Registro de maquinaria agrícola de las Islas Baleares

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Registro d’inscripcions para dar d’alta, para efectuar el cambio de titulares o para dar de baja la maquinaria agrícola de las Islas Baleares.

Personas destinatarias

Están obligados en sol•licitar la inscripción de las máquinas agrícolas:

• Los agricultores y sus asociaciones, titulares de las mismas, que las destinen a la realización de labores agrícolas, ganaderas o forestales.

• Las empresas de servicios agrarios que las apliquen a la realización d’aquestes tareas en explotaciones ajenas de la misma actividad, cualquiera que sea el tipo d’operació y de contrato económico.

• Los organismos oficiales que las utilicen en tareas específicas de mecanización agraria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Observaciones

La maquinaria que está obligada a estar registrada es la siguiente:

• Los tractores agrícolas de ruedas, de cualquier tipo, potencia y peso, y los remolques agrícolas, que el peso máximo autorizado exceda de 750 kg.

• Los tractores de cadenas, motocultores, portadores, tractocarros y máquinas agrícolas automotrices, de cualquier tipo, potencia y peso.

• Las máquinas agrícolas arrastradas con peso máximo autorizado que exceda 750 kg.

• Equipos de tratamientos fitosanitarios y de distribución de fertilizantes.

• Las máquinas agrícolas no incluidas en los apartados anteriores, por la cual s’hagi sol•licitat un crédito o subvención oficial o bien las que determine l’autoritat competente.

Normativa del procedimiento

  • Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola

Órgano competente para resolver

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Inscripción de maquinaria nueva

Requisitos

Se tiene que presentar en el Registro Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.

Se tiene que pagar una tasa 34,50 euros.

Tasas

Taxa inscripció . - https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=4433

Documentación a presentar

• Tarjeta I.T.V. por tractores y remolques de P.M.A. superior a 750 kg.

• Copia de la factura definitiva.

• Fotocopia del NIF del comprador.

• Certificado de fabricación de la estructura de protección homologada (por tractores).

• Para el resto de maquinaria de matriculación obligatoria, certificado de fabricación.

• En caso de que sea una sociedad, además de los documentos mencionados, fotocopia de la escritura de constitución, del CIF y del NIF del representante legal.

• Si la máquina es de importación, certificado de aduanas.

• Declaración de Conformidad CE (para todas las máquinas, a excepción de los tractores de ruedas).

Modelos:

Plazo máximo

3 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176876

Observaciones

Pago de la tasa:

Modelo 046 - Maquinaria nueva

X

Solicitud de cambio de titular

Requisitos

Se ha de presentar en el Registro Consejerí­a de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.

Se ha de pagar una tasa 37,47 euros.

Tasas

Pagament de la taxa de transferència . - https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=4434

Documentación a presentar

• Documentación antigua de la máquina (cartilla o reseña de la máquina).

• Solicitud de baja.

Contrato de Compra-Venta

• Fotocopia del NIF del comprador y del vendedor.

• Fotocopia de la carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales (Consejerí­a de Economí­a y Hacienda).

• Fotocopia del certificado de caracterí­sticas o I.T.V.

• Fotocopia del testamento o de la acceptación de herencia y certificado de defunción, si procede.

Modelos:

Plazo máximo

3 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176876

Observaciones

Pago de la tasa:

Modelo 046 - Transferencia

X

Solicitud de baja temporal o definitiva / Duplicado / Certificado

Requisitos

Se tiene que presentar en el Registro Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.

Se tiene que pagar una tasa 24,67 euros.

Tasas

Pagament de la taxa de baixa . - https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=7120

Documentación a presentar

Solicitud baja del registro de maquinaria agrícola, especificando el motivo para el cual se da de baja:

1. Por cambio de uso, es decir, por paso del sector agrario en el sector de obras y servicios.

2. Por desguace con certificado de destrucción del vehículo al final de su vida útil, emitido por la consejería de Medio Ambiente.

3. Por cambio de titular:

- NIF o CIF - Cartilla de inscripción - Fotocòpia ITV

Modelos:

Plazo máximo

3 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Agricultura

C/ de la Reina Constança, 4. Tel.: 971176666 - Fax: 971176876

Observaciones

Pago de la tasa:

Modelo 046 - Duplicados, certificats i baixes temporales


Oficinas de la administración

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Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma

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Tel. 971504279

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Fundación Robert Graves

Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller

Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.

Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

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Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa

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Carrer Del Morer 6, 07001, Palma

Tel. 971713628

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Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma

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