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012 y 968 362 000
Convocar pruebas de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y grado superior y a las actividades de formación deportiva de nivel I y nivel III, para aquellos aspirantes que, careciendo del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o del título de Bachiller, obtengan la equivalente a los títulos con la superación de dicha prueba.
Enlace en la web.
http://www.educarm.es/admin/webForm.php?aplicacion=ARTISTICAS_IDIOMAS&mode=visualizaAplicacionWeb&web=92&zona=PROFESORES&menuSeleccionado=418
1.- Calendario de las pruebas. (Anexo I)
2.- Centro de celebración de las pruebas.
Las pruebas de acceso se celebrarán en el Instituto de Educación Secundaria Poeta Sánchez Bautista de Llano de Brujas, dirección Vereda de la Cruz, código postal: 30161 Murcia.
El centro ofrecerá información y orientación sobre el procedimiento de inscripción y funcionamiento de las pruebas de acceso.
El centro dará publicidad, en el tablón de anuncios, del calendario de las pruebas que figura en el Anexo I de esta Resolución.
3.- Bonificación, exención y devolución de las tasas.
A) Exenciones del pago de tasas:
Estarán los sujetos pasivos que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
b) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
c) Ser o haber sido víctima de violencia de género.
d) Las personas que acrediten poseer una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.
B) Bonificación en el pago de tasas.
Tendrán una bonificación del 50% en la tasa los siguientes sujetos pasivos:
a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
b) Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa.
c) Devolución.
Cuando se renuncie, expresándolo con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes o cuando resulte excluido.
4.- Fecha de realización de las pruebas.
La celebración de las pruebas tendrá lugar el día 31 de mayo de 2019.
5.- Publicación de aspirantes admitidos.
La dirección del IES Poeta Sánchez Bautista de Llano de Brujas-Murcia hará público los listados provisionales de aspirantes admitidos y los excluidos para el acceso al grado medio o nivel I y grado superior o nivel III, con indicación de las causas de exclusión, el 20 de abril.
Los aspirantes podrán subsanar la documentación hasta el día 10 de mayo.
Las relaciones nominales serán definitivas y se publicarán en el tablón de anuncios del centro el día 13 de mayo.
6.- Estructura de las pruebas. (Artículo 7)
Grado medio/Nivel I- una hora cuarenta y cinco minutos.
Grado superior/Nivel III- una hora cuarenta y cinco minutos.
7.- Reclamaciones a las calificaciones.
Los aspirantes podrán presentar, sobre las calificaciones obtenidas, las reclamaciones que consideren oportunas hasta el 7 de junio.
Las reclamaciones irán dirigidas a la Presidenta del tribunal.
8.- Certificado de las pruebas.
La certificación que se obtenga tras la superación de la prueba de acceso a los Grados Medio y Grado Superior, tendrá validez como requisito de acceso en todo el territorio nacional.
Las personas practicantes de algún deporte que no tiene los títulos de la ESO/Bachiller y quieren obtener el equivalente de estos títulos para poder acceder a la formación deportiva.
1. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Medio o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel I:
a) Tener una edad mínima de 17 años, cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba.
b) No reunir ninguno de los siguientes requisitos académicos:
- Título de Graduado en Educación Secundaria.
- Título de Bachiller Superior.
- Título de Técnico Auxiliar (FPI).
- Título de Técnico.
- Haber superado segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963, o el segundo de comunes experimental.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
2. Requisitos para presentarse a las pruebas de acceso de las Enseñanzas deportivas de Grado Superior o las Actividades de Formación Deportiva de Nivel III:
a) Tener una edad mínima de 19 años, cumplidos dentro del año natural de realización de la prueba y estar en posesión del título de Técnico Deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.
- Acreditar la superación del Nivel II de una formación deportiva, o tener una edad mínima de 18 años y estar en posesión, además del título anterior, un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.
b) No reunir ninguno de los siguientes requisitos académicos:
- Título de Bachiller determinado en la LOE.
- Título de Bachiller establecido en la LOGSE.
- Título de Técnico Especialista (FPII), Técnico Superior o equivalente a efectos académicos.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
- Haber superado el curso de orientación universitaria o el preuniversitario.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con los títulos o formaciones enumerados en este apartado.
3. La prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Medio podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
La parte común de la prueba de acceso a la Formación Profesional de Grado Superior podrá sustituir a la prueba de acceso al mismo grado de las enseñanzas deportivas.
Inscripción para las pruebas de acceso, sin los requisitos académicos, a las enseñanzas deportivas de régimen especial y actividades de formación deportiva
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T960. Pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Dportivas y Artísticas
H00002 - Pruebas acceso sin requisitos academicos Enseñanzas Deportiv
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Convocar la prueba de acceso de carácter específico para el acceso al ciclo inicial de las enseñanzas deportivas de salvamento y socorrismo, que se realizará por el centro autorizado Tándem.
Enlace en la web.
http://www.educarm.es
1.- Calendario de actuaciones.
(El que se adjunta como Anexo I)
2.- Lugar de realización de la prueba.
La Gestión de estas pruebas se realizará por el centro autorizado Tándem.
El centro autorizado deberá informar con anterioridad al inicio del plazo de inscripción de al menos los siguientes aspectos: Requisitos de formalización de la inscripción, condiciones específicas y técnicas de las pruebas y cualquier información relevante para el correcto desarrollo.
Los aspirantes deberán ir provistos del correspondiente documento de identificación.
En caso de que el número de solicitantes de la prueba de acceso sea inferior a 10 alumnos, no se realizará dicha prueba, en cuyo caso se tiene derecho a la devolución del ingreso realizado por formalización de la inscripción.
3.- Exención de la prueba de acceso específica.
Estarán exentos de la prueba de carácter específico aquellos deportistas que acrediten alguna de las condiciones alegadas que a continuación se indican:
a) La condición de deportista de alto nivel.
b) La calificación de deportista de alto rendimiento o equivalente en la modalidad de salvamento y socorrismo.
c) Haber sido seleccionado por la Federación Española de Salvamento y Socorrismo para representar a España, dentro de los dos últimos años, en al menos una competición oficial internacional de categoría absoluta, en la modalidad correspondiente.
d) Los socorristas que hayan competido en campeonatos de España de salvamento y socorrismo durante un mínimo de dos temporadas en categoría juvenil o superior, durante los tres últimos años.
3.- Relación provisional y definitiva de los aspirantes admitidos.
Se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Universidades y a efectos informativos en la página web, el listado provisional de admitidos y no admitidos para la realización de la prueba específica en la fecha indicada en el Anexo I.
Los centros autorizados a impartir esta modalidad deberán darle publicidad en su tablón de anuncios y Web.
Habrá un plazo de subsanación de la documentación.
Una vez subsanadas las solicitudes se publicarán los listados definitivos de admitidos y excluidos.
Para todos los aspirantes:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Certificado médico oficial.
Para los aspirantes con discapacidad que necesiten adaptación de la prueba específica de acceso:
Certificado de discapacidad.
Para solicitar la exención:
Título de Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente a efectos académicos.
Acreditación de la condición alegada.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Establecer y convocar las pruebas de conjunto, para el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la homologación de determinados diplomas federativos de Entrenador Regional y de Entrenador Nacional de Fútbol y Fútbol Sala con los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Fútbol y Fútbol Sala.
Enlace en la web.
1.- Lugar de celebración de las pruebas de conjunto.
Se celebrarán en el IES Poeta Sánchez Bautista.
Dicho centro facilitará a los interesados la información y orientación necesarias para la participación en las pruebas.
2.- Características de las pruebas.
La prueba de conjunto de grado medio y grado superior.
Constará de dos ejercicios:
a) común
Corresponderá a la parte común de las dos especialidades, fútbol y fútbol sala.
b) específico.
Será el correspondiente a la parte específica de cada especialidad deportiva.
3.- Publicación de las listas de admitidos para la realización de la prueba de conjunto.
La publicación de la lista definitiva será común para los dos plazos de solicitud (el ordinario y el adicional) una vez resueltas las subsanaciones de los solicitantes no admitidos (correspondientes a los dos plazos).
La fecha de esta lista definitiva se traslada al 5 de diciembre, y en ella se harán constar, de forma consolidada, los solicitantes de la lista provisional publicada tras el plazo ordinario y los de la lista provisional publicada tras el plazo adicional, así como los solicitantes que, tras la subsanación de su solicitud, han resultado admitidos.
La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas Adultas hará pública la lista provisional.
Los candidatos no admitidos dispondrán de 10 días, a partir de la publicación de las listas provisionales, para aportar la documentación complementaria que pudiera subsanar los motivos de la exclusión.
Pasado el plazo de subsanación se publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos en la fecha 22 de octubre.
Las listas definitivas se harán publicas en el centro donde se realizará la prueba, además de en la página Web de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, http://www.educarm.es.
4.- Exenciones y bonificaciones del pago de la tasa de inscripción.
A.- Estarán exentos:
a) Miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
b) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
c) Acreditar ser o haber sido víctima de violencia de género.
d) Acreditar poseer una discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.
B.- Tendrán una bonificación del 50%:
a) Los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
b) Los solicitantes que acrediten hallarse en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa.
5.- Fecha y lugar de las pruebas.
La fecha para la formalización de la inscripción se traslada al periodo entre el 10 y 20 de diciembre.
La fecha de la prueba de la primera convocatoria pasa al 1 de febrero de 2014.
La fecha de publicación de calificaciones se traslada al 13 de febrero.
La fecha de publicación de las calificaciones tras la resolución de las reclamaciones que pudieran ser presentadas se cambia al 26 de febrero de 2014.
La primera convocatoria se celebrará en el IES Poeta Sánchez Bautista de Llano de Brujas (Murcia), el día 14 de diciembre de 2013.
Las calificaciones se publicarán el día 20 de diciembre de 2013.
Con la publicación de las calificaciones se publicarán las fechas y lugar de realización de la segunda y tercera convocatoria, en el caso de no ser superada por alguno de las participantes.
6.- Calendario de las pruebas.
Se adjunta en el anexo una síntesis del calendario de los plazos que, a la fecha de publicación de la misma, quedan pendientes de abrirse para la participación en las pruebas de conjunto.
(Artículo Undécimo al Decimotercero de la convocatoria)
7.- Resolución del procedimiento de homologación.
El Consejero de Educación, Formación y Empleo extenderá la resolución definitiva del expediente de homologación de aquellas personas que cumplan todos los requisitos, conforme al modelo que figura en el Anexo II.
El nuevo plazo será de aplicación a quienes deseen participar en el procedimiento de homologación del diploma federativo de Entrenador Regional con el Título de Técnico Deportivo, y del diploma federativo de Entrenador Nacional con el Título de Técnico Deportivo Superior, que cumplan los requisitos y que además no hayan presentado la solicitud en el plazo fijado anteriormente.
Particulares.
1) Haber realizado la formación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que esta formación estuviese promovida entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007.
2) Estar en posesión de los requisitos específico y académico, que a continuación se especifican:
a) Requisito específico:
Acreditar la condición de Entrenador Regional o Entrenador Nacional mediante certificado expedido por la Real Federación Española de Fútbol.
b) Requisito académico
- El Entrenador Regional deberá acreditar el título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos, o acreditar cualquiera de las condiciones que a efectos de acceso se detallan en el apartado 1 de la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
- El Entrenador Nacional deberá acreditar el título de Bachiller o equivalente a efectos académicos o acreditar cualquiera de las condiciones que a efectos de acceso se detallan en el apartado 2 de la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Las tasas no se pueden mostrar en este momento. Contactar con el Servicio de Atención Telefónica 012 o 968362000, de 8:30 a 20:00 horas, de lunes a viernes.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 102 Día/s natural/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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012 y 968 362 000
Convocar las pruebas de acceso de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de:
- Ciclo inicial de grado medio de hípica.
- Ciclo final de grado medio de las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo.
- Ciclo superior de hípica.
Enlace en la web
http://www.educarm.es/recursosonline-ensenanzas
Deportistas de Hípica.
Requisitos académicos:
Para el acceso al ciclo inicial de grado medio:
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos.
Para el acceso al Grado Medio se podrá acreditar con alguna de las condiciones establecidas en la Disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Para el acceso al ciclo final de grado medio:
- Certificado de superación del ciclo inicial de grado medio de Hípica
Para el acceso al grado superior:
- Título de Bachiller o equivalente a efectos académicos.
- Título de Técnico Deportivo en als Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo
Pruebas específicas de acceso a las pruebas de hípica de grado medio y superior
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Presentación Solicitudes
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Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Convocatoria de las pruebas de carácter especifico para el acceso a las enseñanzas deportivas de Primer Nivel de grado medio de Montaña y Escalada.
1.- Calendario de actuaciones.
(El que se adjunta como Anexo I)
2.- Subsanación de solicitudes.
Listado de admitidos y no admitidos se publicará en:
- Tablón de anuncios del centro autorizado.
-Página web http://www.educarm.es/idiomas-artes-deportes(menú artísticas, idiomas y deportivas- Enseñanzas Deportivas-Pruebas de carácter específico de acceso a las modalidades deportivas)
Deportistas aspirantes a la formación en Los Deportes de Montaña y Escalada .
Requisto académico: título de la ESO o equivalente a efectos académicos. Así mismo, se podrá acreditar con alguna de las condiciones establecidas en la Disposición Adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Requisito específico: Superación de una prueba de carácter específico al ciclo inicial de grado medio de los Deportes de Montaña y Escalada.
Solicitud de inscripción a la prueba de carácter específico para el acceso al ciclo inicial de grado medio de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo en Los Deportes de Montaña y Escalada
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
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Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro general de la Consejería de Educación y Cultura, dirigidas a la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0 Día/s hábil/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |
Información adicional sobre recursos
En el caso de que algún aspirante interponga recurso de alzada, el presidente del tribunal remitirá a la citada Dirección General copia del expediente de reclamación, integrado por los documentos que se relacionan:- Solicitud de reclamación ante el presidente del tribunal.- Acta de Evaluación - Resolución motivada del tribunal.- Recibí del reclamante o acuse de recibo de la comunicación de la resolución de la reclamación por parte del tribunal.
Información Básica
Requisitos
Documentación
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Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Convocar las pruebas para la obtención de determinados módulos profesionales de los títulos de Técnico y Técnico Superior de la formación profesional, dentro del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM).
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=52115&IDTIPO=100&RASTRO=c816$m17010
Están destinadas a personas que ya tienen una importante formación en un determinado campo profesional pero no disponen del título de Formación Profesional y que son capaces de planificar su estudio de manera individual sin necesidad de apoyo, presentándose a una única prueba (teórica y/o práctica) para cada módulo profesional que compone un ciclo formativo.
1. Para concurrir a la prueba de un título de Técnico de formación profesional (grado medio):
a) Tener, al menos, dieciocho años de edad o cumplirlos durante el año natural de celebración de la prueba.
b) Poseer alguno de los requisitos de acceso establecidos en la normativa legal vigente de admisión a formación profesional en la Región de Murcia.
2. Para concurrir a la prueba de un título de Técnico Superior de formación profesional (grado superior):
a) Tener, al menos, veinte años de edad o cumplirlos durante el año natural de celebración de la prueba, o diecinueve para quienes estén en posesión del título de Técnico.
b) Poseer alguno de los requisitos de acceso establecidos en la normativa legal vigente de admisión a formación profesional en la Región de Murcia.
Los participantes que acudan a la realización de la prueba, deberán ir provistos del DNI, NIE, pasaporte u otro documento oficial en vigor, que acredite suficientemente la identidad del aspirante y su fecha de nacimiento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
T963. Convocatorias y preubas de enseñanzas de F.P. y E.P.A.
H0004A - Título de Técnico o Técnico Superior de F.P.
T963. Convocatorias y preubas de enseñanzas de F.P. y E.P.A.
H0004B - Título de Técnico de Grado Superior F.P. por Módulo
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Tribunales de selección
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | DIRECTOR/A GENERAL FORMAC.PROFES. Y ENS.REG.ESPEC |
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Convocar las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaría Obligatoria, destinadas a personas mayores de dieciocho años.
1.- Solicitudes de inscripción.
Las solicitudes de inscripción se cumplimentarán, preferentemente, a través del formulario presente en la Web http://apliedu.murciaeduca.es, en el enlace trámites on line
2.- Fechas y lugar de celebración de las pruebas.
La realización de las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria tendrá lugar el sábado, 1 de junio de 2019 en la convocatoria de junio y el sábado, 7 de septiembre de 2019 en la convocatoria de septiembre, en los centros educativos donde los aspirantes han sido admitidos con carácter definitivo a los que hace referencia el anexo I de la resolución
3.- Listas de inscritos y excluidos.
A) Listas provisionales de inscritos y excluidos.
El miércoles 20 de marzo de 2019, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos meramente informativos, en la página Web http://www.carm.es/educacion (área temática de educación de personas adultas-enlace convocatorias), así como en la página Web http://www.educarm.es (educación de adultos-pruebas libres ESO 2019), las listas provisionales de inscritos y excluidos, por centro adjudicado.
Alegaciones
Se establece un período de alegaciones desde el jueves, 21 de marzo hasta el jueves, 4 de abril de 2019.
B) Listas definitivas de inscritos y excluidos.
El lunes 8 de abril de 2019 se harán públicas en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos meramente informativos, se podrá consultar en la página Web http://www.carm.es/educacion (área temática de educación de personas adultas-convocatorias), así como en la página Web http://www.educarm.es (educación de adultos-pruebas libres ESO 2019), las listas definitivas de inscritos y excluidos, con la asignación definitiva del centro examinador donde deben presentar la documentación para formalizar la matrícula.
C) Matrícula
Para formalizar la matrícula, todos los inscritos con centro adjudicado presentarán, preferentemente, en la Secretaría de dicho centro examinador adjudicado, la documentación que se establece en el artículo 9, en el plazo comprendido desde el martes, 9 de abril hasta el lunes, 13 de mayo de 2019, ambos incluidos.
4.- Pruebas: artículos 16 a 20.
Personas mayores de dieciocho años o que cumplan esta edad en el año natural en el que realizan las pruebas y que no sean alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, ni de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en régimen presencial o a distancia.
Ser mayor de dieciocho años o cumplir esta edad en el año natural en el que realizan las pruebas .
No ser alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, ni de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la modalidad presencial o a distancia.
Acudir a la realización de las pruebas provistos del documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjero (NIE), pasaporte u otro documento oficial en vigor, que acredite suficientemente la identidad del aspirante y su fecha de nacimiento.
Pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Edicuación Secundaria para mayores de dieciocho años
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
T963. Convocatorias y preubas de enseñanzas de F.P. y E.P.A.
H00001 - Título Graduado en ESO personas mayores de 18 años
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.
Plazo de resolución: 0
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF. |
Información adicional sobre recursos
La resolución de las reclamaciones podrá ser recurrida en alzada ante el titular de la Dirección General con competencias en materia de Educación Permanente, en los términos y plazos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Suscribir convenio de prácticas no laborales, sujetas al Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas; así como la gestión de los programas, ofertas y acuerdos de dichas prácticas por las oficinas de empleo.
La información se encuentra disponible en el portal del SEF en www.sefcarm.es.
Consolidación y análisis normativo: puede consultarse la versión consolidada o el análisis de la siguiente norma que afecta a este procedimiento en el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
Empresas con centro de trabajo en la Región de Murcia.
Personas jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1543/2011.
Una vez formalizado el convenio por la Dirección General del SEF, la empresa podrá presentar los programas y ofertas de actividad para la preselección de los candidatos que cumplan los requisitos. Podrá firmar acuerdo de prácticas con los candidatos que la empresa haya seleccionado, una vez que haya comprobado la oficina de empleo que cumplen los requisitos, debiendo la empresa darles de alta en Seguridad Social y remitir con registro de entrada uno de los ejemplares del indicado acuerdo al SEF.
Para participar como persona jóven, cumplir los requisitos de edad (entre 18 y 25 años inclusive; o entre 18 y 29 años inclusive para los jóvenes inscritos como beneficiarios en el Fichero Nacional del Sistema de Garantía Juvenil), estar desempleada e inscrita en oficina de empleo del SEF, poseer una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional o equivalente o bien un certificado de profesionalidad, carecer de experiencia laboral (no deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes) y resultar seleccionada por una empresa que tenga convenio en vigor con el SEF.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo
Información adicional sobre recursos
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y la jurisdicción Contencioso-Administrativa será la única competente para dirimir los litigios que se susciten en relación al mismo.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Dar cumplimiento a las actuaciones previstas en el proyecto de actividades para la divulgación de la prevención de riesgos laborales en la Región de Murcia, y en particular:
a) Difundir la cultura de la prevención laboral.
b) Fomentar la participación en la prevención laboral de los trabajadores y de sus órganos de representación.
c) Fomentar las prácticas preventivas en el ámbito del trabajo.
Carácter gratuito del curso: no se percibirá directa ni indirectamente remuneración alguna por la impartición del curso en el que se va a efectuar el visionado del video.
Envío de solicitud: se enviará al menos con siete días de antelación a la fecha de retirada de los vídeos o DVDs.
Plazo de préstamo: el plazo de tiempo transcurrido entre la recepción y la devolución del material solicitado, no podrá ser superior a siete días, pudiendo ser prorrogado tras consulta y autorización escrita.
Exhibición: la utilización de los vídeos será restringida al uso en sesiones gratuitas organizadas por la entidad solicitante, no pudiendo ser cedidos a terceros.
Envío y devolución: los vídeos podrán ser retirados y devueltos directamente en la sede del Instituto de Seguridad y Salud Laboral, también mediante transporte rápido o mensajería, siendo los gastos por cuenta del solicitante.
Incumplimiento de condiciones: el incumplimiento de los plazos, exhibición o mala custodia, supondrá la suspensión de futuros préstamos.
Entidades públicas y privadas, exclusivamente de la Región de Murcia, que de forma gratuita realicen actividades formativas o divulgativas relacionadas con la prevención de riesgos laborales
No existen requisitos específicos
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Permitir la salida para la exhibición en exposiciones temporales de los bienes museísticos de titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con las debidas garantías de seguridad, exhibición y conservación.
Con una antelación mínima de cuatro meses, la entidad organizadora se dirigirá por escrito a la dirección del museo donde radiquen los bienes, que contendrá una descripción/la relación de los bienes que solicita y los datos generales de la exposición.
El museo aportará al solicitante los datos necesarios sobre las piezas (su valoración a efectos de seguro, condiciones particulares para garantizar su conservación y seguridad, etc.), y le proporcionará los modelos normalizados de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente (solicitud y anexos I, II, III y IV) para que el solicitante pueda formalizar su petición.
Entidades públicas o privadas organizadoras de exposiciones temporales que dispongan de instalaciones que reúnan las garantías de seguridad y conservación de bienes culturales para su exhibición.
El solicitante deberá aportar los datos que le sean requeridos sobre la organización de la exposición de los bienes que van a ser objeto de préstamo y firmará el Anexo III en señal de aceptación de las condiciones establecidas para garantizar la seguridad y conservación de las piezas.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL BIENES CULTURALES |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |