Pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria por los mayores de dieciocho

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

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012 y 968 362 000

Objeto

Convocar las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaría Obligatoria, destinadas a personas mayores de dieciocho años.

1.- Solicitudes de inscripción.

Las solicitudes de inscripción se cumplimentarán, preferentemente, a través del formulario presente en la Web http://apliedu.murciaeduca.es, en el enlace trámites on line

2.- Fechas y lugar de celebración de las pruebas.

La realización de las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria tendrá lugar el sábado, 1 de junio de 2019 en la convocatoria de junio y el sábado, 7 de septiembre de 2019 en la convocatoria de septiembre, en los centros educativos donde los aspirantes han sido admitidos con carácter definitivo a los que hace referencia el anexo I de la resolución

3.- Listas de inscritos y excluidos.

A) Listas provisionales de inscritos y excluidos.

El miércoles 20 de marzo de 2019, se publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos meramente informativos, en la página Web http://www.carm.es/educacion (área temática de educación de personas adultas-enlace convocatorias), así como en la página Web http://www.educarm.es (educación de adultos-pruebas libres ESO 2019), las listas provisionales de inscritos y excluidos, por centro adjudicado.

Alegaciones

Se establece un período de alegaciones desde el jueves, 21 de marzo hasta el jueves, 4 de abril de 2019.

B) Listas definitivas de inscritos y excluidos.

El lunes 8 de abril de 2019 se harán públicas en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y, a efectos meramente informativos, se podrá consultar en la página Web http://www.carm.es/educacion (área temática de educación de personas adultas-convocatorias), así como en la página Web http://www.educarm.es (educación de adultos-pruebas libres ESO 2019), las listas definitivas de inscritos y excluidos, con la asignación definitiva del centro examinador donde deben presentar la documentación para formalizar la matrícula.

C) Matrícula

Para formalizar la matrícula, todos los inscritos con centro adjudicado presentarán, preferentemente, en la Secretaría de dicho centro examinador adjudicado, la documentación que se establece en el artículo 9, en el plazo comprendido desde el martes, 9 de abril hasta el lunes, 13 de mayo de 2019, ambos incluidos.

4.- Pruebas: artículos 16 a 20.

Destinatarios

Ciudadanía.

Personas mayores de dieciocho años o que cumplan esta edad en el año natural en el que realizan las pruebas y que no sean alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, ni de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en régimen presencial o a distancia.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (A14028758)

Requisitos de solicitud o iniciación

Ser mayor de dieciocho años o cumplir esta edad en el año natural en el que realizan las pruebas .

No ser alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, ni de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la modalidad presencial o a distancia.

Acudir a la realización de las pruebas provistos del documento nacional de identidad (DNI), número de identificación de extranjero (NIE), pasaporte u otro documento oficial en vigor, que acredite suficientemente la identidad del aspirante y su fecha de nacimiento.

Pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Edicuación Secundaria para mayores de dieciocho años

  • Documento de identificación de extranjero: NIE
    (No obligatorio / Original)
    Estará obligado a aportarlo si no tuviera DNI.
  • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
    (No obligatorio / Original)
    Orden de protección vigente o, en su caso, informe del Ministerio Fiscal, así como sentencia definitiva o firme.
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / Original)
    Excepto cuando tenga exención del abono de la tasa: documentación obligatoria.Tendrá que aportar documentación justificativa de bonificación o exención de abono de la tasa, cuando proceda.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / Original)
    Referida a exenciones de ámbitos de las pruebas, cuando proceda.
  • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
    (No obligatorio / Original)
    Orden de protección vigente o, en su caso, informe del Ministerio Fiscal, así como sentencia definitiva o firme.
  • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
  • Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de datos de desempleo (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".

Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.

Modelos para solicitudes
Lugares presentación

Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)

Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada DIRECTOR/A GENERAL EVALUAC.EDUCATIVA Y FORM.PROF.

Información adicional sobre recursos

La resolución de las reclamaciones podrá ser recurrida en alzada ante el titular de la Dirección General con competencias en materia de Educación Permanente, en los términos y plazos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.