Dictamen Técnico para Intervenciones para Manifestación de Construcción Tipo A y Obras que no requieren Manifestación de Construcción, ni Licencia de Construcción Especial en Inmuebles Afectos al Patrimonio Cultural Urbano

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Dictamen Técnico para Intervenciones para Manifestación de Construcción Tipo A y Obras que no requieren Manifestación de Construcción, ni Licencia de Construcción Especial en Inmuebles Afectos al Patrimonio Cultural Urbano

Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Documento que deben obtener los interesados, previamente a la tramitación de manifestación Tipo A o a la realización de obras que no requieren manifestación de construcción o licencia de construcción especial, en inmuebles afectos al Patrimonio Cultural Urbano.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Propietario o poseedor

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Dos juegos de planos arquitectónicos o croquis del estado actual. Indicar las áreas a intervenir y especificar materiales, acabados y colores a utilizar.

04

Memoria descriptiva de las intervenciones por realizar.

05

Memoria con fotografías a color montadas o impresas en hojas blancas tamaño carta del estado actual del inmueble (exteriores e interiores con croquis de ubicación de las imágenes y de las áreas donde se pretendan realizar las intervenciones), con croquis de ubicación de imágenes.

06

Formato TSEDUVI-CGDAU_DTIP_1 debidamente llenado y firmado.

Antes de realizar el trámite debes considerar

*La revalidación del Dictamen Técnico deberá tramitarse en los términos de la Ley de Procedimientos Administrativo del Distrito Federal, presentando la solicitud dentro de los quince días hábiles previos a la conclusión de su vigencia ante esta misma autoridad.

Formatos

TSEDUVI-CGDAU_DTIP_1

Sin costo.

01

Actor: Ciudadano

Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con los que acredita los requisitos en el área de Atención Ciudadana.

02

Actor: Servidor público

Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa y coteja que cumplan con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega el Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma.

03

Actor: Ciudadano

Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud.

04

Actor: Servidor público

Revisa y entrega la respuesta a la solicitud.

05

Actor: Ciudadano

Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Dictamen Técnico


Cuya vigencia es:

1 año(s).

Plazo máximo de respuesta:

20 días hábiles

Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 1, 4 fracción III, 7 fracción I y XIV, 43 65 y 87 fracción VI

Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 63, 64, 68, 69, 70 fracción III y 72.

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 1, 3 fracción II, 28, 53 antepenúltimo párrafo, 58, 121 y 238.

Norma de Ordenación número 4 de Áreas de Actuación para Áreas de Conservación Patrimonial del Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Aplica en su totalidad.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.

Constitución Política de la Ciudad de México Artículos 1 numeral 5; 3; 7 apartado A numeral 1 y 18 apartado A numeral 1.

Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 153 fracciones V y VII.

Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis y 44.

Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Artículos 4, 6 fracción VI, 7, 10 fracciones XXII y XXV, 22 y 77 fracción II.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 2 y 31 fracción XII.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Dos juegos de planos arquitectónicos o croquis del estado actual. Indicar las áreas a intervenir y especificar materiales, acabados y colores a utilizar.

04

Memoria descriptiva de las intervenciones por realizar.

05

Memoria con fotografías a color montadas o impresas en hojas blancas tamaño carta del estado actual del inmueble (exteriores e interiores con croquis de ubicación de las imágenes y de las áreas donde se pretendan realizar las intervenciones), con croquis de ubicación de imágenes.

06

Formato TSEDUVI-CGDAU_DTIP_1 debidamente llenado y firmado.

Antes de realizar el trámite debes considerar

*La revalidación del Dictamen Técnico deberá tramitarse en los términos de la Ley de Procedimientos Administrativo del Distrito Federal, presentando la solicitud dentro de los quince días hábiles previos a la conclusión de su vigencia ante esta misma autoridad.

Formatos

TSEDUVI-CGDAU_DTIP_1
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