Determinación de Vía Pública y Modificación de Láminas de Alineamiento y Derechos de Vía

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Determinación de Vía Pública y Modificación de Láminas de Alineamiento y Derechos de Vía

Unidad normativa: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Registrar o actualizar las determinaciones oficiales de vía pública, secciones viales, proyectos viales a futuro, derechos de vía, servidumbres de paso y restricciones en los planos de alineamientos y derechos de vía, así como predios y las subdivisiones, fusiones o relotificaciones que de ellos se realicen de predios y la nomenclatura vial, en coordinación con las dependencias competentes.

Este trámite lo realiza:

Persona física o moral. Propietarios de predios

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato debidamente llenado y firmado.

04

Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, Cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional) de las personas: solicitante, su representante legal y acreditada para oír y recibir notificaciones, propietaria o propietaras y copropietrias en su caso. Copia simple y original para cotejo.

05

Tratándose de persona moral, acta constitutiva y documento que acredite la personalidad de representante legal. Copia simple y original para cotejo.

06

Comprobante de pago de derechos correspondiente.

07

Copia simple del documento que acredite titularidad actual del o los predios, y/o servidumbre voluntaria o legal de paso (Escritura Pública o Sentencia inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México).

08

En caso de inscripción de vía pública secundaria, plano topográfico que deberá estar firmado por el Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Alcaldía, así como documento donde se acredite la donación o la disposición de hacerlo a favor del Gobierno de la Ciudad de México que exprese la voluntad de no cobrar ni en el presente ni en el futuro alguna indemnización por la apertura vial.

09

Original del Folio Real vigente (no mayor a seis meses) expedido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, donde conste la inscripción del documento que acredita la propiedad actual del (o los) predio (s) y/o servidumbre voluntaria o legal de paso (No copias a color, ni escaneo impreso a color).

10

En caso de inscripción de predios subdivididos o relotificados con superficie mayor a 5,000 metros cuadrados, se deberá ingresar documento que acredite fehacientemente que se realizó la donación del 10% de conformidad a lo estipulado en artículo 80 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano vigente.

Antes de realizar el trámite debes considerar

1. No se podrá inscribir unidades privativas de un inmueble sujeto a régimen de propiedad en condominio.
2. No se podrá inscribir vialidades de carácter privado.
3. En caso de que el inmueble se encuentre en copropiedad se deberá anexar carta de consentimiento con la firma autógrafa de cada integrante, así como copia de su identificación oficial.
4. El pago de derechos se deberá realizar por cada predio, una vez que se notifique que es procedente la inscripción y/o modificación solicitada.

Formatos

TSEDUVI-CGDAU_DVP_1

Monto a pagar

$1095.50

Puedes pagar en:

  • Bancos

Fundamento jurídico del costo

Artículo 249 Quintus del Código Fiscal de la Ciudad de México.

01

Actor: Ciudadano

Presenta el formato de solicitud debidamente requisitado y documentación con la que acredita los requisitos en el Área de Atención Ciudadana

02

Actor: Servidor público

Recibe el formato de solicitud y documentación anexa, revisa, y coteja que cumpla con la totalidad de los requisitos, registra en el sistema SEDUVI SITE, asigna folio, sella y entrega Comprobante del Ciudadano, informando del plazo de respuesta correspondiente según la norma

03

Actor: Ciudadano

Se presenta en el Área de Atención Ciudadana en el plazo previsto, exhibe Comprobante del Ciudadano y solicita la respuesta a la solicitud

04

Actor: Servidor público

Revisa y entrega la respuesta a la solicitud

05

Actor: Ciudadano

Muestra identificación, recibe la respuesta a su solicitud y firma de recibido

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

Da clic sobre el marcador para ver información

Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Informe de Modificación


Plazo máximo de respuesta:

30 días hábiles

Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal Artículos 4 fracción III, 7 fracciones VII, XV y XVI, 56 y 57 fracción II

Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 32, 33, 35, 35 Bis, 40, 41, 42 y 44

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 31 fracción XII.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 8.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Cédula de Identidad Ciudadana - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Documentos de acreditación de personalidad jurídica

Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)

o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)

03

Formato debidamente llenado y firmado.

04

Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, Cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional) de las personas: solicitante, su representante legal y acreditada para oír y recibir notificaciones, propietaria o propietaras y copropietrias en su caso. Copia simple y original para cotejo.

05

Tratándose de persona moral, acta constitutiva y documento que acredite la personalidad de representante legal. Copia simple y original para cotejo.

06

Comprobant

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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