201500068-Bastanteo de poderes
Tramita Presencialmente
Consiste en
Documento en el que se acredita la comprobación por parte de la Administración del Principado de Asturias de que las facultades o poderes de una o varias personas físicas son suficientes para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica en la realización de determinadas actuaciones ante la Administración del Principado de Asturias, y sus organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.
Te interesa saber
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QUIÉN REALIZA EL BASTANTEO DE PODERES
- Corresponde al Servicio Jurídico del Principado de Asturias el bastanteo de poderes legalmente exigibles para la participación en procedimientos de contratación convocados por la administración autonómica, organismos autónomos, empresas y entes del sector público autonómico.
- También corresponde al Servicio Jurídico el bastanteo de poderes para prestar avales y seguros de caución a favor de la Administración del Principado de Asturias.
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A QUIÉN VA DESTINADO
- Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de una determinada persona jurídica (empresas contratistas).
- Personas físicas que estén apoderadas para actuar en nombre y representación de entidades financieras y aseguradoras (prestación de avales y seguros de caución).
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NECESITAS
Para realizar el bastanteo se requiere aportar:
- Escritura original o copia legitimada por notario del poder, donde resulten claros los datos de identificación (nombre y DNI) del apoderado, así como las facultades que ostenta, debiendo constar que dicha escritura está inscrita en el Registro Mercantil, con la salvedad de los poderes especiales.
- Escritura de constitución de la persona jurídica (original o copia legitimada por notario).
- Escrituras de modificaciones de la persona jurídica.
- Copia simple del DNI del apoderado o apoderados a cuyo nombre se solicita el trámite del bastanteo.
Por el solicitante se facilitará un teléfono de contacto o una cuenta de correo electrónico para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.
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TE INTERESA SABER
- No es un trámite inmediato. Máximo 2 días hábiles.
- El documento del bastanteo será válido mientras no se modifique el poder notarial. Se aconseja conservar el documento original y presentar copias compulsadas en los procedimientos de contratación.
- Es necesario indicar el nombre de las personas de las que se solicita el bastanteo.
- Además de la normativa general, se aplicará el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rija el contrato.
- Se facilitará un teléfono de contacto por el solicitante del bastanteo para comunicar posibles deficiencias en la documentación aportada, susceptibles o no de subsanación.
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MÁS INFORMACIÓN
A través del teléfono del Servicio Jurídico del Principado de Asturias (985105316) o de la cuenta de correo electrónico serviciojuridico@asturias.org.
Plazo de solicitud
Todo el año
Dónde
Servicio Jurídico del Principado de Asturias
C/Trece Rosas 2, 6ª planta, sector derecho
33005 Oviedo
Tu solicitud será tramitada por
Servicio Jurídico del Principado de Asturias
Tu solicitud será resuelta por
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Código: 201500068
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Oficinas de la administración
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Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
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Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo
Tel. 985108400
Consejería de Educación y Cultura
Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo