Certificación de Administradores Profesionales

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Certificación de Administradores Profesionales

Unidad normativa: PROCURADURÍA SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Trámite mediante el cual se aplica una evaluación a las personas que pretenden obtener la certificación para administrar inmuebles del Distrito Federal bajo el régimen de propiedad en condominio, en la que deben demostrar que tienen los conocimientos, destrezas, habilidades, experiencias, actitudes y aptitudes para la administración de condominios.

Este trámite lo realiza:

Persona física. Personas en General

Requisitos Costo Procedimiento Dónde se realiza Respuesta Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Comprobantes de domicilio

Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)

o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)

o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)

o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)

03

Formato de solicitud TSDOPC_ORG_3 debidamente requisitado en original y copia simple para acuse.

04

Una fotografía reciente tamaño infantil a color o blanco y negro.

05

Comprobante del pago mediante depósito bancario realizado a nombre de la Procuraduría Social de la Ciudad de México, en original y una copia para acuse.

06

Constancia vigente del Curso de Capacitación a Administradores, en original y copia y/o número de folio.

Antes de realizar el trámite debes considerar

* Para la Certificación de Administradores Profesionales la Procuraduría Social de la Ciudad de México:
Emite una Convocatoria. Realiza la recepción de documentos y registro de aspirantes conforme a ésta.
Proporciona información útil para la evaluación.
Designa fecha de presentación de evaluación.
Realiza evaluación que contiene 130 reactivos, la cual se acredita con el 80% de aciertos.
Califica y presenta listados al Comité de Certificación para su dictamen.
Publica resultados. Entrega constancias de certificación de acuerdo a las fechas establecidas en el calendario de la Convocatoria. El solicitante, podrá recoger su Certificado a más tardar 30 días después de la fecha de examen.

* Para el caso de las personas morales se inscribirá a la o las personas físicas que la representen en forma individual, sin que en ningún caso, la certificación se otorgue a nombre de persona moral.

* Los solicitantes que no acudan a realizar su evaluación en el día y hora señalados perderán su derecho a evaluarse y en tal caso iniciarán nuevamente los trámites de registro efectuando el pago y requisitos correspondientes.

* Los resultados de la evaluación, serán de conformidad con las fechas establecidas en la Convocatoria y se publicarán con su número de folio en la página de Internet de la Procuraduría Social de la Ciudad de México. El resultado de la evaluación será inapelable y no estará sujeta a revisión.

Formatos

En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato

Monto a pagar

$2000.00

Puedes pagar en:

  • Bancos

Fundamento jurídico del costo

ACUERDO E/001/946, Emitido por el Consejo de Gobierno de la Procuraduría Social del Distrito Federal, en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha 10 de Diciembre de 2014.

01

Actor: Ciudadano

De acuerdo con las Bases de la Convocatoria deberá presentarse con formato debidamente requisitado acompañado de todos los documentos a las instalaciones de la Procuraduría Social.

02

Actor: Servidor público

Revisa y coteja los documentos presentados por el solicitante en su caso realiza la captura en archivo electrónico, registra al solicitante, asigna número de folio y entrega información útil para la evaluación.

03

Actor: Ciudadano

En términos de las Bases de la Convocatoria, debe presentarse a la Evaluación con 30 minutos de anticipación con el comprobante de inscripción original e identificación oficial.

04

Actor: Servidor público

Al momento de la evaluación se registra a los solicitantes, se aplica la evaluación y se califica y posteriormente se publican los resultados de acuerdo a la fecha contenida en la convocatoria.

05

Actor: Ciudadano

La persona evaluada, de acuerdo al folio, podrá consultar los listados de los resultados de la evaluación en el portal de internet de la Procuraduría Social del Distrito Federal.

06

Actor: Servidor público

La entrega de constancia de certificación de Administrador(a) Profesional se hará de acuerdo al calendario establecido en la convocatoria. El administrador(a) que no haya acudido a la ceremonia de entrega de constancias, tendrá como límite 30 días después de la fecha que establece la misma para recoger la Constancia de Certificación.

De manera presencial

Por favor selecciona una alcaldía

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Si tu trámite procede, entonces obtendrás:

Constancia de Certificación de Administrador Profesional


Cuya vigencia es:

Un año a partir de la fecha de expedición

Plazo máximo de respuesta:

24 días hábiles

Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal Artículo 23 apartado B inciso VIII, 89.

Reglamento de la Ley de la Procuraduría Social del Distrito Federal Artículos 11 fracción VIII, 54, 55, 56, 57.

  • Requisitos
  • Costo
  • Procedimiento
  • Dónde se realiza
  • Respuesta
  • Fundamento jurídico

01 Documentos de identificación oficial

Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)

o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)

o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)

o Pasaporte - original y 1 copia(s)

02 Comprobantes de domicilio

Boleta del Impuesto Predial

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