Expedición de actas certificadas y constancias del estado civil de las personas
Expedición de actas certificadas y constancias del estado civil de las personas
Unidad normativa: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES-DGRC
Trámite a través del cual se expiden copias certificadas de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio administrativo, concubinato, defunción, así como constancias de curso prenupcial, del Registro de deudores alimentarios morosos y de inexistencia de actos y hechos inscritos en el Registro Civil de la Ciudad de México.
Este trámite lo realiza:
Persona física. Persona física que requiera comprobar actos o hechos relacionados con el estado civil, o la inexistencia de los mismos en la Ciudad de México.
Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico
01
Aplica para:
*Acta de Nacimiento
*Acta de Defunción
*Acta de Matrimonio
*Acta de Divorcio
02
Presentar copia simple del acta solicitada, o en su caso proporcionar los datos registrales del acta (nombre completo, año de registro, juzgado, número de libro y número de acta)
03
Nota: De no contar con los antecedentes registrales el usuario deberá solicitar una búsqueda de datos.
01
Aplica para:
* Estracto
* Imágen
02
Ingresar a la página http://www.rcivil.cdmx.gob.mx/solicitudactas/, para elaborar solicitud.
03
Ingresar los datos registrales del acta (año de registro, juzgado, número de libro y número de acta o partida).
04
Seguir con cuidado las instrucciones que a continuación se mostrarán y llenar el formulario.
05
Conservar el número de folio del trámite.
06
Realizar el pago de las copias certificadas (y en su caso de la mensajería), en banco o tienda de autoservicio.
01
* En el caso de Expedición de Constancia de Inexistencia de Registro de Nacimiento:
- Nombre completo de la persona que requiera la constancia.
- Fecha de nacimiento y nombre completo de los padres
02
* En el caso de Expedición de Constancia de Registro Extemporáneo de Nacimiento:
- Acta de nacimiento original y copia simple.
03
* En el caso de Expedición de Constancia de Inexistencia de Registro de Matrimonio:
- Copia simple del acta de nacimiento de la persona que los
requiera.
- En caso de ser extranjero, presentar acta de nacimiento
apostillada y en caso de no estar en idioma español, deberá
presentar la traducción por perito autorizado por el Tribunal
Superior de Justicia de la Ciudad de México.
-Original de los documentos que acrediten su legal estancia en
el país (pasaporte, forma migratoria y/o constancia de
residencia vigente)
04
* En el caso de Expedición de Constancia de No Deudor Alimentario Moroso (REDAM):
- 2 copias simples de la solicitud de matrimonio
. - 2 copias simples del CURP de ambos contrayentes
Este certificado se puede obtener llenando los datos de la página: http://187.174.238.126/deudores_alimentarios/
05
* En el caso de Expedición de Constancia de Inexistencia de Defunción:
- Acta de nacimiento y copia simple
.
Antes de realizar el trámite debes considerar
La dirección de los Juzgados se pueden consultar en la siguiente liga: https://consejeria.cdmx.gob.mx/storage/app/media/DIRECTORIO%20REGISTRO%20CIVIL%20OK.pdf
Formatos
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
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Expedición de Constancia de Inexistencia de Registro de Nacimiento
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Expedición de Constancia de Registro Extemporáneo de Nacimiento
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Expedición de Constancia de Inexistencia de Registro de Matrimonio
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Expedición de Constancia de Inexistencia de Defunción
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Puedes pagar en:
- Bancos y tiendas de autoservicio
- Oficinas Tributarias
- Caja Ventanilla de Oficina Central y de los distintos Juzgados del Registro Civil
Fundamento jurídico del costo
Artículo 216 fracción VI y VII del Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 216, fracción VI y VII del Código Fiscal de la Ciudad de México
Artículo 216, fracción VI y VII del Código Fiscal de la Ciudad de México
01
Actor: Ciudadano
Presentarse a la Ventanilla de alguno de los Juzgados del Registro Civil o en Oficinas Centrales de Registro Civil, según el trámite y presenta requisitos.
02
Actor: Servidor público
Recibe y revisa los datos proporcionando el comprobante de pago correspondiente e indica el tiempo establecido para obtener la respuesta a su solicitud.
03
Actor: Ciudadano
Acude a la Oficina del Registro Civil correspondiente con su comprobante de trámite para obtener la respuesta a su solicitud en el tiempo indicado.
En línea
El trámite se puede realizar completamente en línea a través del http://www.rcivil.cdmx.gob.mx/solicitudactas/