Licencia de Anuncio de Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego en Corredor Publicitario
Licencia de Anuncio de Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego en Corredor Publicitario
Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA-DGAJ
La licencia de anuncio de Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego en un Corredor Publicitario, permite a una persona física o moral instalar un anuncio autosoportado de propaganda comercial, en modalidad de cartelera o pantalla electrónica, o un anuncio Adosado a Muro Ciego, en un inmueble de propiedad privada ubicado en un corredor publicitario.
Este trámite lo realiza:
Persona física o moral. Es el interesado en obtener la Licencia de Anuncio de
Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego, para publicitar anuncios de propaganda comercial colocadas en inmuebles de propiedad privada.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01 Documentos de identificación oficial
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
03
Formato debidamente llenado y firmado.
04
Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona solicitante o su representante legal, si es persona moral.
05
Copia simple de identificación (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional) de la persona propietaria o poseedora del inmueble donde se pretenden colocar los anuncios.
06
Comprobante de pago de derechos. (original)
07
Tratándose de persona moral, copia simple de la escritura pública que acredite su constitución y la designación de su representante, así como copia certificada para su cotejo.
08
Copia simple del contrato de arrendamiento entre la persona propietaria, administradora o poseedora del inmueble y la persona publicista.
09
Copia simple de la escritura del inmueble donde se pretende instalar el anuncio.
10
Copia simple del recibo de pago del impuesto predial del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud o al ejercicio fiscal en curso o constancia de adeudo.
11
Copia simple del recibo de pago del derecho de suministro de agua del inmueble de que se trate, correspondiente al bimestre inmediato anterior a la fecha de la solicitud, o en su caso la constancia de adeudo.
12
Declaración bajo protesta de decir verdad de la persona responsable de la obra en la que señale que no se afectarán árboles con motivo de las obras que se pudieran llevar a cabo ni en la instalación de los anuncios.
13
Planos acotados y a escala:
a) De plantas y alzados;
b) Estructurales;
c) De iluminación. Indicar la fuente de energía y la instalación eléctrica.
Los planos deben incluir materiales estructurales, acabados, color y texturas. A su vez, los pies de plano correspondientes deben incluir croquis de ubicación del anuncio, diseño y dimensiones, escala gráfica, fecha, nombre del plano y su número, nombres y firmas del solicitante, Director o Directora Responsable de Obra y, en su caso, de los Corresponsables.
14
Perspectiva o render del entorno, en la que se considere también el anuncio de que se trate.
15
Cálculos estructurales y memoria estructural.
16
Opinión técnica de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil en el sentido de que el anuncio no representa un riesgo para la integridad física o patrimonial de las personas.
17
Copia del carnet del Director o la directora Responsable de Obra y en su caso de cada Corresponsable.
18
Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
19
En caso de que el predio en el que se pretenda instalar el anuncio se encuntre sobre Corredor Publicitario, Dictamen favorable de la Dirección de Patrimonio Cultural Urbano y Espacio Público, adscrita a SEDUVI, cuando el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Área de Conservación Patrimonial o en un elemento del Patrimonio Cultural Urbano.
20
En caso de que el inmueble en el que se pretenda instalar el anuncio se encuentre en Suelo de Conservación, autorización de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría del Medio Ambiente.
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Los documentos previstos para este trámite deberán contener la firma de la persona solicitante y entregarse tanto en versión digital como impresa.
Antes de realizar el trámite debes considerar
* Para realizar el ingreso de la solicitud de Licencia de Anuncio de Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego en un Corredor Publicitario, ésta deberá presentarse con todos y cada uno de los requisitos establecidos, así como previo pago de derechos efectuado.
* La licencia de Anuncio de Propaganda Comercial o Adosado a Muro Ciego en un Corredor Publicitario permitirá a una persona física o moral la instalación de un anuncio por un plazo de un año prorrogable, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal.
* De conformidad con lo establecido en el artículo 70, párrafo último, de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, no podrán otorgarse licencias a aquellas personas físicas o morales que hayan sido sancionadas en tres ocasiones por la comisión de una infracción prevista en la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, ni a aquéllas a las que les haya sido revocada una Licencia o un Permiso Administrativo Temporal Revocable en los nueve meses anteriores a la presentación de la solicitud.
* Respecto del fundamento del artículo 42 fracción V del Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, se refiere a los anuncios adosados a muros ciegos.
*El horario en el Área de Atención Ciudadana es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Formatos
TSEDUVI-DGAJ_LPCMC_1Autosoportados de propaganda comercial en los corredores publicitarios, por metro cuadrado de cartelera
$801.00
Autosoportados de propaganda comercial con pantalla electrónica en los corredores publicitarios, por metro cuadrado de cartelera
$930.00
En muros ciegos, por metro cuadrado
$801.00
Puedes pagar en:
- Kioskos de la Tesorería
- Bancos y tiendas de autoservicio
- Oficinas Tributarias
Fundamento jurídico del costo
Artículo 20 y 193 fracción I incisos a), i), j) del Código Fiscal de la Ciudad de México
01
Actor: Ciudadano
Presenta el formato debidamente requisitado y la documentación necesaria al Área de Atención Ciudadana.
02
Actor: Servidor público
Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el Sistema SEDUVI-SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano.
03
Actor: Servidor público
Se comunica con el ciudadano, con el fin de indicarle el día y la hora para que acuda por la respuesta a su solicitud.
04
Actor: Ciudadano
Se presenta en las oficinas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, exhibe el Comprobante del Ciudadano.
05
Actor: Servidor público
Revisa y entrega la respuesta a su solicitud.
06
Actor: Ciudadano
Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.
De manera presencial
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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:
Licencia
Cuya vigencia es:
1 año(s).
Plazo máximo de respuesta:
30 días hábiles
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 3 fracciones I, XXVI y XXXI, 6 fracción VII, 12, 46 fracción II inciso a); 50; 69; 70 y 73.
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal Artículos 9 fracción IV y V; 311 fracciones III y IV, 39, 41, 69 fracción II inciso a), 82, 83 fracción I, 84 y 88 fracción I.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo I fracción III, 7 fracción XXI, 69 70 y 74.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 19, 20 y 193, fracción I, incisos a), i), j)
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículo 70.
- Requisitos
- Costo
- Procedimiento
- Dónde se realiza
- Respuesta