Licencia para Explotación de Yacimientos Pétreos, Revalidación
Licencia para Explotación de Yacimientos Pétreos, Revalidación
Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Documento por medio del cual se autoriza la explotación de yacimientos pétreos, a los propietario o las personas físicas o morales que lo soliciten de nacionalidad mexicana, debidamente constituidos de acuerdo a las leyes mexicanas, siempre que su objeto social esté relacionado con la explotación de yacimientos pétreos.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Propietario del terreno .
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
03 Comprobantes de domicilio
Boleta del Impuesto Predial - original
04
Formato debidamente llenado y firmado.
05
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
06
Título de propiedad o instrumento por el cual se acredite el derecho para utilizar el predio que solicita explotar, signada tanto por la persona titular como por la perita o perito responsable y, en su caso, por la persona propietaria del predio.
07
Carnet de registro vigente de la perita o perito. Copia simple y original para cotejo.
08
Poder otorgado al Perito Responsable de la explotación de yacimiento pétreo para que lo represente ante el Gobierno de la Ciudad de México en lo relacionado con la explotación del yacimiento para el cual hubiera otorgado su responsiva profesional. Copia certificada.
09
Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo vigente.
10
Libro de Bitácora para su autorización.
11
Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad específica, debidamente autorizada por la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México.
12
Plano topográfico escala 1:1000, con curvas de nivel a cada metro. Señalar una franja de protección de 40 metros de ancho mínimo alrededor de la zona de explotación, en la que únicamente se proyectarán las instalaciones y edificaciones de carácter técnico o administrativo necesarias para la explotación del yacimiento.
13
Aerofoto impresa y digital en dos copia a escala 1:2000 que circunscriba el predio en cuestión en dos veces su superficie. En la misma aerofoto se indicarán con precisión los linderos del predio, las líneas de telecomunicación, de conducción, caminos, ríos, arroyos y brechas que atraviesen por el terreno fotografiado y la zona de protección a la que se refiere el plano topográfico.
14
Estudio estratigráfico del terreno donde se ubica el yacimiento, agregando información sobre las propiedades físicas, espesores, volúmenes de los materiales, capas geológicas y consideraciones técnicas que, a partir del estudio estratigráfico, apoyen la tecnología de explotación.
15
Memoria descriptiva de la tecnología que se aplicará en la explotación, que incluya el proceso y método de explotación; las especificaciones de producción; los recursos que se utilizarán (equipo, maquinaria, herramientas, personal técnico, obrero y administrativo); los proyectos de las obras principales y auxiliares; y las medidas de seguridad que se adoptarán para prevenir accidentes de trabajo, daños y perjuicios a terceras personas o a terrenos e instalaciones adyacentes.
16
Proyecto de explotación donde se indiquen los volúmenes totales del predio susceptibles de explotarse, número de etapas indicando el volumen de material que se pretende extraer cada año, presentando además planos de cortes transversales equidistantes cada 10 metros, a manera de retícula por etapa.
07
Comprobante de pago de derechos correspondiente.
08
Copia del carnet del perito vigente.Carnet del perito vigente. Copia simple y coriginal para cotejo.
09
Libro de Bitácora del ejercicio anterior. Copia y el original para cotejo.
10
Libro de Bitácora nuevo para su autorización.
11
Plano topográfico escala 1:1000, con curvas de nivel a cada metro, correspondiente a la zona de explotada en el ejercicio anterior y la que se pretende explotar.
12
Aerofoto impresa y digital en dos copias a escala 1: 2000 que circunscriba el predio en cuestión en dos veces su superficie.
Formatos
TSEDUVI-CGDAU_LRE_1De 1,000 a 50,000 m2 de proyecto de explotación
$141316.50
De 50,001 a 100,000 m2 de proyecto de explotación
$376846.50
De 100,001 a 300,000 m2 de proyecto de explotación
$659488.00
De 300,001 a 500,000 m2 de proyecto de explotación
$942111.00
Mayores a 500,000 m2 de proyecto de explotación
$1318958.00
Puedes pagar en:
- Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico del costo
189 del Código Fiscal de la Ciudad de México
01
Actor: Ciudadano
Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana
02
Actor: Servidor público
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma
03
Actor: Ciudadano
Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud
04
Actor: Servidor público
Revisa y entrega la respuesta a la solicitud
05
Actor: Ciudadano
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido
De manera presencial
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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:
Licencia
Cuya vigencia es:
Por el año fiscal que se otorga.
Si tu trámite procede, entonces obtendrás:
Renovación
Cuya vigencia es:
Por el año fiscal que se otorga.
Plazo máximo de respuesta:
30 días hábiles
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III, 7 fracción VII y 87 fracción X.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 154 fracción XI.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 139 .