribuyente y con vigencia no mayor a 6 meses; Recibo de Pago de luz, o de telefonía fija, o de gas, o estado de cuenta bancario, o Boleta para el pago de Derechos por el Suministro de Agua.
Antes de realizar el servicio debes considerar
Tratándose de personas físicas únicamente será necesario presentar la carta poder en el caso de que quién realice el tramite sea el representante legal, mandatario o apoderado legal.
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Sin costo.
01
Actor: Ciudadano
Acude al Módulo de atención de la Administración Tributaria y presenta documentación, así como el Formato de Trámite.
02
Actor: Servidor público
Revisa que la documentación esté completa y el Formato de Trámite debidamente requisitado. Entrega al contribuyente Comprobante del Trámite
03
Actor: Ciudadano
Recibe el comprobante del trámite.
De manera presencial
Por favor selecciona una alcaldía
Da clic sobre el marcador para ver información
Si tu servicio procede, entonces obtendrás:
Comprobante
Plazo máximo de respuesta:
Inmediato
Código Fiscal del Distrito Federal 56, incisos a), b) y d).
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta
- Fundamento jurídico